: la otra D. vecino de... y á su nombre... reo demandado, vistos los autos Fallo atento á lo que de ellos resulta, que D. probó bien y cumplidamente su accion y su demanda... y que D. no lo ha hecho de sus escepciones y defensas, y en su consecuencia debo de condenar y condeno al referido D. á que restituya á D. N..., dejándosela libre y desembarazada, con los frutos y rentas que ha producido desde la litiscontestacion (sin hacer especial mencion de costas, ó haciendo condenacion de ellas); y por esta mi sentencia definitivamente juzgando, así lo mando y firmo en Alcalá, á... etc. Sentencia absolutoria. Puesto el encabezamiento como en el anterior, sigue: Fallo, atento á los méritos de estos autos y á lo que de ellos resulta, que debo de absolver y absuelvo á D. de la demanda interpuesta contra él, por haber probado bien y cumplidamente sus escepciones y defensas, y no haberlo hecho así de su accion la parte de D. al cual condeno á perpetuo silencio (Se hace espresion de las costas si las hay); y por es– ta mi sentencia definitivamente juzgando, lo mando y firmo en Alcalá, etc. Auto definitivo. En la ciudad de... á... mes y año, el Sr. D., juez de primera instancia de este partido, vistos los autos seguidos entre partes, de la una D. N. y á su nombre... y de la otra... y en su representacion, dijo: Que debia condenar y condenaba al referido D. á la entrega de tal finca, declarando ser de su pertenencia, debiendo dejársela libr e y desembarazada con los frutos percibidos desde la litiscontestacion. Y por este auto definitivamente juzgando lo proveyó, mandó y fir mó, de que yo el escribano doy fe. Auto absolviendo de la instancia. En la ciudad de... á... el Sr. D... jucz de primera instancia... habiendo visto estos autos, y lo alegado y probado en ellos por la partes, dijo: Que debia de absolver y absolvia á D. de la deman interpuesta contra él por D. A... reclamando... y que reservaba á este último su derecho para repetir contra quien correspondiese. Y por este su auto así lo declaró y firmó S. S., de que yo el escribano doy fe. Escrito pidiendo que una sentencia se declare pasada en autoridad de cosa juzgada. N... de T... á nombre de... digo: Que en... dia... mes... y año, habiendo visto estos autos, dictó V. sentencia definitiva, condenando á D. en... cuya sentencia se hizo saber á ambas partes el dia... y habiendo transcurrido el término de la apelacion sin que esta haya sido interpuesta, A V. suplico se sirva declarar dicha sentencia por consentida y pasada en autoridad de cosa juzgada, llevarla inmediatamente á debida ejecucion, y proveer á mi parte del correspondiente testimonio, por ser así de justicia... A veces, poniéndose nota por el escribano de haber transcurrido el término legal sin haberse interpuesto en él la apelacion, se decreta desde luego el anterior escrito: otras veces se da traslado al contrario, y traidos los autos con citacion de las partes, se da el auto siguiente si es que procede la declaracion. Auto. Habiendo transcurrido el término legal, sin haber apelado las partes, de la sentencia dictada en... por la cual fué condenado D. N... á... se declara dicha sentencia por consentida y pasada en autoridad de cosa juzgada; notifíquese á D. N... que entregue inmediatamente á... y dése á este el testimonio que solicita. El Sr. D. INDIGE DE LOS LIBROS, TITULOS, SECCIONES Y PARRAFOS PROLOGO. Pág. III TITULO PRELIMINAR. De los procedimientos en general. 1 DE LOS LIMITES Y ORGANIZACION DEL ORDEN JUDICIAL. TITULO I. Del órden judicial en general. SECCION I. De los jueces en general. SECCION II. De la autoridad de los jueces. SECCION III. De la competencia del juez. § I. Competencia de los jueces en general. S II. Competencia por razon del territorio. SIII. Competencia por razon de las personas. S. V. Cuestiones de competencia entre las autori- de su escala gradual y de su organizacion in- SECCION I. De los tribunales del fuero comun. § II. Alcaldes. § III. Jueces de primera instancia. S IV. Audiencias territoriales. S V. Tribunal supremo de justicia. SECCION II. De los tribunales del fuero privile- giado. I. Tribunales privilegiados en general. § II. Tribunales cclesiásticos. § III. Tribunales del fuero militar. SIV. Tribunales de hacienda pública. SV. Tribunales de minas. S VI. Tribunales de comercio. 74 75 id. 76 79 85 97 101 id. id. 108 115 id. id. 117 TITULO VI. De los agentes que auxilian la accion DE LAS COSAS CENERALES A LOS JUICIOS CIVILES. 127 SECCION I. De los litigantes. SECCION II. De los agentes que auxilian en su de- id. TITULO III. De los medios de conseguir estrajudi- cialmente los derechos. SECCIÓN I De las acciones en general. SECCION II. De las acciones reales. SI. Acciones reales en general. SII. Accion reivindicatoria. . 158 § III. Acciones publiciana y rescisoria de dominio. 162 S VII. Accion para adquirir la posesion. SECCION III. De las acciones personales. S VII. Denuncia de obra nueva y vieja. SVIII. Accion de in rem verso. 172 174 17 176 178 181 182 185 id. S II. Acciones de division de herencia, de la di- SECCION V. De la trasmision de las acciones. SECCION VI. De la prescripcion de las acciones.. SECCION VII. De la acumulacion de las acciones. . 198 TITULO VI. Del juicio de conciliacion. TITULO VII. Del juicio de árbitros. III. Arbitros de comercio y amigables compone- dores.. |