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§ 80. La sociedad internacional. Congresos, conferencias, entrevistas regias*. - Expuestos los derechos que naturalmente tienen los individuos de la comunidad jurídica internacional y los que pueden adquirir por actos voluntarios y libres, y la naturaleza y atribuciones de los órganos que los representan, debemos concluir la exposición del derecho material demostrando á los incrédulos que niegan la existencia positiva de nuestro derecho la realidad de la vida común de los pueblos. En esta parte de nuestra doctrina hemos de ver los Estados resolver unidos en comunidad de acción las grandes cuestiones internacionales en Congresos y Conferencias, tributarse mutua atención y cortesía, tanto en las cortes come en los mares (ceremonial), trabajar juntos por los grandes intereses de la humanidad, ya en el orden espiritual (religión, protección de las obras literarias y artísticas), ya atendiendo á las necesidades físicas del hombre y á la tutela de la agricultura y de los animales útiles (convenios para el socorro de indigentes y náufragos, acuerdos para evitar la propagación

(*) C. § 131.

y difusión de las epidemias de hombres, animales y plantas). Veremos las naciones unirse en estrechos lazos para la protección y desarrollo del comercio, la navegación y la industria. Hay, finalmente, otras instituciones en las que es más necesaria la inteligencia y común acción de todos los pueblos; en ellas progresa y se estrecha cada día más la vida de relación. Así sucede en los correos, telégrafos, pesos y medidas, y en más limitadas formas en la moneda y los transportes. No es la magna civitas de hoy realidad de la combatida utopia de Wolf; pero en muchas é importantísimas relaciones sociales existe ya organizado el Estado internacional, del que todos los pueblos cultos son ciudadanos y miembros (1). Los Congresos y las Conferencias son las reuniones de soberanos ó plenipotenciarios de varias potencias para tratar en común asuntos de general interés para todas ellas (a). Difícil es precisar las diferencias que separan ambas clases de reuniones internacionales, pues examinadas con rigor ambas nociones no existe en ellas calidad alguna intrínseca que las distinga y sólo puede indicarse como señal más importante que en las conferencias se trata generalmente de cuestiones aisladas, no de resolver á la vez, como en los congresos, varios importantes asuntos internacionales (2). Puede cualquier potencia en el asunto interesada invitar á las demás naciones para la reunión de un congreso ó conferencia;

(a) No deben confundirse con los congresos y conferencias internacionales las reuniones periódicas ó aisladas de asociaciones científicas, religiosas ó literarias, etc., generalmente en los meses de verano, á las cuales se les da también estos nombres, aunque prefieren por lo común el primero de congresos por la mayor pompa. Es on ellos el carácter general el privado (en la mayoría de los casos son sus miembros todos los que se suscriben pagando una cuota) y si envían á algunos representantes los gobiernos, es sólo para atribuirles mayor solemnidad y para que les den cuenta después del resultado de sus deliberaciones. Su número es infinito y sólo han de merecernos atención en cuanto en varios casos han causado primero la reunión de formales conferencias diplomáticas, de las que han uacido luego verdaderos tratados. Casi todas las Uniones internacionales han tenido este origen.

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regularmente, en la nota de invitación se indican los puntos que han de tratarse y, en general, el modo de verlos del que las convoca. El procedimiento que se sigue en las conferencias y congresos acostumbra á determinarse previamente al abrirse sus sesiones, aunque existan ciertas reglas consuetudinarias que en general se observan en todos ellos. Acostumbranse á celebrar en el Estado que las inició; principio, sin embargo, que ha sufrido algunas excepciones (3). Confíase la presidencia al representante del mismo (mucho más si tratándose en el congreso ó conferencia de dar fin á una guerra es el mediador entre ambos beligerantes), representante que es, por regla general, el ministro de Negocios extranjeros. No se toman las resoluciones por mayoría de votos; á ningún Estado puede obligársele sin su expreso y determinado consentimiento; únicamente es posible una votación, como observa Bulmerincq, en las cuestiones reglamentarias y de orden. Se consigna en detalladas actas que se llaman protocolos lo más importante de sus sesiones, en los cuales insertan los plenipotenciarios declaraciones y protestas, si así creen conviene al interés del Estado que representan. Si la conferencia ó el congreso da resultado, por llegar todos ó parte á un acuerdo, se consigna éste en un solemne tratado ó convención internacional que se rige tanto en su interna como externa forma por las reglas en otro lugar detalladamente expuestas (§§ 55 á 62) (4). Como congresos célebres en la Historia deben mencionarse: en el siglo XVII, los de Westfalia (Munster y Osnabruck); en el XVIII, el de Utrecht, y en el XIX, los de Viena, París y Berlin, y los americanos de Montevideo, Washington, y en el actual el de Méjico de 1901 (b). El social y económico hispanoamericano (b) El congreso sudamericano de Montevideo se celebró del 25 de Agosto de 1888 al 18 de Febrero de 1889, tomando parte en él Bolivia, Brasil, Chile, Pa

