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Un hijo de Henrique IV, tan valiente como su abuelo, está al frente de un ejército el mas decidido y mejor disciplinado, y tiene su cuartel general en Madrid. Los antiguos consejos de la nacion española estan en el pleno goce de su autoridad: los grandes han publicado sus sentimientos de fidelidad al monarca los obispos, tan venerados en España, todo el clero, todo el pueblo, desechan la revolucion y reconocen con entusiasmo á la Regencia durante el cautiverio del rey. ¿Donde está pues la autoridad legal, si no está aqui? Sin embargo, las cortes á las que apenas queda un territorio, Mina y Villacampa acompañados de algunas gavillas de bandoleros, son los que amenazan á los súbditos fieles al rey, llamándolos facciosos, y declarando que serán tratados como traidores á la patria! y la Regencia no manifiesta su autoridad legítima á los rebeldes estando instalada junto al palacio donde reside el hijo de Henrique IV, aun no ha dado un edicto igual al de aquel monarca, el que venga declarado, que serán castigados como reos de lesa magestad, los generales y los oficiales de cualquiera graduacion, que se atreven á tener cautivo á S. M. el rey católico, que oprimen á los habitantes de las ciudades del reino, cuyas fortificaciones estan en su poder; y por fin todos los que componen el ejército rebelde, como no reconozcan en el mas brevę término á la autoridad legítima : últimamente, no se ha oido decir que la regencia haya mandado confiscar las propiedades de los militares rebeldes en las provincias que estan libres del yugo de aquellos.

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d

Por que razon los hombres que estan al frente del nuevo gobierno español, tan conocidos por su profunda adhesion á los antiguos principios monárquicos, parece que titubean en desplegar, por el servicio del monarca y por el bien de la monarquía, la plenitud del poder de que estan inves

tidos durante el cautiverio de S. M.? No se presenta otra sino las circunstancias en medio de las cuales se ha formado este gobierno. Dependiente este de la grande alianza del continente, se resiente del influjo de aquella nueva política europea que presidió á la restauracion de 1814, y que ha hecho dudoso, á los ojos de los pueblos y hasta de los mismos gobiernos, el título legal de la autoridad.

En 1814, como ya lo hemos nótado, los soberanos aliados, despues de haber destruido el poder de Bonaparte, trataron con los antiguos caudillos de la revolucion como con otra potencia legítima, garantizando todas sus conquistas. Aun en los cien dias las mismas potencias declararon que no pretendian imponer un gobierno á la Francia ; (48) y con esto reconocierón implícitamente que, en todo pais cada habitante podia entrar en deliberacion sobre la eleccion 'de un gobierno; que podia por consiguiente tomar las armas por su opinion, y que á los soberanos estrangeros solo les incumbia el declararse en favor del partido vencedor: polí tica segun la cual ya no existiria en parte alguna el gobierno de derecho; y en virtud de la cual las conspiraciones podrian variar cada dia el gobierno de hecho y que en la época de los cien dias obligó á la Europa, en defecto de principios á armar un millon de hombres, y á derramar tanta sangre err Waterloo.

Las tentativas contínuas de los revolucionarios de Francia, fas revoluciones de España, Portugal, Nápoles y Piamonte, han hecho sentir por fin á la Europa las funestas conseéuencias de estas nuevas doctrinas: los monarcas de Rusia, Austria y Prusia han proclamado en la declaracion de daybach, las máximas étérnas en las que estriba la seguridad de las naciones; y el rey de Francia que las habia practicado ya, desechando la constitucion decretada por el Senado á 6

de Abril de 1814, las ha publicado, anunciando, desde lo alto de su trono, que tomaba las armas para restablecer la autoridad legítima en España. Pero la impunidad y aun los premios concedidos á los grandes delitos políticos desde 1814, y la apología de la rebeldía (asi que de todas sus consecuencias con respecto á los monarcas ), hecha este año mismo por los ministros de Inglaterra, han dejado una impresion mas fuerte que no las declaraciones y las palabras de los reyes. La capital de España ha ofrecido un ejemplo horroroso de esta verdad. Que Zayas haya mandado fusilar y acuchillar al pueblo de Madrid á 20 de mayo de 1823, es una cosa natural de parte de un revolucionario : Murat al frente de un ejército italiano, polaco y transrenano mas que frances, hizo otro tanto el dia 2 de mayo de 1808 Pero Zayas ha sido obedecido por unos españoles la mitad de los cuales tenian sus casas y haciendas en el pais ocupado por el ejército frances: la certeza de la impunidad ha hecho sola que pudiese hallar un número suficiente de hombres desalmados para asesinar á seis cientos ancianos, mugeres y niños. La misma seguridad en el crímen ha acompañado á esos monstruos á Sevilla, donde han cometido el horrible atentado que hace estremecer á toda la Europa.

