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servada por aquellas partes, en lo que á las Indias del mar del Sur, Molucas y Filipinas é India toca, de donde andando el tiempo, resultarán muy grandes aprovechamientos, que excedan á los gastos presentes. Y para la execucion dello, si este flaco vasallo y criado de V. M. prestáre (1) de algo, non recuso laborem sobre todos los pasados, lo cual con alegre rostro y pronta voluntad con los filos (2) que siempre, y más agora, que es más necesario, con mis industrias, mediante Dios, abrazaré hasta lo acabar ó la vida, habiendo de dar solo la cuenta dello; que cierto no conviene al servicio de V. M. dar yo cuenta de faltas agenas, pudiendo apenas darla de las mias. Y como quiera que mi voluntad no sea otra que la de V. M., esa seguiré, con el favor de Dios, en mar y tierra, aquí y en toda parte, suplicando con todo por la sangre de Nuestro Señor Jesucristo, se acuerde de aquellos sus pobres vasallos, y no se contente V. M. de les haber enviado algun remedio, hasta los poner en firmeza, y espantar los enemigos de Dios y de V. M. con cerrar aquel paso, á lo cual yo me ofrezco con el favor de Dios y de V. M., dándome Dios vida. Esto suplico con tanta instancia, porque me obliga la conciencia; y despues que yo lo haya significado á V. M., queda sobre la de V. M., á quien Dios Todopoderoso dé muy larga vida y salud, con aumento de monarquía para su santo servicio y despues el cielo, amen.

En el Escurial y San Lorenzo el Real, 15 de Septiembre de 1589.-Besa los Reales pies y manos de V. M.

(1) Es decir, sirviese de algo.

(2) Filo, está aquí tomado en el sentido de disposicion, voluntad.

este vasallo humilde y de los más leales, indigno criado de V. M.-Pedro Sarmiento de Gamboa. (1).

RELACION DEL DESCUBRIMIENTO DEL ESTRECHO DE ANIAN, (2) QUE HICE YO, EL CAPITAN LORENCIO FERRER MALDONADO, EL AÑO 1588, EN LA CUAL está la órdEN DE LA NAVEGACION Y LA DISPUSICION DEL SITIO Y EL MODO DE FORTALECERLO, Y ASÍ MISMO LAS UTILIDADES DESTA NAVEGACION, Y LOS DAÑOS, QUE DE NO HACERLA, SE SIGUEN. (3).

Señor:

Ante todas cosas, conviene saber cuáles son las comodidades que se pueden conseguir por la navegacion del estrecho de Anian al mar del Sur; y habiendo considerado la navegacion, que hasta ahora se ha tratado, para las Philipinas, China y Japon y las otras partes de aquel mar, parece por buena cosmografía y geografía, que navegando por este Estrecho, se ahorra casi la mitad del

(1) Copiado del original que existe en el Archivo de Simancas (Nota de Muñoz.)

Pinelo, en su Epítome de la biblioteca oriental y occidental, dá las siguientes noticias acerca del ilustre autor de esta relacion:

Pedro Sarmiento de Gamboa: derrotero y viage de Lima á España por el Estrecho de Magallanes: el año de 1579 hizo el viage por órden del virey D. Francisco de Toledo. El derrotero presentó en el Real Consejo de las Indias, que le mandó guardar en la casa de la Contratacion de Sevilla, M. S. Castellano.

(2) El estrecho de Anian, llamado tambien de Behring, desde 1728, en que le dió á conocer este famoso marino, es el que separa el Asia de America

(3) Coleccion de Muñoz, tomo xxXVIII.

camino. Donde esto se conoce bien, es en un globo terrestre, ó en un mapa que tenga el polo por centro, y no en las cartas planas, las cuales tan grande y dilatado muestran el punto del polo, como es la línea de la equinocial; y por esta razon, en ellas no puede parecer menor el un camino que el otro. Y supuesto que esta doctrina quiere práctica visible, es escusado tratarla aquí; basta decir que por este Estrecho se ahorra la mitad del camino, poco menos. Fuera de que tiene otra comodidad mucho mayor, yes que de una embarcacion (1) se puede ir desde España á las Philipinas, y esto no puede ser por donde agora se camina, por haber de desembarcar en la Nueva-España y caminar ciento y cincuenta leguas por tierra; y esto es causa que la más de la gente, que se envia á aquellas partes para los presidios y socorros, se quede en la Nueva-España, ó cansados del mar, ó asidos á las delicias de aquellas tierras.

