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CAPÍTULO II.

SITUACION INTERIOR DEL REINO.

De 1556 1560.

.

Rentas del Estado.-No alcanzan á cubrir los gastos ordinarios.-Grandes necesidades del rey: fuertes pedidos de dinero: ahogos de la nacion.-Arbitrios extraordinarios.-Ventas de oficios, jurisdicciones é hidalguías: empréstitos forzosos.-Mitad de las rentas eclesiásticas: legitimacion de los hijos de los clérigos: otros arbitrios repugnantes.-Apremios del rey: rigor en las exacciones: inconvenientes.-Qué se bacia del dinero de Indias.-Escándalos y quejas de tomarlo el rey. -Remedio que se procuró aplicar.-Ruina del comercio.-Ideas del rey en materias de jurisdiccion.-Célebre consulta del Consejo Real sobre excesos del Nuncio.-Vigorosas medidas que proponia.-Espíritu del pueblo.-Cortes de 1558.-Peticiones notables.- Valentía de los procuradores castellanos.—Respuestas ambiguas del rey.—La heregia luterana en España.-Rigores de la Inquisicion.-Procesados ilustres: el arzobispo de Toledo: otros prelados.-Famoso auto de fé en Valladolid: el doctor Cazalla: nómina de las victimas.-Otros autos: en Zaragoza: en Murcia: en Sevil a.-Segundo auto de Valladolid.-Asiste el rey Felipe II., recien venido á España: dicho célebre del rey: número y nombres de los quemados.-Terceras nupcias de Felipe II. con Isabel de Valois.-Solemne y fastuosa entrada de la nueva reina en Toledo.-Fiestas, espectáculos.—Jura y reconocimiento del príncipe Carlos.-Otro auto de fé en Toledo.-Córtes en 1560.-Peticiones notables. Establece Felipe II. la córte de España en Madrid.

Achaque ha sido de casi todos nuestros antiguos historiadores engolfarse en difusos y minuciosos relatos

de los acontecimientos esteriores y principalmente de los movimientos y sucesos militares con sus mas nenudos incidentes, y solo dar tal cual fugaz y ligera noticia, ó guardar completo silencio acerca de la situacion interior del país, cuya historia cuentan, como si la vida interior de un pueblo no fuese la verdadera pauta de su bien ó malestar, y el barómetro más seguro para graduar el acierto y desacierto de los príncipes que le rigen y de los hombres que le gobiernan. Cúmplenos á nosotros en esta, como en muchas otras ocasiones, desempeñar, de la mejor manera que podamos, esta importante tarea, y llenar lo mejor que nos es posible este vacío que en todas, ó casi todas nuestras historias se advierte.

¿Cual era la situacion interior de España en los primeros años del reinado de Felipe, mientras las huestes españolas se batian en Nápoles y en Lombardía, amenazaban á Roma, y gauaban laureles en San Quintin y en Gravelines?—La nacion sufria los mayores ahogos, y arrastraba una vida trabajosa, miserable y pobre, gastando toda su savia en alimentar aquellas y las anteriores guerras, que continuamente habia sostenido el emperador, y no bastando todos los esfuerzos y sacrificios del reino á subvenir á las necesidades de fuera, ni à sacar al monarca y sus ejércitos de las escaseces y apuros que tan frecuentemente paralizaban sus operaciones.

Habl ndo de la vida de Cárlos V. en Yuste y de

que

las guerras de su hijo con el papa Paulo IV. y con Enrique II. de Francia, hemos hecho mérito, aunincidentalmente, de las apremiantes cartas que Felipe II. dirigia desde allá al emperador su padre y á la princesa gobernadora de Castilla su hermana, para que le proporcionasen dinero y recursos con que salir de su apurada situacion, así como de haber enviado á España al príncipe de Eboli, Ruy Gomez de Silva, con la espresa y esclusiva mision de activar las gestiones que se practicáran para levantar á toda costa la mayor suma de numerario posible. Mas como por efecto de los anteriores dispendios no alcanzáran ni con mucho, las rentas del Estado, á cubrir ni siquiera los gastos y atenciones ordinarias (1), hubo que apelar á recursos extraordinarios.

