Manual teórico del notario, ó Estudios jurídicos de preparacion para las oposiciones á notarías: Contiene nociones de derecho civil, mercantil y penal de España, con precedentes históricos de derecho romano y tres apéndices que comprenden el derecho político y administrativo español, el internacional y las actuaciones judiciales, civiles y criminalesla Revista de legislacion, 1883 - 397 páginas |
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Manual Teórico del Notario, ó Estudios Jurídicos de Preparación para las ... Juan de Dios Vico y Brabo Sin vista previa disponible - 2018 |
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Términos y frases comunes
abintestato accion acreedor acto actos administracion Audiencia autos CAPITULO casacion causa censo cion citacion clases comercio competente considera consiste constituyen contrato CONTRATO DE SOCIEDAD cónyuges criminal cumplir curador cuyo debe deberes definicion delito demanda dere Derecho administrativo DERECHO CIVIL ESPAÑOL derecho real DERECHO ROMANO derechos políticos despues deudor dictará domicilio dominio dueño efectos ejecucion ejecutivo emplazamiento Enjuiciamiento civil escritura establecido exceda explicacion fiscal habia halla herederos herencia hijos hipoteca hubiere indispensable institucion interdicto Islas Baleares judicial Jueces Juez juicio Justiniano legal legatario legítimo mandará manumision matrimonio mediante medio mercantil Ministerio fiscal modo nacion objeto obligacion obligaciones padre pago patria potestad pena perjuicios personas pleito podian posesion preceptos prescripcion pretor procedimiento propiedad público recibe el nombre recurso de casacion requisitos respectivamente responsabilidad SECCION PRIMERA SECCION PRIMERA.-Derecho romano SECCION SEGUNDA SECCION SEGUNDA.-Derecho civil SEGUNDA.-Derecho civil español sentencia sociedad sufragio activo tambien tenia tercero término testador testamento tít título tutor usucapion virtud
Pasajes populares
Página 315 - Ministerio fiscal, del auto que se hubiere dictado, y de lo demás que el Juez ó Tribunal estime conducente para fundar su competencia. Art.
Página 342 - La segunda, las diligencias de la ocupación de bienes del quebrado y todo lo concerniente ala administración de la quiebra hasta la liquidación total y rendición de cuentas de los síndicos. La tercera, las acciones á que dé lugar la retroacción de la quiebra sobre los contratos y actos de administración del quebrado precedentes á su declaración. La cuarta, el examen y reconocimiento de los créditos contra la quiebra, y la graduación y pago de los acreedores. La quinta, la calificación...
Página 178 - Las inscripciones ó anotaciones preventivas hechas en virtud de escritura pública, no se cancelarán sino por providencia ejecutoria contra la cual no se halle pendiente recurso de casación...
Página 324 - La falta de personalidad en el actor por carecer de las calidades necesarias para comparecer en juicio, ó por no acreditar el carácter ó representación con que reclama.
Página 175 - Autoridad que lo expida, si no mediare aquel funcionario, deberá exigir la inscripción del referido derecho real, siempre que el interés de dichas personas resulte del título mismo ó de los documentos ó diligencias que se hayan tenido á la vista para su expedición.
Página 272 - Sin embargo de lo dispuesto en el artículo anterior, los autores, los cómplices y los encubridores, cada uno dentro de su respectiva clase, serán responsables solidariamente entre sí por sus cuotas y subsidiariamente por las correspondientes á los demás responsables. La responsabilidad subsidiaria se hará efectiva primero en los bienes de los autores, después en los de los cómplices, y por último en los de los encubridores.
Página 33 - Los hijos de padre ó madre españoles, aunque hayan nacido fuera de España. 3.° Los extranjeros que hayan obtenido carta de naturaleza. 4.° Los que sin ella hayan ganado vecindad en cualquier pueblo de la Monarquía.
Página 283 - Se interrumpirá, quedando sin efecto el tiempo transcurrido para el caso en que el reo se presentare ó sea habido, cuando se ausentare á país extranjero con el cual España no haya celebrado tratados de extradición, ó teniéndolos, no estuviere comprendido en ellos el delito...
Página 318 - Las notificaciones se practicarán por el Escribano, Secretario ú Oficial de Sala autorizado para ello, leyendo íntegramente la providencia á la persona á quien se hagan, y dándole en el acto copia literal de ella, firmada por el actuario, aunque no la pida, expresando el negocio á que se refiera. De lo uno y de lo otro deberá hacerse expresión en la diligencia.
Página 172 - El derecho de percibir los frutos en el usufructo, pero quedando extinguida la hipoteca, cuando concluya el mismo usufructo por un hecho ajeno á la voluntad del usufructuario. Si concluyere por su voluntad, subsistirá la hipoteca hasta que se cumpla la obligación asegurada, ó hasta que venza el tiempo en que el usufructo habría naturalmente concluido á no mediar el hecho que le puso fin.