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por la dicha copia se conteniere que continuaron y estovieron en el dicho nuestro servicio... Fecho á nueve dias de Agosto, año... de mill y quatrocientos y setenta y cinco años.-Yo el Rey.-Yo la Reyna.-Yo Gaspar Dariño, secretario del Rey y de la Reina... etc.>> La misma confianza y deseo de complacer al Duque demuestra la siguiente carta del Rey Don Fernando:

«El Rey: Honrado Duque, placer ove con la carta que screuistes. al Reuerendisimo Cardenal despaña mi primo y creed que lo que vos está prometido vos será enteramente complido, segund creo el dicho Cardenal vos ha scrito; y como quiera que vos esteys gastado del verano pasado, porque spero se faran algunas cosas mucho complideras á mi estado é servicio y á la honrra de lo que en ellas se fallaren, vos ruego mucho y mando que ahorrado vos vengais á Tordesillas, donde está el dicho Reuerendísimo Cardenal, en lo qual me fareis señalado placer y seruicio. De çamora á XI de deçiembre de LXXV años. Yo el Rey. Por mandado del Rey.=Gaspar Daryño» (1).

Y porque se conozca el buen concepto que entre los de su clase gozaba el Duque Don Beltran, transcribo aquí. el principio de un documento fechado en el mismo año 75, en el que se manifiesta haber sido elegido mediador para arreglar las ruidosas desavenencias habidas entre la Condesa de Montalvan y el Conde de Saldaña, habiendo llegado por su medio é intercesion ambos personajes á concordia.

«Nos don Pero Gonçales de Mendoça, cardenal de España é arçobispo de Seuilla, é yo don Diego Hurtado de Mendoça, marqués de Santillana, conde del Real, é yo don Pedro de Velasco, condestable de Castilla, conde de Haro: Por cuanto entre la señora condesa de Montaluan é el señor conde de Saldaña, é por su poder é en su nombre Ferrando de Velasco de la una parte é Gonçalo Ruys de Leon de la otra, fue fecha é asentada cierta concordia por medio é interçesion de vos el magnífico señor Duque de Alburquerque, conde de Huelma, sobre la villa de Sant Martin de Valdeyglesias con su fortalesa é juridicion, en el qual dicho concierto é asiento se contiene que la dicha fortalesa esté puesta en terceria en vuestro poder por cierto tiempo, para que durante aquella dicha señora Condesa

(1) (Sobrescrito) Por el Rey.-Al honrado Duque de Alburquerque. Conde de Ledesma, del su Consejo.

de Montalban aya de complir é cumpla con el dicho Gonçalo Ruys de Leon dos cuentos é ciento é cinquenta mill mrs. é cierto juro de heredad é otras cosas á los plasos é segund é en la forma y manera que se contiene en los capítulos que sobresto fueron firmados así por vos el dicho señor Duque como medianero é abenidor como por los dichos Ferrando de Velasco é Gonçalo Ruys de Leon... Fecha en... (en blanco)... dias de... (en blanco) año... de mill é quatrocientos é setenta é cinco años.-P. Cardinalis S. Mariæ (Hay un sello).—El Marqués é Conde. (Hay un sello).-El Condestable de Castilla. (Hay un sello).»

Agradecido el Rey Don Fernando á la conducta franca y leal del Duque de Alburquerque y á sus muchos servicios prestados en tan azarosas circunstancias, instó á su padre Don Juan II de Aragon para que renunciase en él todo el derecho que podia pertenecerle á las villas de Cuéllar y Roa, á sus fortalezas y vasallos. En su consecuencia, el Rey de Aragon despachó á Don Beltran la siguiente cédula, accediendo en un todo á lo solicitado por su hijo:

