LIBRERO DE LOS MINISTERIOS DE ESTADO, GRACIA Y JUSTICIA, FOMENTO, ULTRAMAR, GUERRA, Y GUARDIA CIVIL. 1873 a ADVERTENCIA. CUMPLIENDO la oferta que hicimos en la nota que precede á la edicion actual de la Novísima Recopilacion, empezaremos á publicar en este tomo, y continuaremos en el siguiente, las leyes de la Nueva que no fuéron comprendidas en aquel Código. Ya allí dijimos el objeto que nos impulsaba á publicar este apéndice: por lo mismo nos limitarémos ahora á advertir á nuestros lectores, que en él va incluida la tabla de concordancia entre las leyes de la Nueva y la Novísima Recopilacion, que en las ediciones oficiales de esta última se ha colocado al principio, y que nosotros omitimos entonces por no duplicar un trabajo que necesariamente habia de estar comprendido en el apéndice. Este seguirá la misma forma que aquella tabla, insertando empero á la letra las leyes y autos acordados omitidos ó puestos por extracto en las notas oficiales, por cuyo medio tendrán los lectores una copia exacta de cuerpo de leyes publicado por el Sr. D. Felipe II, y de las resoluciones del Consejo que le sirvieron de complemento. 1. xi. |