Código de comercio: estractado con la exposición, al pie de cada artículo, de los fundamentos de sus disposiciones, y la solución de las principales dificultades y cuestiones que presenta el texto

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Imprenta de D. S. Omaña, 1850 - 507 páginas

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Pasajes populares

Página 380 - ... no son cómplices del alzamiento ni contraen la responsabilidad civil; pero sí incurrirán en las penas impuestas por el derecho comun á los q.ue favorecen á sabiendas la fuga de los criminales.
Página 378 - Los que habiéndose confabulado con el quebrado para suponer créditos contra él, ó aumentar el valor de los que efectivamente tengan...
Página 377 - ... si hubiese otorgado, consentido, firmado, ó reconocido deudas supuestas, presumiéndose tales, salva la prueba en contrario, todas las que no tengan causa de deber ó valor determinado...
Página 204 - Quedando la letra perjudicada, caduca el derecho del portador contra los endosantes, y cesa la responsabilidad de estos á las resultas de su cobranza. En cuanto al derecho que pueda conservar el portador de una letra perjudicada contra el librador, se observará lo dispuesto en los artículos 453 y 454. 491. — En las letras que tengan indicaciones hechas por el librador ó endosantes para acudir á exigir su aceptacion ó pago en defecto de...
Página 421 - Los caudales remitidos al quebrado fuera de cuenta corriente para entregarlos á persona determinada en nombre y por cuenta del comitente, ó para satisfacer obligaciones cuyo cumplimiento estuviese designado al domicilio del quebrado. 7.°...
Página 420 - LAS mercaderías, efectos y cualquiera otra especie de bienes que existan en la masa de la quiebra, cuya propiedad no se hubiere transferido al quebrado por un título legal é irrevocable, se considerarán de dominio ajeno y se pondrán á disposición de sus legítimos dueños...
Página 379 - A perder cualquier derecho que tengan en la masa de la quiebra en que sean declarados cómplices. 2.° A reintegrar á la misma masa los bienes, derechos y acciones sobre cuya sustracción hubiese recaído su complicidad. 3.°...
Página 376 - Rasgar, borrar ó alterar de otro modo cualquiera el contenido de los libros, en perjuicio de tercero. 5.a No resultar de su contabilidad la salida ó existencia del activo de su último...
Página 376 - Si de su contabilidad comercial-no resultare la salida ó existencia del activo de su último inventario, y del dinero, valores, muebles y efectos, de cualquiera especie que sean, que constare ó se justificare haber entrado posteriormente en poder del quebrado. 5.a Si hubiese ocultado en el balance alguna cantidad de dinero, créditos, géneros ú otra especie de bienes ó derechos. 6.
Página 376 - Los que no hubiesen llevado los libros de contabilidad en la forma y con todos los requisitos que se prescriben en la seccion segunda , título segundo , libro primero de este código , aunque de sus defectos y omisiones no haya resultado perjuicio á tercero. 2.°...

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