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TRES CAPÍTULOS DE CARTAS DE HERNAN-CORTÉS, DIRIGIDAS AL EMPERADOR CARLOS V, PIDIÉNDOLE RELIGIOSOS Y OTRAS COSAS CONCERNIENTES Á esto (1).

Síguese un capítulo de una carta que el famoso capitan Hernando Cortés escribió á la sacra magestad del emperador D. Cárlos, nuestro Rey y señor, cuya fecha es en la ciudad de México, ó por otro nombre Tenochtitlan, á 15 dias del mes de octubre de 1524 años.

CONVERSION Y DOCTRINA.

Todas las veces que á V. S. M. he escrito, he dicho á V. A. el aparejo que hay en algunos de los naturales de estas partes, para se convertir á nuestra Santa Fée Católica y ser cristianos, y he enviado á suplicar á V.S. M. para ello mandase proveer de personas religiosas, de buena vida y ejemplo; y porque hasta agora han venido muy pocos, ó casi ningunos, y es cierto que harian grandísimo fruto, lo torno á traer á la memoria á V. A., y le suplico lo mande proveer con toda brevedad, con que de ello Dios Nuestro Señor, será muy servido y se cumplirá el deseo, que V. A. en este caso como católico tiene. Y porque con los dichos procuradores Antonio

(1) Coleccion de Vargas Ponce, en la Real Academia de la Historia, tomo LVI.

de Quiñones y Alonso Dávila, los Consejos de las villas de esta Nueva España y yo, enviamos á suplicar á V. M. mandase proveer de obispos ú otros prelados para la administracion de los oficios y culto divino, y entonces, pareciónos que así convenia, y agora, mirándolo bien, háme parecido que V. S. M. los debe mandar proveer de otra manera, para que los naturales de estas partes más aína se conviertan y puedan ser instruidos en las cosas de nuestra Santa Fée Católica. Y la manera que á mí en este caso me parece que se debe tener, es que V. S. M. mande que vengan á estas partes muchas personas religiosas, como ya he dicho, y muy celosas deste fin de la conversion destas gentes, y que destos se hagan casas y y monasterios por las provincias, que acá nos pareciese que conviene, y que á estos se les dé los diezmos, para hacer sus casas y sostener sus vidas, y lo demás que rentaren de ellos sea para las iglesias y ornamentos de los pueblos, donde estuvieren los españoles, y para clérigos que los sirvan; y que estos diezmos los cobren los oficiales de V. M. y tengan cuenta y razon dellos, y provean dellos á los dichos monasteri os y iglesias, que bastará para todo y aun sobra harto, de que V. M. se puede servir. Y que V. A. suplique á S. S. conceda á V. M. los diezmos destas partes para ese efecto, haciéndole entender el servicio, que á Dios Nuestro Señor se hace en que esta gente se convierta, y que esto no podria hacer sino por esta via, porque habiendo obispos y otros prelados, no dejarian de seguir la costumbre que por nuestros pecados hoy tienen, el disponer de los bienes de la Iglesia, que es gastarlos en pompas y en otros vicios y en dejar mayorazgos á sus hijos ó parientes; y aun seria otro mayor mal, que como los naturales destas

