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ni bevir en unidad ni concordia, lo qual todo se escusaria siendo proveido por Vuestra Magestad el teniente general ó gobernador que obiere de ser en esta Isla, como agora lo es, y entrando en los cabildos de esta cibdad é de las otras villas donde se hallare; suplicamos á Vuestra Alteza lo mande ver en el su muy alto Consejo é mande proveer sobre ello lo que le pareciere que mas convenga á su servicio.

Otrosy: hazemos saber á Vuestra Magestad cómo en esta Isla â abido muchos indios alçados en algunas partes della despues que falleció el adelantado Diego Velazquez, que Dios perdone; é como quier que se an asegurado é castigado muchos dellos, despues que Gonçalo de Guzman gobierna en esta tierra, pero de ocho meses á esta parte an convalecido y hecho mucho daño, y ansi es que, estando el dicho Gonçalo de Guzman con propósito de entrar á pacificar lo suso dicho, se le ofreció cierta diferencia ó enojo con el cabildo desta cibdad de Santiago, y en razon de lo qual vino aquí un pesquisidor enbiado por los Oyderes del Abdiencia Real que por Vuestra Magestad reside en la cibdad de Santo Domingo de la Isla Española; é como quier que creíamos que los dichos Oydores lo probeherian conforme á justicia, el dicho pesquisidor cabsó mucha alteracion, por ser cosa tan nueva para esta Isla, é fué ansy mesmo cabsa quel dicho Gonçalo de Guzman cesase de yr á remediar é proveer el lebantamiento de los dichos indios, de do se siguió mucho daño, especialmente de tres ó quatro meses á esta parte, que an los dichos indios muerto muchos españoles, salteando los caminos é robándolos é quemando, las estancias é haciendas é ganados; é como quier quel dicho Gobernador fué á la villa de Sant Salvador, que es tresnta

leguas de esta cibdad, é remedió mucho del daño que se recrecia en los términos de aquella villa, é de allí ansi mesino proveyó de capitanes é gentes para otras partés, no bastó para el atajar é asegurar todo el daño que estaba enhilado en el propósito de los dichos indios alçados, por quél se bolvió luego desde la dicha villa á esta cibdad, diziendo que conbenia hallarse á la fundicion que al presente se abia de hazer para enbiar á Vuestra Alteza todo el oro que obiese é perteneciese á sus rentas reales é para otros negocios que tenia, entre los quales, bien creemos que fué cabsa de su buelta tan breve estar como estaba el dicho pesquisidor en esta cibdad continuando su pesquisa é hordenando de le hazer execucion por las costas de su salario é salarios que traya; suplicamos á Vuestra Alteza sea servido de mandar á los dichos sus Oydores que no enbien á esta Isla pesquisidor para semejantes casos, syno fuere apedimiento de los pueblos ó de algunos dellos.

Otrosy: hazemos saber á Vuestra Magestad como en esta Isla se supo cierta provision que Vuestra Alteza enbió á los Reverendos Padres Fray Pedro Mexia é Fray Reginaldo Montesino, por la qual diz que les mandaba que viniesen ó enbiasen á esta Isla á hazer cierta esperencia para proveer la capacidad de los indios naturales de ella, é para ver é esperimentar si tenian capacidad é manera de poder vivir en libertad en nuestra santa fée católica y en el basallaje que á Vuestra Magestad se debe; é como esto fuese debulgado é notorio por toda la tierra, especialmente entre los indios, fué mucha cabsa que se alteraron é començaron de alçar por algunas partes, poniendo en plática que no abian de servir á los españoles, porque Vuestra Alteza lo tenia asy mandado; é agora despues de

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aquello, se dize que Vuestra Magestad â proveydo é cometido lo suso dicho á su Presidente que enbia á residir en su Abdiencia Real; suplicamos á Vuestra Alteza mande suspender lo suso dicho, é no se entienda en ello durante la dicha alteraciou é lebantamiento de los indios que al presente tenemos, porque qualquiera novedad é bollicion que agora se hiziese en semejantes caso, seria muy evidente cabsa á que dentro de un mes no quedase ningun indio de paz que no se nos alçase, é seguirsenos y â mucho trabaxo é peligro; é ansy mesmo emos sabido como Vuestra Magestad diz que enbió á mandar á Gonçalo de Guzman que le enbiase doze muchachos indios de hasta diez ó doze años, que fuesen fijos de caçiques principales de esta Isla, lo qual, por la misma razon ya dicha, sería grande ynconbiniente, porque los indios, en lugar de conocer la grand merced que en esto Vuestra Alteza les háze, ternían por grave daño tomarles sus hijos por fuerça para los enbiar fuera de la Isla, é seria dar cabsa á que los tales caçiques, que agora están de paz, hiziesen qualquier desconcierto é mal muy grande; suplicamos á Vuestra Magestad sea servido de mandar que estoasy mesmo se suspenda, hasta que la tierra é indios, si á Dios pluguiere, esté en mejor dispusicion.