celebrado en Madrid en 1900, de carácter más bien consultivo que político, significa un avance más en corrientes de aproximación y fraternidad dignas de encomio (c) (5). Entre las conferencias merecen es

raguay, Perú, la República Argentina y el Uruguay, ajustándose en él varios tratados sobre materias de derecho internacional privado, adhiriéndose á ellos ad referendum España en 11 de Noviembre de 1893. Mayor importancia política tuvo el congreso panamericano de Washington, reunido desde el 2 de Octubre de 1889 hasta el 20 de Abril de 1890, al cual concurrieron representantes de todas las naciones de las tres Américas. Su programa ostensible, contenido en la ley de los Estados Unidos de 24 de Mayo de 1888, era acordar medidas para conservar la paz y aumentar la prosperidad de los diversos Estados, crear una unión aduanera, establecer comunicaciones regulares y frecuentes entre los diversos puertos y medidas uniformes en aduanas, importacion y exportación, derechos de puertos, avalúos y cuarentenas, fijar un sistema uniforme de pesas y medidas y leyes idénticas para la protección de las propiedades industrial y literaria, de modo que los derechos adquiridos por un ciudadano en un país fueran respetados en todos los demás; adopción de medidas idénticas para la extradición, establecimiento de una moneda única con curso legal en toda América y convenio de un tratado de arbitraje para todas las cuestiones, discusiones y conflictos que existiesen y pudieran existir entre los Estados americanos, y, en general, cualquier otro tema que cualquiera de los congregados creyera útil suscitar. Aunque en definitiva no se firmó tratado alguno y quedó todo en proyecto, significa tal congreso el primer esfuerzo, solemne y paladinamente confesado, de los Estados Unidos, de sujetar á su dominio político y económico todo el continente americano, excluyendo de él la influencia y relación europea. Segundo golpe del mismo ha sido el último congreso de Méjico, reunido en Octubre de 1901 (y al cual invitó esta potencia por nota circular de 15 de Agosto de 1900), en el cual, gracias á la constante oposición de Chile acerca el arbitraje, se pudo únicamente convenir que por mediación de Méjico y de los Estados Unidos se adhirieran al convenio de El Haya las repúblicas americanas, diez de las cuales firmaron tratados especiales de arbitraje general entre ellas, y se acordó además el nombramiento de una comisión que hiciera un proyecto de código de derecho internacional. Lograron los yankis varias medidas que les aproximan á su deseado fin: la reunión de un congreso aduanero en Washington en 1903, que se ocupará de reformar la legislación en la materia y de redactar un diccionario de nomenclatura comercial en inglés, español, francés y portugués, la reorganización de la oficina de las repúblicas americanas encargada de centralizar las informaciones comerciales, etc. Para compensar los efectos de esta reunión, convocó nuestra patria el congreso de Madrid, del cual hablamos en la nota siguiente.

