INDICE DE LOS DECRETOS Y ORDENES QUE SE CONTIENEN EN ESTE TOMO. Contribucion de puertas y ventanas.—Instruccion para su cobro. Terrenos baldíos.-Se amplía el plazo concedido para la presentacion de sus títulos á los que los posean 3 10 Silabario y ortología. Se declaran elementales los escritos por D. Manuel Ruiz Dávila. 11 Habilitacion.--Se concede de la edad á D. Santos y á Doña Maria Martinez. 12 Monte pío militar.--Se anula el concedido á las familias de los que han muerto en rebelion contra el supremo gobierno. Telégrafo. Por diez años no causará la contribucion de establecimientos industriales 13 19 T. VIII.-4 Habilitacion.--Se concede de la edad á D. Manuel Parra PARTE 1 Vapores. Se concede permiso para establecer una línea de ellos entre 35 37 38 Servicio de armas.-Sean sentenciados á él los que se espresan tentes'. Autorizacion.-Se concede & D. José Salazar Ilarregui la de formar un Empleados encausados.—Sueldo que debe abonárseles 39 Papel sellado. -No debe usarse en las boletas de rescate y maquila de las minas Cónsules. Las concesiones de indulto que hicieren quedan sujetas á la Efectos estranjeros.-Se prohibe su traslacion de un puerto á otro de Esportacion de moneda.-Reglas que en ella deben observarse Leyes. Las que dicta el actual supremo gobierno no requieren sancion alguna. Facultades. Continúe con las ámplias que tiene el actual presidente de la República. Colegio militar.-Los alumnos que se separen voluntariamente devuelvan lo que han percibido. Noticia.—Se manda dar del estado que guardaba la fuerza del ejército en el tiempo que se espresa Indulto. Se concede á los conspiradores. Impuesto. La junta encargada de la recaudacion del real por tercio queda sujeta al ministerio de fomento Escuadron.-El de Jalisco quedará subsistente en el ejército Revision. Se amplía el plazo para la de viudedades y retiros Indulto. Aclaracion al concedido en decreto de 7 del corriente. Edad. Se habilita de ella á D. Joaquin G. Gutierrez 66 Privilegio esclusivo. Se concede á D. Alfredo Bablot d'Olbreuse, para establecer alumbrado de gas. 67 Privilegio esclusivo.-Se concede á los Sres. Zangronis y compañía, para establecer una línea de vapores. 69 Correos estraordinarios.-Se prohibe conduzcan la correspondencia oficial ó particular que no sea de interes momentáneo. 73 Fondos de la renta del tabaco. Se prohibe su ocupacion sin prévia autorizacion Vacuna. Providencia para su propagacion Costas en juicios verbales.A qué arancel se deben sujetar Prefectos. No gozan del fuero militar en el desempeño de sus oficios Recusaciones en las diputaciones de mineria.-Se sujeten á la ordenan- 73 74 75 75 76 Pesca. Se deroga el permiso concedido á los buques españoles para Trenes de artillería.-No se distraigan de su objeto Efectos nacionalizados.-No se admitan los procedentes de Guaymas en los puertos de San Blas, Mazatlán y Manzanillo. Distrito. Se forme uno en el Departamento de México demas que se espresan. Santuario de Guadalupe.-El crédito que le reconoce el erario ganará el cinco por ciento de interes. Cuerpo médico-militar.-Su reglamento Indulto.--Se amplía el concedido en 12 de Febrero último . . 129 . 130 Código de comercio.--Resolucion á una consulta que sobre algunos de sus artículos dirigió el tribunal mercantil. 189 189 Habilitacion. Se concede de la edad á D. Joaquin Sandoval y Her- quital. Batallon de ingenieros.--Plazas de que debe constar su plana mayor Tribunales y juzgados.--Obligaciones que se les imponen respecto del fondo judicial Peajes.--Se encarga la vigilancia de ellos á los gobernadores de los Departamentos. Instruccion pública.-Noticias que deben darse á la junta de ella sobre herencias transversales. Desagüe.-Reglas que para él deben observarse. Batallon. Se establece uno de milicia activa en el Departamento de Sobreseimiento.-El de la causa de D. José Maria Moreno. 191 192 192 193 193 194 194 Conductas.-Derechos que deben pagar los caudales que se pongan en Tabaco. Se preste auxilio á los conductores de él Vapores-Se concede permiso para establecer una línea de ellos entre los puertos que se espresan Obras.-Reglamento para la concesion de licencias de las que se hagan en esta capital Peajes. Se deroga la facultad que se habia concedido al administrador para nombrar y remover á los recaudadores Ganados. Se reproducen las disposiciones que prohiben su estraccion de la República Escribanos. No se permita que ejerzan sino á los que estén adscritos. 206 Indulto. Se concede al alférez de caballería permanente D. Evaristo Flores. Conductas.-Derechos que debe pagar el dinero que se ponga en ellas. 207 Presupuestos. Se previene se remitan con la mayor puntualidad. . 208 |