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LEYES PROVISIONALES

MUNICIPAL Y PROVINCIAL

DE LA

DE

214

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Concordadas y anotadas con las de 2 de Octubre de 1877 vigentes en la Península.

POR

DON JUAN JOSÉ SANCHEZ Y GUERRERO.

Oficial 10 de la Excma. Diputacion Provincial de la Habana.

CONTIENE ESTA OBRA

come complemento de las referidas leyes y para su mejor inteligencia nueve apéndices

COMPRENDIENDO DEBIDAMENTE ANOTADAS

La Constitucion de la Monarquía.
La Ley Electoral de 20 de Agosto de 1870
en la parte relativa á elecciones municipales y provinciales.
El Decreto de Contabilidad

de 12 de Setiembre de 1870 é Instruccion de 4 de Octubre siguiente.
La Ley Electoral para Diputados á Córtes
sancionada en 28 de Diciembre de 1878.

La Ley Electoral del Senado

de 8 de Febrero de 1877.

El Reglamento de 4 de Julio de 1861,
sobre competencias entre la Autoridad judicial y la administrativa.

El Real Decreto y Reglamento de 24 de Setiembre de 18C8
relativos al modo y forma de procesar á los funcionarios públicos y miembros de

Corporaciones municipales y provinciales.

La Ley de Extranjería de 4 de Julio de 1870.
La division de la Isla.

HABANA.

Librería é Imprenta "La Nueva Principal.”

44

MURALLA 44.

1881.

6123117

JUN 23 1917

Es propiedad.

Jilme, Sr.

D. Camon de Armas y Saenz,

SUB-SECRETARIO DEL MINISTERIO DE ULTRAMAR.

Mi querido Ramon: Al dar á luz esta obra, casi resullado del detenido estudio que de las leyes que contiene tuvimos que hacer durante el período electoral que siguió inmediatamente á la paz del Zanjon, y en el cual tanto aprendí á tu lado, cábeme la satisfaccion de dedicártela seguro de que la admitirás por más que estando desprovisti de todo mérito, no sea digna de ti, ni del alto puesto que ocupas: por tanto vé sólo en ella una pálida expresion del afecto que sabes te profeso, y un débil testimonio de gratitud por los favores que inmerecidamente me has prodigado siempre.

Dignate, pues, aceptarla, dispensándome así una nucva distincion, y quedarán satisfechas las aspiraciones de tu affmo. primo,

Juan J. Sanchez.

Habana 1881.

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