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suspender las actuaciones judiciales, y ver de echar tierra al asunto, porque de ciertos documentos que presentaron resultaba más de lo que convenia averiguar y saber. Lo cierto es que en vez de ser castigados como falsarios y embaucadores, se los puso en libertad al venir á España Fernando; y mas adelante, hallándose ellos ya en Francia, como reclamasen indemnizacion de gastos y perjuicios, amenazando de lo contrario publicar cartas y papeles que tenian en su poder, no debieron parecer éstos tan apócrifos cuando hubo necesidad de que el duque de FernanNuñez, nuestro embajador en París, les diese una cuantiosa suma para acallarlos y reservar aquellos documentos. Singulares tramas las que por allá habian urdido los amigos íntimos del rey, y que acá no podian imaginarse sus leales y legítimos defensores.

San Carlos llegó á Madrid (4 de enero de 1814) 'algo ántes que la Regencia, y hallándose las Córtes todavía en camino. En los dias que tardó en presentar sus credenciales, el pueblo, trasluciendo que traia alguna mision, y recordando el papel que habia hecho en Bayona, tomóle por blanco de sus burlas, cantábale coplas amargas, y en los periódicos, y hasta en los teatros se le hacian con poco ó ningun rebozo alusiones satíricas, y á veces escesivamente descaradas y punzantes, que le incomodaban y ponian de mal humor, como era natural. No trató así á don José de Palafox, que llegó pocos dias después, sirviendo á éste

de escudo el recuerdo de su gloriosa defensa de Zaragoza. Llegado el caso de presentarse el de San Carlos á la Regencia y enterada de la mision que traia del rey, aunque un tanto sorprendida, no vaciló en la respuesta que las leyes y el deber le aconsejaban dar, y contestó á la misiva del rey con la carta siguiente:

«Señor: La Regencia de las Españas, nombrada por las Córtes generales y estraordinarias de la nacion, ha recibi do con el mayor respeto la carta que S. M. se ha servido dirigirle por el conducto del duque de San Carlos, asi como el tratado de paz y demás documentos de que el mis mo duque ha venido encargado. La Regencia no puede espresar á V. M. debidamente el consuelo y júbilo que le ha causado ver la firma de V. M. y quedar por ella asegurada de la buena salud que goza en compañía de sus muy amados hermano y tio los señores infantes don Carlos Y don Antonio, asi como de los nobles sentimientos de V. M. por su amada España.

«La Regencia todavía puede espresar mucho menos cuáles son los del leal y magnánimo pueblo que lo juró por su rey, ni los sacrificios que ha hecho, hace y hará hasta verlo colocado en el trono de amor y de justicia que le tiene preparado; y se contenta con manifestar á V. M. que es el amado y deseado en toda la nacion. La Regencia, que en nombre de V. M. gobierna á la España se vé en la precision de poner en noticia de V. M. et decreto que las Córtes generales y estraordinarias éspidieron el dia 1.o de enero del año de 1811, de que acompaña la adjunta copia (1).

(1) Este era el decreto por el cual no se reconoceria por libre

«La Regencia al trasmitir á V. M. este decreto soberano se escusa de hacer la mas mínima observacion acerca del tratado de paz; y sí asegura á V. M. que en él halla la prueba mas auténtica de que no han sido infructuosos los sacrificios que el pueblo español ha hecho por recobrar la real persona de V. M. y se congratúla con V. M. de ver ya muy próximo el dia en que logrará la inesplicable dicha de entregar á V. M. la autoridad real, que conserva á V. M. en fiel depósito, mientras dura el cautiverio de V. M.-Dios conserve á V. M. muchos años para bien de la monarquía.-Madrid, 8 de enero de 1814.—Señor. -A. L. R. P. de V. M.-Luis de Borbon, cardenal de Scala, arzobispo de Toledo, presidente.-José Luyando, ministro de Estado.»

También el general Palafox presentó la carta de que era portador "), y tambien llevó una respuesta

al rey, ni se le prestaria obediencia hasta que en el seno del Congreso nacional prestase el juramento que se exigia en el artículo 473 de la Constitucion.

(4) Carta de S. M. á la Regencia del reino, entregada por don José Palafox y Melci.

