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roz y sangriento espectáculo escribieran los hombres ilustrados y doctos del principio de este siglo ("); por mas que la providencia hubiera sido adoptada en consulta y con aprobacion del Consejo pleno, no por eso dejó de atraer impopularidad grande á los autores de la reforma, y más especialmente, al que las masas miraban siempre con marcada y desfavorable prevencion, achacándole todo lo que podia serles disgustoso ó contrario á sus aficiones.

Ayudaba á esta impopularidad la circunstancial de ser el príncipe Fernando ardientemente afecto á las fiestas de toros. Idolo Fernando del pueblo, y acordes pueblo y príncipe en esta aficion; enemigos Fernando y Godoy, y prohibiendo éste lo que constituia el entusiasmo de aquél, y el delirio de la gente popular que le aclamaba, la medida concitó más y más el odio de aquellas clases al favorito. Cuando mas adelante, instalado ya Fernando en el trono de Castilla, le veamos cerrar las universidades y crear y dotar cátedras de tauromaquia, tendremos ocasion de cotejar el espíritu de los dos reinados, el de Cárlos IV. que ampliaba y fomentaba los establecimientos literarios y científicos, y prohibia las corridas de toros, y el de Fernando VII. que mandaba cerrar las aulas literarias y hacia catedráticos á los toreros.

(4) Como el erudito Vargas Ponce, que dejó escrita una larga y apreciable Memoria contra las fiestas de toros, la cual se conservaba inédita en la Biblioteca

de la Real Academia de la Historia, cuya corporacion, en los momentos en que esto escribimos, la ha dado á la estampa, y pronto la dará á la luz pública.

Prueba y testimonio dieron tambien los hombres del reinado que describimos de aficiones cultas y de fomentar las artes civilizadoras, en la proteccion que dispensaron al teatro, en siglos anteriores proscrito y anatematizado en España, tolerado y consentido después, considerado yá, favorecido y organizado en los reinados últimos, con empeño protegido y mejorado en el de Cárlos IV., ya con premios á los mejores autores y á las mejores obras dramáticas de todos los géneros, originales, traducidas de otros idiomas, ó refundidas del antiguo teatro español, ya estableciendo un censor régio, que lo fué un esclarecido poeta y distinguido político de la escuela liberal, que en nuestros dias mereció la honra de ser solemnemente coronado por la mano augusta de la ilustre princesa que hoy ocupa el trono de San Fernando, ya prescribienpara la escena reglas de buena policía, de decoro y compostura, táles como el público ilustrado tiene derecho á que se observen y guarden en estos espectáculos, en un reglamento que honra á su autor (1806 y 1807), y tál, que en la mayor parte de sus prescripciones apenas ha podido hacerse en tiempos posteriores sustancial enmienda y mejoramiento.

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Muy poco se hizo en este reinado en el ramo importantísimo de la administracion de justicia, si bien fué muy digna de aplauso, y asi lo hemos consignado en otro lugar, la cédula en que se determinaban las condiciones y modo de proveer los cargos judiciales, y

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se daban reglas y establecian bases sobre duracion del servicio, ascensos ó remociones de los jueces. Parécenos muy estraña la falta de movimiento y de espíritu de reforma que se advierte en este ramo, siendo cabalmente la clase de jurisconsultos y letrados la que habia brillado más en el reinado precedente, habiendo sido la magistratura, los Consejos y tribunales, objeto preferente de la atencion y solicitud de Cárlos III., y cuando vivian y estaban dando á luz aquellos ilustres varones tan luminosas obras y escritos sobre derecho y sobre materias de jurisprudencia. Por nuestra parte no hallamos otra esplicacion á este fenómeno, sino el estorbo que parecia encontrar el príncipe de la Paz para el ejercicio de su influencia y de su superior poderío en los hombres que vestian toga y desempeñaban el elevado sacerdocio de la justicia. No era posible que éste se ejerciera con independencia y dignidad con un monarca que prevenia al Consejo de Castilla, que en adelante ninguna sentencia se ejecutase sin que antes se remitiese á la aprobacion de su secretario de Estado y del Despacho, y que éste declarase si estaba ó nó fundada en derecho. ¿No era esto trastornar enteramente los poderes, y crear una omnipotencia de favoritismo sobre el vilipendio del sagrado magisterio judicial? ¿Y cómo con esto no habia de pronunciarse aquel antagonismo que se advirtió entre los Consejos y el valído?

Justos, no obstante, é imparciales, como debemos

serlo, y es nuestra obligacion mas estrecha, cúmplenos decir, que si en materias de beneficencia pública no se siguió en este reinado aquel impulso enérgico, caritativo y general que distinguió y honró tanto, y constituye uno de los mas gloriosos timbres de Cárlos III., hízose algo en este camino, asi como en el de amparar el verdadero desvalimiento, desterrar la vagancia y castigar la mendicidad fingida, especialmente en el principio del reinado. Pero el rasgo noble, grande, plausible, la providencia humanitaria y liberal del gobierno de Cárlos IV. en estas materias, y era ya primer ministro Godoy, fué la legitimacion por la real autoridad de los desgraciados niños expósitos, prohibiendo los despreciativos apodos con que por mofa apellidaba el vulgo á aquellos séres inocentes, y declarando que quedaban en la clase de hombres buenos del estado llano general, gozando los propios honores y llevando las cargas de los demás vasallos honrados de la misma clase. Medida que en su espíritu, en su novedad y su trascendencia, puede compararse, y no es menos digna de elogio que aquella en que Carlos III. declaró oficios honestos y honrados los que ántes se tenian por infamantes y viles.

Dictáronse tambien ordenamientos, bandos y edictos, asi para corregir los escándalos públicos y hasta las palabras obscenas, ofensivas al decoro social, como para la cultura, reforma y moralidad de las costumbres, ya con aplicacion á los espectáculos, estableci

mientos y otros puntos de concurrencia, ya tambien hasta para las reuniones de carácter privado. Laudable era el propósito, y sonaban bien los preceptos escritos. Mas como la mejor y mas eficaz leccion de moralidad para los pueblos sea el ejemplo de los que le gobiernan y dirigen; como los que ocupan las alturas del poder, á semejanza de los astros, no puedan ocultar á las miradas del pueblo, siempre fijas en ellos, ni las buenas prendas y virtudes que los adornen, ni las flaquezas ó vicios que los empañen; como el pueblo español acababa de ser testigo de la moral austera de la persona, del palacio y de la córte de Cárlos III., y la comparaba con la falta de circunspeccion, de recato ó de honestidad, que dentro y en torno á la régia morada de Cárlos IV. ú observaba por sus ojos, ó de oidas conocia; como de la causas de la intimidad entre la reina y el favorito se hablaba sin rebozo y sin misterio, porque ni siquiera la cautela las encubria, ni el disimulo las disfrazaba, ¡última fatalidad la de apoderarse el vulgo de los estravíos de los príncipes y de sus gobernantes!; como aparte de aquellas intimidades que mancillaban el trono, sabíase de otras que el valído mantenia, no menos ofensivas á la moral, ó auténticas, ó verosímiles, ó tal vez nacidas solo de presunciones á que desgraciadamente daban sobrado pié y ocasion; como el pueblo veia que los hombres del poder, del influjo y de la riqueza ni habian conquistado aquellos puestos ni los honraban despues de

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