partes tenian en sus tiempos personas religiosas, que entendian en sus ritos y ceremonias, y estos eran tan recogidos, así en honestidad como en castidad, que si alguna cosa fuera de esto á alguno se le sentia, era punido con pena de muerte, y si ahora viesen las cosas de la Iglesia y servicio de Dios, en poder de los canónigos ó otras dignidades, y supiesen que eran ministros de Dios, y los viesen usar de los vicios y profanidades, que ahora en nuestros tiempos en esos reinos usan, seria menospreciar nuestra Santa Fée y tenerla por cosa de burla, y seria tan gran daño, que no creo aprovecharia alguna otra predicacion que se les hiciese. Y pues que tanto en esto va, y la principal intencion de V. M., es y debe ser que estas gentes se conviertan, y los que acá en su real nombre residimos, la debemos seguir, y como cristianos tener de ellos especial cuidado, he querido en esto avisar á V. S. M. y decir en ello mi parecer, el cual suplico á V. A. reciba como de persona súbdita y vasallo suyo, que así como con las fuerzas corporales trabajo y trabajaré, que los reinos y señoríos de V. M. por estas partes se ensanchen, y su real fama y gran poder entre estas gentes se publique, que así deseo y trabajaré con el ánima, para que V. A. en ellas mande sembrar nuestra Santa Fée, porque por ello merezca la bienaventuranza de la vida perpétua, y porque para hacer órdenes y bendecir iglesias y ornamentos y ólio y crisma y otras cosas, no habiendo obispos, seria dificultoso ir á buscar el remédio de ellas á otras partes. Así mismo V. M. debe suplicar á S. S., que conceda su poder y sean sus subdelegados en estas partes las dos personas principales de religiosos que á estas partes vinieren, uno de la órden de San Francisco, y otro de la órden de Santo Domingo,

los cuales tengan los mas largos poderes que V. M. pudiere, porque por ser estas tierras tan apartadas de la Iglesia romana, y los cristianos, que en ellas residimos y residieren, tan lejos de los remedios de nuestras conciencias y, como humanos, tan sujetos á pecados, hay necesidad que en esto S. S. con nosotros se entienda en dar á estas personas muy largos poderes, y los tales pcderes sucedan en las personas que siempre residan en estas partes, que sea en el general que fuere en estas tierras, ó en el Provincial de cada una de estas órdenes.

Siguese otro capítulo de la misma carta, acerca del fin que los españoles pretenden en las Indias.

-Como á mí me convenga buscar toda la buena órden que sea posible, para que estas tierras se pueblen y los españoles pobladores y los naturales dellas se conserven y perpetúen, y nuestra Santa Fée en todo se arraigue, pues V. M. me hizo merced de me dar cuidado, y Dios Nuestro Señor fue servido de me hacer medio por donde viniese á su conocimiento y debajo del imperial yugo de V. A., hice ciertas ordenanzas y las mandé pregonar; y porque de ellas envio copia á V. M., no terné que decir sino que á todo lo que acá yo he podido sentir, es cosa muy conveniente que las dichas ordenanzas se cumplan. De algunas de ellas los españoles, que en estas partes residen, no están muy satisfechos, en especial, de aquellas que los obligan á arraigarse en la tierra, porque todos ó los más tienen pensamientos de se haber con estas tierras, como se han habido con las islas que antes se poblaron, que es esquilmarlas y destruirlas, y despues dejar

las. Y porque me parece que seria muy gran culpa á los que de lo pasado tenemos esperiencia, no remediar lo presente, y por venir proveyendo en aquellas cosas, por donde nos es notorio haberse perdido las dichas islas, mayormente siendo esta tierra, como ya muchas veces á V. M. he escrito, de tanta grandeza y nobleza, y donde tanto Dios Nuestro Señor puede ser servido, y las Reales rentas de V. M. acrecentadas, suplico á V. M. las mande mirar.

Siguese otro capítulo de otra carta, que antes de esta escribió el mismo Hernando Cortés á S. M., cuya fecha es en Cuyoacan (1), á 15 de Mayo de 1522 años.

Por una carta mia hice saber á V. M. cómo los naturales de estas partes eran de mucha más capacidad que no lo de las otras islas, y que nos parecian de tanto entendimiento y razon, cuanto á uno medianamente basta para ser capaz; y que á esta causa, me parecia cosa grave por entonces compelerlos á que sirviesen á los españoles de la manera que los de las otras islas, y que tambien cesando aquesto, los conquistadores y pobladores de estas partes, no se podrian sustentar; y para no constriñir por entonces á los indios y que los españoles se remediasen, me parecia que V. M. debia mandar que de las rentas que acá pertenecen á V. M., mandase proveer lo que fuese más servido, segun que de todo más

(1) Cuyoacan, lugar próximo á Méjico, tan predilecto del ilustre conquistador, que ordenó en su testamento que despues de su muerte le depositasen en él, disposicion que no se llevó á efecto.

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