Persuadido de que la Regencia se habrá penetrado de las circunstancias que me han determinado á enviar al duque de San Cárlos, y de que dicho duque regresará conforme á mis ardientes deseos, sin perder instante, con la ratificacion del tratado, continuando en dar al celo y amor de la Regencia, á mi real nombre, señales de mi confianza, la envío la aprobacion que sobre la ejecución del tratado me ha comunicado el

conde de Laforest, con don José de Palafox y Melci, teniente general de mis reales ejércitos, comendador de Montachuelos en la órden de Calatrava, de cuya fidelidad y prudencia estoy completamente satisfecho. Al mismo tiempo le he hecho entregar copia á la letra, del tratado que he confiado al duque de San Carlos, á fin de que en caso de que el espresado duque, por alguna imprevista casualidad no hubiese llegado á esa córte, ni podido informar á la Regencia de su comision, haga sus veces en cuanto pudiese ocurrir relativo á dicho tratado, sus efectos y consecuencias; como tambien para que si el duque de San Carlos, cumplida su comision, hubiese regresado ó regresare, se quede el referido Palafox en esa córte, á fin de que la Regencia tenga en

análoga á la anterior (28 de enero 1814), si bien teniendo la Regencia el cuidado de aludir en ella, 6 mas bien de repetir las palabras de un decreto de Fernandó en 1808, en Bayona, sobre el restableci

él un conducto seguro por donde pueda comunicarme cuanto fuere conducente á mi real servicio.— Fernando.-En Valencey á 23 de diciembre de 1813.-A la Regencia de España.

Además de la carta se habia dado tambien á Palafox la siguiente instruccion reservada.

Instruccion dada por S. M. el señor don Fernando VII. á don José Palafox y Melci.

La copia que se os entrega de la instruccion dada al duque de San Carlos, os manifestará con claridad su comision, á cuyo feliz éxito debereis contribuir, obrando de acuerdo con dicho duque en todo aquello que necesite vuestra asistencia, sin separaros en cosa alguna de su dictámen, como que lo requiere la unidad que debe haber en el asunto de que se trata, y ser el espresado duque el que se balla autorizado por mí. Posteriormente á su salida de aquí han acaecido algunas novedades en la preparacion de la ejecucion del tratado, que se hallan en la apuntacion siguiente, dada el 18 de diciembre por el plenipotenciario conde de Laforest.

Téngase presente, que inmediatamente despues de la ratificacion, pueden darse órdenes por la Regencia para una suspension general de hostilidades; y que los señores mariscales generales en gefe de los ejércitos del emperador accederán por su parte à ella.

La humanidad exije que se evite de una y otra parte todo derramamiento de sangre inútil.»

Hágase saber que el emperador, queriendo facilitar la pronta ejecucion del tratado, ha elegido al señor mariscal duque de la Albufera por su comisario en los términos del artículo sétimo. El sefor mariscal ha recibido los plenos poderes necesarios de S. M., á fin de que asi que se verifique la ratificacion por la Regencia, se concluya una convencion militar relativa á la evacuacion de las plazas, tal cual ha sido estipulada en el tratado, con el comisario que puede desde luego enviarle el gobierno español.»>

Téngase entendido tambien. que la devolucion de prisioneros no esperimentará ningun retardo, y que dependerá únicamente del gobierno español el acelerarla; en la inteligencia de que el señor mariscal duque de la Albufera se halla tambien encargado de estipular, en la convencion militar, que los generales y oficiales podrán restituirse en posta á su pais, y que los soldados serán entregados en la frontera hácia Eayona y Perpiñan á medida que vayan llegando á ella.»>

En consecuencia de esta apuntacion, la Regencia habrá dado sus órdenes para la suspension de las hostilidades, y habrá nombrado comisario de su confianza para realizar por su parte el contenido de ella. Fernando.-Valencey á 23 de diciembre de 1813.-A don José Palafox.

miento de las Córtes, haciendo libre á su pueblo, y ahuyentando del trono de la España el mónstruo feroz del despotismo. Palabras que creyó oportuno recordar, por los síntomas que ya se traslucian de que el rey ó sus amigos abrigaban el designio de que el soberano á su regreso siguiera muy opuesto rumbo al que se debia esperar de aquellas solemnes frases. Con lo cuál ni la Regencia quedó satisfecha de la mision que habian traido los dos régios mensajeros, ni éstos lo fueron del resultado de su embajada, y mucho menos el de San Carlos, por el mal recibimiento que habia tenido. Tan pronto como éste regresó á Valencey, donde se le esperaba con ánsia, acordó la pequeña córte de Fernando que el mismo duque sin descansar partiese en busca de Napoleon, que se hallaba otra vez en campaña, para informarle de la desfavorable respuesta de la Regencia española, á fin de que «le dorase con buenas palabras la píldora (es frase del bueno de Escoiquiz en su citado Opúsculo), para que no le hiciese tan mal efecto.»

Y mientras allá se negociaba con Napoleon la libertad del rey, acá la Regencia daba á las Córtes conocimiento de todo lo acaecido, para que ellas resolviesen lo que se habria de hacer cuando aquel caso llegára. Las Córtes quisieron oir ántes el parecer del Consejo de Estado, y este alto cuerpo no vaciló en aconsejar en su dictámen: «que no se permitiese ejercer la autoridad real á Fernando VII. hasta que hubiese

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