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ba por su distribucion al vecindario) que se les encomendára á ellos la guarda y defensa de la ciudad, y que se despidiera la tropa que habia, y ya se trataba de repartirles las armas, cuando llegó órden del rey. para que en lugar de armar los vecinos se custodiaran aquellas y pusieran á buen recaudo, segun tenia mandado.

El 15 de octubre anunció ya Felipe II. á los jurados de Zaragoza que habia resuelto enviar á la ciudad el ejército que al mando de don Alonso de Vargas se hallaba reunido con destino á la guerra de Francia, espresando que el objeto de esta medida era, «que que»de restaurado el respeto al Santo Oficio de la Inqui»sicion, y el uso y ejercicio de vuestros fueros sea li»bre (1).» A pesar de esta indicacion, y no obstante haber dicho Felipe II. aun mas esplícitamente en otra carta á los jurados de Zaragoza: «Mi intencion no es sino de guardaros vuestros fueros, y no consentir que nadie los quebrante,» la noticia de la aproximacion de las tropas reales llenó de inquietud y puso en alarma á los zaragozanos. Varios caballeros é hidalgos dirigieron un memorial á los diputados de Aragon, pidiéndoles que vieran de conservar ilesos los fueros y libertades del reino. El vecindario representó á la diputacion que sabiéndose se aproximaba don Alonso de

(1) Tom. IV de los Procesos. -En el tom. XII. de la Coleccion de Documentos inéditos, pág. 460,

se inserta este despacho como escrito al conde de Morata.

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Vargas con ejército, lo cual era contra las libertades y fueros aragoneses, viera de poner «incontinenti y sin dilacion» el oportuno remedio (26 de octubre). Y por separado pedian armas, y querian apoderarse de la Aljafería. El prior de la Seo, dignidad que seguia á la del arzobispo, hizo una exposicion á los diputados, en que citando el Fuero 2.° De generalibus privilegiis, manifestaba resueltamente su opinion de que la entrada del ejército era contra los fueros del reino y de mucho peligro para el mismo, concluyendo con decir que deseaba constára en todos tiempos que este era su voto (27 de octubre). Varios caballeros en otro memorial á los diputados, dijeron, que siendo ya notoriamente cierta la ida de Vargas con tropas, los diputados y el Justicia estaban ya en el caso de salir á la defensa de los fueros. Y no era esto solo, sino que los labradores y vecinos llegaron á apoderarse de las armas de la ciudad, no encontrando gran resistencia en los jurados, y pedian todas las del reino.

Tal veia el virey el espíritu público, que al dia siguiente (28 de octubre) despachó dos emisarios á Vargas pidiendo en su nombre, en el del reino y ciudad, suspendiera la entrada hasta recibir nueva órden de S. M., y aquella misma noche y al otro dia envió dos correos al rey suplicando mandára diferir la entrada del ejército, y en caso de que nó, le avisara para ponerse en cobro con sus consejos en la Aljafería, añadiendo que en su sentir convendría convocar córtes

para Calatayud, é irlas prorogando y entreteniendo hasta buscar remedio á las cosas del reino. A mayor abundamiento, la diputacion consultó con sus abogados ordinarios y estraordinarios si la entrada de las tropas reales era ó nó contra fuero, y los letrados dieron su dictámen (31 de octubre), opinando unánimemente, «que segun la disposicion del dicho fuero, pue>>den y deben los señores diputados con gran celeri»dad.... juntando con el señor Justicia de Aragon, >>convocar á expensas del reino las gentes que parece>> rán necesarias para resistir á las personas estrangeras » nombradas en la cédula, segun suplicacion dada en >> este proceso, y otras cualesquiera, que no entren en »el presente reino, y que pueden compelir, y si hu>> bieren entrado espelillos.... y que con esto deben » mandar á los procuradores del reino que requieran >>al señor Justicia de Aragon convoque las gentes del >> reino para resistir las dichas gentes estrangeras, y >>que vaya á resistir y expeler aquellas, notificándole >>al dicho señor Justicia todo lo que por el presente >proceso consta y paresce (1). »

Con esto la córte del Justicia y la diputacion declararon ser contra fuero la entrada de don Alonso de Vargas con ejército formado, y estar obligados á convocar todo el reino, y mano armada salir á resistirle.

(4) Dictámen de los abogados gon, etc. Coleccion de Documenque consultó la Diputacion de Ara- tos, tom. XII. pág. 480.

En su virtud ordenaron á todas las ciudades y villas, barones y caballeros, les acudiesen con sus hombres y artillería, mosquetes y arcabuces; hicieron llamamiento á la gente de la montaña; reclamaron la ayuda del reino de Valencia y principado de Cataluña, conforme á los pactos estipulados entre los tres reinos para casos tales, y nombraron un consejo de guerra, si bien los nombres de las personas irritaron al pueblo y á los verdaderos fueristas, que al ver entre los consejeros personas como el duque de Villahermosa y el conde de Aranda de quienes decian que habian vendido el reino, vociferaban que la nominacion se habia hecho para venderlos á ellos tambien, y protestaban contra ella. A pesar de esto las prevenciones y armamentos seguian: los señores acudian con sus vasallos armados: llevábase la artillería de Teruel Ꭹ de Pedrola; tratábase de sacar de su cauce un rio para empantanar los campos por donde habian de ir lastropas de Castilla: los albañiles se ofrecian á reparar las tapias de la ciudad á su costa: los pudientes ofrecian dineros: se nombraban capitanes: hízose á don Diego de Heredia general de la caballería; de la artillería á don Pedro de Bolea; de la gente de la montaña á don Martin de La Nuza y maestre de campo gcneral á don Luis de Bardají.

Por su parte Felipe II., que en lo general no pecaba de precipitado, en vez de mandar avanzar las tropas quiso enviar antes á Aragon á don Francisco

de Borja y Centellas, marqués de Lombay (5 de noviembre), con una larga instruccion de lo que habia de hacer para ver de tranquilizar el reino. Preveníale en ella cómo habia de tratar y lo que habia de decir á cada una de las universidades y á cada uno de los grandes sañores de vasallos para apartarlos de la causa de los revoltosos y atraerlos al servicio del rey; y en cuanto al objeto, siempre era al decir de Felipe II. el de restaurar el Santo Oficio de la Inquisicion y el libre ejercicio de los fueros del reino, cuyas dos cosas eran precisamente las que los aragoneses no comprendian que pudieran andar unidas, y menos en aquellas circunstancias. Lo mismo decia don Alonso de Vargas á la comision del virey y diputados de Zaragoza, cuando ya estaba con su ejército en Frescano: «Heles respondido (decia al rey) dando á entender que la intencion de V. M., segun la nueva órden que me ha dado, es conservar los fueros deste reino (9 de noviembre).»

Noticiosos los de Zaragoza de cómo iban avanzando las tropas de Castilla, obligaron ya al Justicia (1), á salir á resistirlas, como lo verificó, acompañado del diputado don Juan de Luna y del jurado Juan de Meteli, adelantándose á una corta jornada de la ciudad.

(1) Este Justicia no era ya el mismo que habia ejercido este cargo durante las primeras turbutencias. Aquél habia muerto, y su

cedidole su hijo primogénito, llamado tambien don Juan de La Nuza, como su padre.

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