<<Don Johan, por la gracia de Dios, rey de Aragon etc. Por facer bien é merced á vos Don Beltran de la Cueva, duque de Alburquerque, conde de Huelma, acatando é considerando los muchos é buenos é leales servicios que con toda lealtad é fidelidad vos avedes fecho é facedes de cada dia al mi muy caro é muy amado fijo primogénito don Fernando, rey de Castilla, de Leon, é de Sicilia, de Portogal, príncipe de Aragon, é por otras muchas justas cabsas complideras á mi servicio que me mueven á lo faser, sobre las cuales quiero é me plase que esta mia aserçion faga fé é prueba complida é que no seades tenudo nin obligado á faser otra probança ni se pueda resçebir en contrario desta dicha mi asercion prueba alguna, fago merced, gracia é donacion perpetua é non revocable á vos el dicho Duque de Alburquerque, de todo el derecho é accion que yo he é tengo é me pertenesce pertenescer puede e debe en cualquier manera é por cualquier título é cabsa é raçon que sea ó ser pueda, á las villas de Cuellar é de Roa, é á sus fortaleças é vasallos... é lo do é cedo é trespaso é renuncio todo en vos el dicho duque de Alburquerque y en vuestros herederos é subcesores... E porque de lo susodicho seades cierto é seguro mandé facer aquesta mi carta firmada de mi nombre y sellada con mi sello enpendiente. Dada en la mi çibdad de Zaragoça á dies y ocho dias del mes de Enero en el año... de mill é qua

trocientos é setenta y seis; del reyno mio de Navarra cincuenta y uno y de los otros reynos mios anyo dies y nueve. (Sigue la firma y rúbrica del Rey). Dominus Rex man.t michi Philippo Clementi.» (Escrito en vitela).

Es, por último, buena prueba de las cordiales inteligencias que entre el Rey Católico y Don Beltran habia á mediados del año 1475, una cédula que aquél dirigió á los Concejos, cogedores y recabdadores de las villas y tierras del Duque de Alburquerque, para que guardasen y cumpliesen otra que el Rey Don Enrique le concedió recudiéndole «todos los maravedises é pan é vino é ganados é mercancías é otras cosas que rentaren» durante nueve años, que vencerian en fin de Diciembre de 1483, dada en Valladolid á 8 de Junio de 1475 y refrendada por Luis Gonzalez, secretario del Rey y de su Consejo.

CAPÍTULO X.

Vacila el Duque de Alburquerque en continuar al servicio de los reyes Don Fernando y Doña Isabel, viendo que no le cumplen lo estipulado.-Reconocen éstos su falta y se apresuran á cumplirle lo ofrecido.-Continúa resuelta y definitivamente Don Beltran al servicio de estos Monarcas.-Segundo matrimonio del Duque.-Merced del lugar de Portillejo que el rey Don Fernando hizo á su segunda mujer Doña Mencía Enriquez.-Le autoriza este Monarca para fundar el mayorazgo de Mombeltran.-Otras concesiones que le hacen.-Su tercer matrimonio con Doña Maria de Velasco.-Decae la importancia histórica de Don Beltran.-Acompaña al rey Don Fernando á varias expediciones contra los moros Su muerte.-Descripcion de su sepultura.-Hijos que dejó.-Mercedes que los Reyes Católicos les dispensaron.-Juicio crítico.

Habia seguido hasta aquí el Duque de Alburquerque resuelta y abiertamente el partido de los reyes Don Fernando y Doña Isabel, con la esperanza siempre de que éstos le cumpliesen las promesas que solemnemente le habian hecho en su cédula de 18 de Enero de 1475; pero como pasase más de un año y aquéllas no se realizasen, comenzó á sospechar de la buena fe de dichos Monarcas y á no mostrar por su servicio el interes que hasta entónces habia acreditado. Llamado por el rey Don Fernando en 11 de Diciembre del 75 para que le auxiliase con sus gentes contra el Rey de Portugal, no acudió ni asistió á la batalla de Toro, dada el 1.o de Marzo de 1476, por más que el Bachiller Palma asegure lo contrario en su obra titulada Divina retribucion (1).

(1) Publicada por primera vez á fines de 1879 por la Sociedad de bibliófilos españoles. En la pág. 35, enumerando este autor los nobles capitanes que acudieron al servicio del rey Don Fernando, que tenía puesto su real bajo de Tordesillas, dice: «E despues llegó otro dia el Marqués de Santillana é el duque de Alburquer

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