Tratado de derecho internacional público, Volumen2V. Suárez, 1903 |
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... Italia ( traducción del tomo IV de la Cuestión romana , por el Conde de Ciutiis ) , con nuevas notas , adiciones y carta prólogo del autor . - Ñápo- les , 1901 . La nacionalidad de los cubanos según , contra y fuera del tratado de Paris ...
... Italia ( traducción del tomo IV de la Cuestión romana , por el Conde de Ciutiis ) , con nuevas notas , adiciones y carta prólogo del autor . - Ñápo- les , 1901 . La nacionalidad de los cubanos según , contra y fuera del tratado de Paris ...
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... Italia ; por qué no aplica estas reglas á sus relaciones con el gobierno de hecho en Roma . « Si Nosotros decimos á los católicos franceses que acepten el gobierno consti- tuído es para que puedan defender mejor los intereses religiosos ...
... Italia ; por qué no aplica estas reglas á sus relaciones con el gobierno de hecho en Roma . « Si Nosotros decimos á los católicos franceses que acepten el gobierno consti- tuído es para que puedan defender mejor los intereses religiosos ...
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... Italia des- pidiendo al conde de San Martino , representante del rey de las Dos Sicilias . Como hemos dicho en otro lugar , es imposible mantener relaciones á la vez con los dos gobiernos ; enviando representación diplomá- tica al de ...
... Italia des- pidiendo al conde de San Martino , representante del rey de las Dos Sicilias . Como hemos dicho en otro lugar , es imposible mantener relaciones á la vez con los dos gobiernos ; enviando representación diplomá- tica al de ...
Página 32
... Italia . En 1714 se distribuyeron los asuntos públicos en cinco Secretarías , origen de los actuales Ministe- rios , y la de Estado , llamada así por ser la primera la que se reservó los asuntos internacionales , sin perjuicio de ...
... Italia . En 1714 se distribuyeron los asuntos públicos en cinco Secretarías , origen de los actuales Ministe- rios , y la de Estado , llamada así por ser la primera la que se reservó los asuntos internacionales , sin perjuicio de ...
Página 33
... Italia por otro de 17 de Julio de 1882 . En Inglaterra ejercen esta función los abogados de la corona ( b ) . §71 . Condiciones de los ministros públicos . Clases de los mismos * . — Ni la religión ( excep- to en los enviados al Papa ...
... Italia por otro de 17 de Julio de 1882 . En Inglaterra ejercen esta función los abogados de la corona ( b ) . §71 . Condiciones de los ministros públicos . Clases de los mismos * . — Ni la religión ( excep- to en los enviados al Papa ...
Términos y frases comunes
1.º de Enero 1.º de Septiembre acuerdo administración admitir aduanas agentes diplomáticos Alemania Annam aplicación arancelaria aranceles artículos Austria Austria-Hungría autor autorización Bélgica Berna Bretaña buques canje celebrado China ción clase comerciales concede conferencia congreso consulares cónsules contratantes convención convenio Costa Rica cuya debe declaración denuncia derecho internacional determina Dinamarca disfrutan disposiciones embajadores Enero enviado España españoles establecer estipulaciones Europa exportación extranjero francés Francia gobiernos guerra halla importación Inglaterra inglés intereses Italia Japón Julio Junio legislación Martens mercancías ministro nación más favorecida nacionales navegación negocios Noruega objeto obras oficial otorgadas pactos pág Países Bajos patentes patria plenipotenciarios podrán Portugal potencias primera principio privilegios productos prohibe protección protocolo público puertos ratificaciones Real decreto Real orden rebaja reciprocidad régimen reglamento reglas reino relaciones República respecto Rusia soberano súbditos Suecia Suecia y Noruega Suiza tado tarifa territorio tículo tránsito tratados de comercio trato de nación tribunales Turquía último únicamente Unión véase
Pasajes populares
Página 263 - Por tanto mandamos á todos los tribunales , justicias , jefes , gobernadores y demás autoridades , asi civiles como militares y eclesiásticas de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Dado en...
Página 262 - por la gracia de Dios y la Constitución, Rey de España, y en su nombre y durante su menor edad la Reina Regente del Reino, A todos los que la presente vieren y entendieren, sabed : que las Cortes han decretado y Nos sancionado lo siguiente : Artículo 1.°...
Página 113 - Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarbes, de Algecira, de Gibraltar, de las islas de Canarias, de las Indias Orientales y Occidentales, islas y tierra firme del Mar Océano, Archiduque de Austria, Duque de Borgoña, de Brabante y Milán, Conde de Habsburgo, de Flandes, Tirol y Barcelona, Señor de Vizcaya y de Molina, etc.
Página 113 - Don Carlos, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León, de Aragón, de las dos Sicilias, de Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo...
Página 168 - Los traductores de obras acerca de las cuales no exista ó se haya extinguido el derecho de propiedad garantido, gozarán respecto de sus traducciones de los derechos declarados en el artículo 3.°, mas no podrán impedir la publicación de otras traducciones de la misma obra. Art. 7.° — Los artículos de periódicos podrán reproducirse, citándose la publicación de donde se toman.
Página 163 - obras literarias y artísticas", se comprenden los libros, folletos y cualesquiera otros escritos; las obras dramáticas o dramático-musicales, las coreográficas, las composiciones musicales con o sin palabras; los dibujos, las pinturas, las esculturas, los grabados; las obras fotográficas, las...
Página 252 - En atención a lo expuesto, el ministro que suscribe, de acuerdo con el Consejo de Ministros, tiene el honor de someter a la aprobación de VM el adjunto proyecto de Decreto: Real Decreto.
Página 161 - Ningún Estado estará obligado á reconocer el derecho de propiedad literaria ó artística, por mayor tiempo del que rija para los autores que en él obtengan ese derecho. Este tiempo podrá limitarse al señalado en el país de origen, si fuere menor. Art. 5.° En la expresión obras literarias y artísticas...
Página 160 - El autor de toda obra literaria ó artística, y sus sucesores, gozarán en los Estados signatarios de los derechos que les acuerde la ley del Estado en que tuvo lugar su primera publicación ó producción.
Página 175 - El reconocimiento del derecho de propiedad de las obras literarias ó artísticas no priva á los Estados signatarios de la facultad de prohibir, con arreglo á sus leyes, que se reproduzcan, publiquen, circulen, representen ó expongan aquellas obras que se consideren contrarias á la moral ó á las buenas costumbres.