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CAPITULO II.

EPOCA ROMANA.

Debió España indudablemente á los romanos los primeros destellos de su cultura y civilizacion; porque estos conquistadores ilustrados por la Grecia al lanzarse sobre la península ibérica, celosos de la prepotencia de Cartago, al mismo tiempo que sujetaban á su dominacion por la fuerza de las armas á los moradores de sus ricas y vastísimas regiones, trataron de asimilarles, introduciendo insensiblemente su religion, sus leyes, sus costumbres, sus jueces y magistrados, llegando al fin, con el trascurso del tiempo, á formar un solo pueblo. Dos regiones, sin embargo por su fiereza y bravura se opusieron con denuedo á la dominacion de los romanos; los cántabros y los astures. Estos belicosos pueblos, no pudiendo consentir la pérdida de su libertad é independencia, se encastillaron en lo mas inaccesible y escarpado de sus gigantescos montes y ensayaron una sangrienta y heróica defensa contra los invasores, logrando repetidas veces, con su indomable arrojo, detener la victoriosa marcha de sus intrépidas legiones. Los generales Cayo Antistio, Publio Firmio, Tito Carisio y Marco Agripa, que vinieron á la guerra asturico-cantábrica, admiraron el valeroso esfuerzo de estos naturales, y solo despues de cinco años de una formidable lucha, en la que tomó parte el mismo Augusto en persona con las tropas mas aguerridas de la república, y ocupándose militarmente el pais, se consiguió someterle por fin. Los cántabros fueron acuchillados en las quebradas de las rocas en donde se habian guarecido, y los astures, perseguidos por

todas partes, se refugiaron en la ciudad de Lancia, (1) y aunque allí dieron pruebas de un desesperado valor fueron vencidos, y su altiva frente tuvo que humillarse para recibir el yugo

romano.

Siguiendo estos conquistadores el sistema político implantado en los diferentes paises sujetos á su dominacion, dividieron la España, para facilitar su administracion y gobierno, en dos grandes provincias con los nombres de España Ulterior y Citerior, sirviéndolas de límite ó línea divisoria el caudaloso rio Ebro. En esta primitiva division quedó comprendida la region de los astures en la España citerior, y formó digámoslo así, un solo grupo de poblacion hasta los tiempos de Augusto. Este gran capitan, conociendo el carácter guerrero de estos pueblos, y receloso de que pudieran intentar nuevas sublevaciones para sacudir el yugo romano, hizo bajar á la llanura á una gran parte de los habitantes de la montaña, y dividió todo su territorio en dos grandes regiones, dando el nombre de astures augustanos ó augustales á los que ocupaban el mediodia de la elevada cordillera de los montes Hervaseos, Pajares, estendiéndose desde allí hasta el Duero; y el de trasmontanos á los que habitaban del otro lado de aquellos montes en la parte mas áspera y escabrosa, que prolongándose hácia el septentrion iva á tocar en el Océano, y ambas regiones tuvieron por capital á la ciudad de Astorga.

El tiempo, la esperiencia y un conocimiento mas exacto de la situacion topográfica de España, hicieron ver á los romanos lo defectuosa que era la primitiva division en Ulterior y Citerior, asi fué, que en el año 727 de Roma y 27 antes de Jesucristo, siendo emperador Augusto, se formaron (1) Esta ciudad estuvo situada, que Dion Casio la denomina Máxima segun los antiguos geógrafos, en la Asturia urbs. Se dice que fué la priprovincia de Leon cerca de Sollanzo, mitiva capital de los astures. debió ser de grande importancia por

y

de la península ibérica tres provincias con los nombres de Tarraconense, Bética y Lusitania, quedando enclavadas las Asturias en la primera, que era la mayor y mas principal; y como el gran pensamiento político de los romanos era formar un solo pueblo, estas tres provincias por sus costumbres, por sus leyes y por su forma de gobierno, vinieron á ser en breve un fiel remedio de Roma, que ya en aquella época comenzaba á darse á conocer con el pomposo título de capital del orbe. Consta por los historiadores coetáneos, y por algunas lápidas sepulcrales que se han conservado hasta nuestros dias, que la administracion de justicia estuvo encomendada en un principio á ciertos magistrados que Roma enviaba á España con el nombre de Pretores, los cuales tomaban el de Propretores, cuando terminado el tiempo por el que habian sido ́nombrados, eran reelegidos para los mismos cargos. Uno de los primeros pretores que. vinieron á la España citerior fué Cayo Sempronio Tuditáno, y asi este como los demas que le sucedieron tuvieron el carácter de gobernadores ó presidentes de las provincias, y se daba el nombre de pretorio á la casa ó palacio en que tenian establecido el tribunal.

De las tres provincias en que Augusto dividió la España, dió al senado romano la Bética y reservó para sí el gobierno de la Tarraconense y Lusitania bajo el pretesto de ser las mas inquietas y belicosas. Para la administracion de estas dos grandes provincias envió dos Legados, uno del órden pretorio para la Lusitania con residencia fija en Mérida, y otro del órden consular para la Tarraconense. Este último tenia á sus órdenes tres Legados ó Procònsules con tres cuerpos de ejército distribuidos en esta forma: el primero, con dos terceras partes de la fuerza estableció sus reales á las márgenes del Duero para vigilar desde alli á los cántabros, astures y galaicos: el segundo Legado, con la tercera parte restante del ejército ocupaba el

estremo opuesto de la provincia y el tercero el centro, sirviéndole de morada la ciudad de Clunia. El Legado consular tenia su residencia ordinaria durante el invierno en Tarragona ó Cartagena y durante el estío recorria los pueblos de su distrito, teniendo asi este como el del pretorio un magistrado que les servia de asesor en los negocios de interés, y principalmente en todo lo relativo á la administracion de justicia. A estos asesores que eran como vicarios del legado, se les dió el nombre de Legados consulares y jurídicos y desde el tiempo de Augus to se les añadió el dictado de augustales. La existencia de estos magistrados en Asturias consta de inumerables documentos, y especialmente de cuatro inscripciones romanas, que se descubrieron en Italia y que publicaron en sus obras Justo Lipsio, Grutero y el P. M. Florez, en la forma que aqui las insertamos: L RANIO. OPTATO. V. C. COS

CVRATORI REIP MEDIOLANENSIVM

CURAT REIP NOLANORVM PRO. COS. PROVINCIAE
NARBONENSIVM LEGATO. AVG. ET IVRIDICO
ASTVRIAE. ET. GALAECIAE. CVRATORI. VIAE
SALARIAE. ET. CVRATORI. REIP. VRVINATIVM
MATAVRENSIVM. LEGATO. PROVINCIAE
ASIAE. PRAETORI. TRIBVNO. PLEBI.
QVAESTORI. PROVINCIAE. SICILIAE.

L. ALBINIO A. F. QVIR. SATVRNINO. COS.
PROCOS. PROV. ASIAELEG. AVG

PR. PROV. PONTI ET BITH. PROV. PROCOS
PROV. ACAIAE PRAEF AERARI SAT
LEG. AVG. ASTVRICAE ET GALLAEC
PR. VRB. AED. PLEB. SODAL. ANTONIAN
Q. VRB. P. C. CVRATORI COL.

DEC. DEC.

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