(c) Convocado por Real decreto de 16 de Abril de 1900 por la iniciativa de la Sociedad Unión Iberoamericana, fueron invitados al mismo los gobiernos de Portugal y de todos los Estados americanos de origen latino, los delegados de las corporaciones de sociedades científicas, los prelados de la Iglesia católica y los representantes del ejército y armada, los directores de las compañías de navegación y la prensa, y, en general, todos los particulares de personalidad relevante que se inscribieran en él. El gobierno español envió su nota circular de invitación en 15 de Agosto de 1900 y mandaron sus representantes, aunque sin carácter alguno diplomático, quince Estados americanos, es, á saber: Méjico, Costa Rica, Salvador, Guatemala, Nicaragua, Honduras, Santo Domingo, Colombia, Vene

pecial mención las varias celebradas en Londres y Constantinopla para el arreglo de las cuestiones orientales; la de Berlín sobre el Africa occidental, que bien pudiera por su importancia y trascendencia

zuela, Ecuador, Perú, Chile, Paraguay, República Argentina y Uruguay. Se celebró la sesion inaugural el 10 de Noviembre de 1900 y la de clausura el 18. Sus conclusiones, divididas en 11 secciones, comprenden las materias siguientes: 1.a Arbitrajes, recomendando la constitución de un tribunal permanente hispanoamericano para toda clase de cuestiones sin excepción.-2. Jurisprudencia y legislación, aconsejando la ratificación de todos los tratados del congreso de Montevideo de 1889, y proponiendo reglas uniformes sobre extradición, patentes de invención, marcas de fábricas, jurados industriales, derecho civil, cumplimiento de exhortos. -3. Emigración, encauzando la española á América y proponiendo las bases de una ley que la regule. - 4. Ciencias, indicando la necesidad de la inteligencia y relaciones entre las academias dedicadas al cultivo de la botánica, de la biología, matemáticas, geología y de las demás ciencias naturales y de las médicas. -5. Letras y artes, recomendando varias bases para procurar la unidad y conservación del idioma, las relaciones literarias y artístieas (exposiciones permanentes, tratados de propiedad literaria y artística), constitución de sindicatos entre los libreros. — 6.a Enseñanza, creación de una așamblea pedagógica hispanoamericana, reconocimiento de la validez de los títulos profesionales, fundación de una enseñanza superior iberoamericana -7. Relaciones comerciales, necesidad de tratados con convenciones recíprocas, rebajas de los aranceles consulares, instalación de docks ó depósitos comerciales, protección especial á los viajantes de comercio y á sus asociaciones. - 8. Transportes, correos y telégrafo, extendiéndose las líneas regulares de navegación, facilidades en el embarque y desembarque, transportes gratuítos de mercancías y establecimiento de hoteles Therminus (!), rebaja del 33 por 100 en el tránsito marítimo, unificación de las tasas telegráficas hasta llegar á una uniforme para todos los despachos entre las repúblicas latinas y España, establecimiento de un cable hispanoamericano con amarre exclusivo en la costa de España y la América latina.-9. Exposiciones permanentes de productos comerciales. 10. Relaciones bancarias y bursátiles, creación de un Banco, establecimiento de una unión monetaria latina para la adopción de una moneda común de circulación legal en toda la América latina y España, y cotización oficial de los fondos públicos de los respectivos países en todos ellos.-11.a Prensa, rebaja al mínimum del franqueo, derogación de la Real orden de 19 de Mayo de 1893, que exige la entrega de tres ejemplares de las obras impresas en castellano para su importación en España, circulación de los periódicos, formación de asociaciones de periodistas, rebajas de pasajes para los mismos, fundación en Madrid de una revista dedicada al estudio de las cuestiones sociales y económicas que interesen á España y á Ibero-América. Para el cumplimiento de este acuerdo y del 8.o de la sección 1.8 que disponía la reunión de un nuevo Congreso para discutir lo hecho en materia de relaciones internacionales y la solución de los problemas que nuevamente se planteen, se acordó el nombramiento de una comisión ejecutiva permanente. Noble, vasta y generosa fué la obra realizada, y Dios quiera llegue á algún resultado positivo, desbaratando los esfuerzos de quien piensa llevar á nuestros hermanos de fe, de raza y de lengua por distinto camino y desvanezca en estos recelos que no justifican pasados agravios y no releguen su unión y afecto á la madre patria á un más lejano parentesco latino cuando existe la absoluta confraternidad de la común sangre española.

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