Fuera desto, tiene otra notabilísima utilidad, y es que puede V. M., navegando toda la especería (del Maluco y todo el archipiélago y otras partes) por este Estrecho, hacerse total señor della con mucha facilidad; porque almacenándola en la ciudad de Sevilla, le importará más de cinco millones por año, obligando á muchas naciones que vengan á España por ella, y en su recompensa traigan abundantemente todas las cosas necesarias á estos reinos; con lo cual se escusará llevarse toda la plata, que cada año viene de las Indias, poniendo el reino en tanta necesidad.

Así mismo se considera que haciéndose este Estrecho navegable, se muda el trato y comercio que tiene la Chi

(1) Esto es, sin desembarcar.

na con las Indias, y se pasa á España; la cual comodidad alcanza á las Philipinas y á todas aquellas partes, porque el trato de la China con las Indias ha sido dañosísimo para España, tanto, que ha impedido la mayor parte del que solia tener; lo cual está probado con que V. M. (por este respecto) tiene agora estrechado el comercio, que la China y Philipinas tienen con las Indias, tanto, que es imposible sustentarse aquellas partes, como es razon, para resistir sus enemigos, que son muchos; y de necesidad aquellos reinos han de venir á disminucion y no poderse sustentar. Y por el contrario, podrian por este camino y navegacion, crecer y aumentarse en tanto número y posibilidad por sus riquezas, que traerian flotas en esta carrera, tan grandes como las que van á las Indias, trayendo á España mucha abundancia de riquezas de la gran China y Tartaria y de otras partes, que serian muy baratas, porque de solo oro se pueden traer dos millones cada año, en que se puede conseguir muy grande interés, porque el oro vale en la China menos de la mitad de lo que aquí vale; y junto con esto se traerian otras muchas cosas, de las cuales agora estos reinos se proveen de mano de sus propios enemigos, con lo cual se enriquecen y cobran fuerzas para hacer guerra.

Es de mucha consideracion así mesmo proveer de gente de guerra aquellas partes, para la defensa de aquellos reinos, y hacerlo con tanta facilidad, como por este camino se puede, con lo cual se impide que los enemigos se puedan hacer señores dellos, como es posible hacerse, por falta de gente y socorro. Y siendo Dios servido de que nosotros hagamos semejante navegacion, se abre con ella una puerta, por la cual se facilita la conversion de aquellos gentiles habitadores de aquellas par

tes, por cuyas almas quiso Dios padecer, que no es esta la menor, sino la mayor utilidad.

Otras muchas puede ofrecer el discurso del tiempo, empero la más esencial de todas, conocidamente, es prevenir los grandes daños que podrian sobrevenir por no reconocer el estrecho de Anian y fortalecerlo; porque siendo verdad que lo hay, como yo testifico haberlo visto, seria notabilísimo el daño que podria suceder, si fuese hallado y fortalecido de los enemigos, los cuales con mucho cuidado desean hallarle, pues sabemos que el año pasado de 608, salieron unos navíos de Inglaterra á le buscar. Porque siendo tomado de enemigos, pueden desde allí hacer muy grandes daños, que por la vecindad que tienen sus tierras con aquel Estrecho, les seria cosa fácil enviar por él una armada, la cual repartida de treinta en treinta naves, se enseñorearán de las tierras de Nueva-España y Perú, en donde publicando ancha conciencia y libertad de indios, podria ser que muchos y aun todos se les viniesen á las manos, У de tal suerte encastillarse en todo aquel mar, que no tiniendo por donde inviar breve socorro, quedasen por señores dél irremediablemente. Y tanto se puede temer este peligro, que cuando no supiéramos por cierta ciencia y vista de ojos, tener esta entrada el mar del Sur, la habíamos de buscar para fortalecerla, ó para desengaño sino la hay, y quedar sosegados los corazones sin temer este peligro. Y aquí se advierte, que si los enemigos no tienen hechos muy grandes daños en aquel mar, es por no tener todo el puerto que sea de consideracion, como lo es el que tiene el estrecho de Anian, segun adelante se dirá. Y porque agora parece tratarse de semejante navegacion, por mandado de V. M. y su Consejo de Estado,

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