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ligioso; hé aqui los dos principios, las dos bases de la nueva civilizacion. ¿Quién habia de pensar que aquellos rústicos habitantes del Tanais y del Danubio, que tan agrestes y fieros se presentaban, habian de ser sábios legisladores? Y sin embargo fuéronlo casi todos los monarcas godos de España desde Eurico hasta Egica. Eurico aspira á borrar con la gloria de legislador la mancha de asesino con que habia subido al trono. Alarico, desgraciado en la guerra, se hace inmortal con su Breviario. El grande y severo Leovigildo, Chindasvinto el cruel, Recesvinto el dulce, Wamba el glorioso, Ervigio el menguado, el pusilánime Egica, especie de obispo lego y coronado, todos ponen su piedra en el gran edificio de la legislacion. Aunque el estado decayera, la ley civil se perfeccionaba, y no pocas veces el derecho caminaba por la vía opuesta del poder. Asi se fué elaborando el famoso Código de los Visigodos, monumento perdurable de aquella nacion, y la mas preciosa página que en aquellos siglos adornó la historia del linage humano. ¿Qué hay que añadir á estas palabras del Fuero Juzgo: «Doncas facien«do derecho el rey, deve aver nomne de rey, et fa«ciendo torto, pierde nomne de rey. Onde los antiguos «dicen tal proverbio: Rey serás si fecieres derecho, et «si non fecieres derecho, non serás rey. Rex eris si «recte facis, si autem non facis non eris.» Si los textos legislativos son medallas de las vidas de los pueblos, el código godo debe revelarnos el triunfo pa

cienzudo y seguro de un pueblo desarmado contra otro armado que le subyuga por la fuerza. En tal conflicto nada mas natural que la apelacion á la ley. Lex, dicen los oprimidos á los opresores, lex est æmula divinitatis, antistes religionis, etc. Y si los opresores preguntan ¿quién puede vencer á los enemigos? los oprimidos responden: Quid triumphet de hostibus? Lex. Si vemos un dia en Aragon colocar al Justicia como un interventor del rey; si vemos en Castilla el poder de los Jueces superior al de los Condes; si vemos la palabra Fuero suscitar tantas insurrecciones y protestas en la vida de España, si vemos al Feudalismo echar menos raices en este suelo que en las demas regiones de Europa; acaso hallemos la semilla de todo esto en el código de los visigodos. El atravesó con gloria la edad media, y si la dominacion goda no hubiera hecho mas legado á la posteridad que el Fuero Juzgo, este solo bastaria para probar la herencia de las eda– des y la sábia ley de la progresiva perfectibilidad social.

¡Cuán bella teoría de gobierno es la monarquía electiva! «Que los hombres elijan al mas digno de entre ellos para que los dirija y gobierne.» El principio es seductor, y parece el mas natural y el mas justo. Mas si las pasiones de los hombres hacen ó no provechosa á las sociedades su aplicacion práctica, viene á enseñarlo escrito con letras de sangre esa galería trágica de reyes godos que por el puñal escalaron las Томо 1.

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gradas del trono y por el puñal las descendieron. Estremece recorrer el catálogo de los regicidios. Corta es la nómina de los que alcanzaron por término de su carrera una muerte natural y tranquila. Y no sabemos si incluir en este número á los que acababan tristemente sus dias bajo la bóveda de un claustro, forzados á vestir el tosco sayal del monje, precedido de la ignominiosa decalvacion. Fuente de personales ambiciones la forma electiva, reproducíanse á la muerte de cada monarca, que ellas mismas solian precipitar, los bandos, las alteraciones, la agitacion, los crímenes; y la conspiracion era la que no moria nunca. A la muerte de Atanagildo, cinco años trascurrieron antes que los nobles pudieran ponerse de acuerdo para la eleccion de sucesor. Tan inconciliables eran las aspiraciones.

Cierto que á este sistema fué debida la felicísima eleccion de Wamba, en que no sabemos que admirar mas, si la unanimidad con que los electores se fijaron en el hombre virtuoso, ó la abnegacion y la virtud del elegido. ¿Pero cuántos de estos ejemplos cuenta la corona gótica? El mismo Wamba viene á ser víctima del sistema de electividad, arma terrible, que curaba alguna vez, pero que las mas heria y mataba. Wamba se duerme rey y despierta monje. Un conde pérfido que ambicionaba el trono le propina un brevage soporífero, y aprovechando la insensibilidad del sueño le corta la larga cabellera, símbolo de la magestad, y el tonsurado tiene que cambiar el manto régio por el hábito

monacal, con arreglo á la ley. El concilio duodécimo de Toledo, despues de un discurso humilde de Ervigio, reconoce al usurpador alevoso, y pronuncia anatema contra todos los que no se sometan al nuevo monarca, y aun establece un cánon contra la misma superchería que á él le habia valido la corona, prohibiendo imponer el hábito de penitencia á persona alguna contra su voluntad. Otro tanto habia practicado el sétimo concilio de Toledo con Chindasvinto, que habia cortado el cabello al jóven Tulga, y arrancádole el cetro. Los reyes castigaban de muerte el solo pensamiento de cometer el crímen que ellos habian perpetrado, y los concilios excomulgaban á los conspiradores contra aquellos mismos que debian el trono á una conspiracion. ¡Estraña jurisprudencia civil y canónica Condenar y anatematizar los delitos futuros, sancionando los mismos delitos ya consumados!

La forma electiva de la monarquía hacia humillarse la corona gótica ante el poder teocrático, ante el ascendiente que tomaba el sacerdocio á la sombra del formidable derecho de eleccion, y de la mayoría que representaba siempre en los concilios, asambleas semireligiosas, semi-políticas, á que venian á subordinarse todos los poderes del estado. ¡Desgraciado el monarca que se enagenára el favor del clero, y afortunado el que contára con su influjo, siquiera le mendigára con humillacion! Sucederíale al primero lo que á Suintila cuando tentó á destruir el principio electivo; el se

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gundo podia estar seguro de su proclamacion, aunque fuese un usurpador como Sisenando. Si se quiere tener un ejemplo de lo que era la magestad del solio ante el poder de la teocracia, no hay sino representarse á Sisenando ante el cuarto concilio de Toledo, con la rodilla doblada en tierra, inclinada la frente y corriendo las lágrimas por sus ojos; y á los obispos, pagándose de la actitud suplicante del monarca, fulminar anatema contra todos los que atentáran á la vida ó á la corona del rey por ellos proclamado.

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Asi la vieja espada gótica iba á ocultarse bajo los capisayos episcopales, y el antiguo instinto guerrero de la raza indo-germánica desapareció bajo la influencia sacerdotal. De algunos monarcas pudo dudarse si eran reyes ú obispos coronados. La conversion de Recaredo hizo un bien inmenso á la religion, pero decidió sin intentarlo la lucha entre la mitra y la corona. Llevando á los concilios los negocios temporales, vino á ponerse el cetro bajo la tutela del cayado. No previó aquel monarca que ni todos sus sucesores habian de tener una autoridad tan legítima é incontestable como la suya, ni todos los prelados habian de ser tan circunspectos como los del tercer concilio de Toledo. Pudo entonces aconsejarlo asi la política, porque ciertamente la virtud y el saber se habian refugiado en aquellos tiempos á la iglesia, sin la cual no se hubiera acaso salvado la monarquía; y los Leandros é Isidoros de Sevilla, los Ildefonsos y Julianes de Toledo, y los

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