Otrosy: hazemos saber á Vuestra Magestad que esta Isla está muy (1) é castigada de muchas cosas que le an sucedido, como dicho es, y especialmente porque en la demora que pasó del año de quinientos é veynte é siete años, fueron las minas de tan poco oro, que no bastaron á pagar la costa que en ellas se hizo, é siendo tan poco el provecho, lo sentimos mas, porque en la fundicion que

(1) Blanco en la copia.

agora se hizo á todas las personas que fundieron oro, se les tomó por la mayor parte de lo que debian á Vuestra Magestad ó á su tesorero Pedro Nuñez de Guzman, que Dios perdone, el qual abia socorrido é prestado dyneros á muchas personas; suplicamos á, Vuestra Magestad sea servido de enbiar á mandar á su tesorero, que agora es 6 fuere, que preste á esta cibdad de Santiago é á las otras villas de la Isla mill pesos de oro, que se puedan repartir, para hazer guerra á los indios alçados donde mas necesidad obiere, y espere que se le haga la paga dellos en dos años, en el qual tienpo Vuestra Magestad ansy mesmo sea servido de dar licencia para que se eche sysa en los mantenimientos, como les paresciere á los Contadores que se deba hazer, con el acuerdo é parecer de su Gobernador é Oficiales que agora son ó fueren.

Otrosy: hazemos saber á Vuestra Magestad que esta Isla estaba con menos necesidad en el tiempo que se marcaba el oro de Yucatan por oro fino, é corria á quatrocientos é cinquenta maravedis cada uno, aunque no tuviese de ley mas de diez é siete quilates; é por quanto en algunas minas de esta Isla se coxe oro baxo, de diez é ocho é desinueve quilates, é dende arriba, suplicamos á Vuestra Alteza sea servido de dar licencia para que todo el oro que se cojere en esta Isla, teniendo desyocho quilates é dende arriba, se pueda marcar é corra é valga á quatrocientos é cinquenta maravedis cada peso de oro, é ansy mesmo suplicamos á Vuestra Magestad mande dar licencia para que á esta Isla se puedan traer doscientos (1) de moneda de reales é quartos..

(1) Parece que falta mrs.

Otrosy: hazemos saber á Vuestra Magestad como en la casa de la fundicion los Oficiales de Vuestra Magestad, á los tiempos que las fundiciones ó refundiciones se hazen, cobran é hazen cobrar muchas debdas suyas é de sus amigos, con diversas formas é maneras que para ello, tienen, no enkargante que Vuestra Magestad mandó por su -cédula que no se hiziese; suplicamos á Vuestra Alteza sea servido de mandar dar su sobrecarta mandando que no se haga, so graves penas, porque dello se â seguido muy grandes agravios é daños á los vasallos de Vuestra Magestad, especialmente á los que poco pueden.. Ada Otrosy: hazemos saber á Vuestra Magestad que á esta Isla é vezinos é moradores della se les sygue mucho daño de que los sus Oficiales, Tesorero é Contador é Fator, sean regidores perpétuos desta cibdad, porque siendo el cabeça é pueblo principal desta Isla, bienen siempre, á ella todos los despachos é provisiones é cédulas que Vuestra Magestad enbia, algunas de las quales son pedidas é suplicadas á Vuestra Magestad por personas par-ticulares con syniestra relacion, en perjuicio del bien é pro comund de sus vasallos, por cuya cabsa convernía suplicar de algunas dellas haziendo á Vuestra Magestad mas verdadera relacion, lo qual se desymula, por sér como son los dichos Oficiales é Regidores de Vuestra Magestad, por razon de los dichos, oficios desymulan, no queriendo suplicar de ninguna cosa, de las que Vuestra -Magestad provee; é ansy mesmo se ofrecen otras cosas de verdad, en que los dichos Oficiales é Regidores, están esuspensos é remisos, no haziendo enteramente lo que -conbiene á la hacienda de Vuestra Alteza, ni tanpoco lo que conviene al bien é pró comund de sus vasallos; suplicamos á Vuestra Magestad sea servido de mandar que ΤΟΜΟ XII.

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