Cuando Cromwel se apoderó de la persona de Cárlos I, mandaba á un ejército victorioso; cuando la convencion consumó su horrendo regicidio, acababa de vencer á todas las potencias del continente: la convencion española rodeada de algunas gavillas de viles asesinos, solo ha cobrado alguna energía para el crímen por la impunidad proclamada en 1814 por los soberanos aliados.

Es necesario pues subir á la política de Henrique IV, padre de nuestros reyes, y que por tanto tiempo fue el dechado

de la Europa, si, con la práctica de la pretendida filosofía moderna, no se quiere echar cada dia mas en olvido el sagrado caracter de la magestad real, y abandonar á los pueblos á todos los crímenes de las revoluciones y á sus desgracias.

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CAPÍTULO XIV.

Sobre los primeros actos de la Regencia de España.

regencia de España ha sido instituida con toda la solemnidad que pueden prescribir las leyes políticas. Estando presos todos los individuos de la familia real, los dos grandes tribunales que ejercen su jurisdiccion en todo el reino y sus colonias han designado los miembros que debian componerla. S. A. R. el señor duque de Angulema la ha reconocido en nombre del rey de Francia; todos los soberanos del continente han mandado á sus ministros cerca de ella i por fin la han reconocido los grandes y todas las ciudades y pueblos de España que no estan oprimidos bajo el yujo de los ejércitos revolucionarios. No se puede dar una autoridad mas legal: puede esta, y debe ejercer toda la autoridad real durante el cautiverio de S. M. C.

Su acto primero ha sido el restablecimiento de todas las justicias y magistraturas, cuales existian cuando el rey per dió la libertad; confiando los empleos importantes á unos hombres que han manifestado la mayor fidelidad, zelo, y capacidad, antes y despues del cautiverio del rey. Ha tomado las providencias mas sabias para impedir que los enemigos públicos vuelvan á añudar sus tramas. Ha confiado la administracion general de la policía del reino á un sugeto venerado por sus virtudes y por la persecucion que

le acarreó su inalterable fidelidad. Los escritores liberales (49) han hablado de este decreto de la regencia y de la eleccion de aquel magistrado, como de una providencia que amenazaba hacer mayores y mas crueles los males de la España, esto es, hacer mas cierta la destruccion de la faccion, y mantener el buen orden y la seguridad pública. Este decreto y esta eleccion no necesitan mas elogios.

La regencia se ha portado segun los consejos de M. Burke hácia los autores de los crímenes revolucionarios; mandando que aquellos que hayan contribuido á las desgracias del pueblo de Madrid, del 22 de mayo, serán perseguidos y juzgados segun las leyes: este acto de la regencia hace ver que imitará al parlamento de Paris en la restriccion que puso á la amnistía de Henrique IV, con respecto á los hombres viles que habian asesinado á unos hombres indefensos; entregará en manos de la justicia á aquellos que usaron el puñal y el martillo sacrificando sus víctimas en las cárceles. Los hombres rectos y sabios que componen el gobierno de España, saben que la palabra reaccion no se conoció sino en un tiempo y en un pais, donde ya no habia recurso contra el crímen: y preservarán á la España de las venganzas particulares, vigilando á que los magistrados á quienes está confiada la vindicta pública, cumplan religiosamente con sus deberes.

Con restablecer los diezmos, ha hecho la regencia el mas bello elogio del pueblo español, cuyo espíritu conoce perfectamente. El diezmo seguirá en España llenando su triple destino, de adornar á los altares, de alimentar á los pobres y hacer los ministros de la religion independientes del erario público. Estas sabias disposiciones del gobierno harán el labrador no se halle agoviado por el pago de

que

esta prestacion en frutos, exonerándole de aquellas contri

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