(1) Tenemos á la vista, sacada Presupuesto) de las rentas y gasdel Archivo de Simancas, una los del reino en el año 1557. Relacion (que hoy nombraríamos

Segun esta relacion, «monta el cargo de las rentas
del reino deste año de 1557, así encabezadas co-
mo arrendadas.». . .

Monta el situadɔ, é prometidos, é suspensiones.
De manera, que queda en el reino para librar.
De esto importaba ya lo librado hasta 18 de marzo
(el documento expresa todas las partidas al por-
menor).

Lo que se necesitaba todavía para los gastos ordi-
narios del resto del año (con expresion de cada
partida) era.

Gastos ordinarios desde 18 de marzo. 393.750,000
Resto de las rentas ordinarias para

cubrirlos.

220.392,000

Déficit para los gastos ordinarios... 173.358,000

349.800.000 mrs. 129.408,000 220.592,000

195.568,000

197.182,000

Concluye el documento diefen- do: Así mesmo, demás de lo su

Entre los arbitrios que discurrió y empleó el Consejo de Hacienda lo fueron los siguientes:-Qne se vendieran hasta mil hidalguías á personas de todas clases, sin escepcion ni defecto de linages ni otras máculas: sacando de pronto al mercado solamente ciento cincuenta á precio de cinco mil ducados cada una para que fuese mas prorto y seguro su despacho, reservando las demás para irlas enagenando sucesivamente, á fin de que la abundancia repentina no rebajára su valor, y debiendo venderse á un cuento cada una:--la venta de jurisdicciones perpétuas, de lo cual se proponia el Consejo sacar una buena suma: -la de los terrenos valdíos de los pueblos, dejando á estos los puramente necesarios:--e! acrecentamiento de oficios de regimientos, juradurías y escribanías en los pueblos principales, de que se piensa, decia el Consejo, sacar tambien buen golpe de dinero.»-lo que de la cuarta de las iglesias habia dejado de cobrarse en los dos años pasados:-pedir empréstitos forzosos á prelados y particulares, á pagar en juros ó vasallos; y tan forzosos, que tratándose del obispo de Córdoba á quien se pedian 200,000 ducados decia el rey dándole á entender, que no haciéndolo de su voluntad, será forzado aprovecharse de ello; si todavía

sodicho, han venido, é de cada «dia vienen cédulas é mandamien tos de S. A. para Ebrar acosta«mientos, é conttuos, é otras debdas, é por esto es bien que se provea en todo, porque en lo de

las rentas Reales no hay para ello, segand que de suso va declarado..

Archivo general de Simancas, Estado, leg. núm. 4.

•se escusase, se usase de rigor para tomárselo por la «mejor orden que se pudiera hacer:»-cbligar al arzobispo de Toledo á que diera la mayor cantidad posible: al arzobispo de Sevilla 150,000 ducados:-á los priores y consules de Sevilla y de Burgos 70,000: -al arzobispo de Zaragoza 60,000:-vender las villas de Estepa y Montemolin á los condes de Ureña y de la Puebla:-deshacer el contrato de los alumbres que se tenia con el papa, y venderlos á mercaderes al precio que pareciere mejor:-pedir á los pueblos las ganancias que tavieren de los encabezamientos de los diez años pasados, librándoselo en las nuevas consignaciones que se habrian de hacer:-suspender los pagos á los acreedores, para librarlo en dichas nuevas consignaciones con intereses crecidos:-beneficiar las minas de Guadalcanal (1).-Ya se habia prohibido, bajo pena de la vida y perdimiento de bienes á los legos, bajo la de secuestro de sus rentas y temporalidades Ꭹ estrañamiento de los reincs á los eclesiásticos, la estraccion de dinero à Roma, ni en metálico ni en cédulas, por cualquier motivo que fuese (2).

Lejos de desaprobar el rey estos y otros arbitrios, escribia desde allí instando y apremiando á que se hicieran efectivos sin ningun género de consideracion, y aun previniendo que á los que se escusasen se les

(1) Memorial del Consejo de Hacienda al rey, en 17 de marzo de 1557.-Archivo de Simancas, Estado, leg. 120.

(2) Real cédula de 12 de enero de 1557.-Archivo de Simancas, Estado, leg. 120.

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