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sente para el juramento que fizo, é firmólo de su nombre.

Juró este dia ante el señor licenciado Zeynos.-Juan de Berrio.

Testigo.-El dicho Antonio Velazquez, naguatato que hera de la Audiencia al tiempo quel Marqués vino, testigo tomado é rescebido para la dicha informacion, abiendo jurado en forma de derecho é siendo pregunta+ do por lo suso dicho, dixo que lo que sabe es que oyó decir á los indios de Chalco que abian llevado al dicho Marqués ciertas joyas de oro é una vara delgada, é que los que se lo dixeron fueron Don Tomás é Don Andrés, señores de Tenago, é uno como plato de oro, é públicamente oyó decir en esta cibdad, á personas que no tiene memoria, que viniendo del puerto desta cibdad, los indios que le salian á rescebir daban á la Marquesa algunas joyas, é algo desto oyó decir á Alderete, que venia á la sazon con el Marqués, é que á Istesuchil, señor que era de Tezcuco, ques ya difunto, estando retraydo en San Francisco, le oyó decir que hacia ciertas joyas para dar al dicho Marqués, pero que este testigo no sabe mas de abérselo oydo; é á Gregorio de Saldaña oyó decir que los indios desta cibdad, estando el Marqués en Cuyoacan, le abian dado un buho de oro; é questo sabe y es la verdad para el juramento que fizo, é firmólo de su nombre. Antonio Velazquez,

Testigo. El dicho Agostin Alderete, testigo tomado é rescebido para las dicha informacion, abiendo jurado en forma de derecho é seyendo preguntado por lo suso dicho, dixo que vido este testigo que, al tiempo quel Marqués del Valle vino de los Reynos de Castilla agora dos anos poco menos, que los indios desta Nueva España le

ivan á ver é le daban joyas de oro quando le ivan á ver, pero que no sabe en qué cantidad, ni de dónde heran los indios que se las daban, ni á quién estaban depositados, é quel que lo rescibia é tenia hera un paje del Marqués, que se llama Jaso; é questo sabe de lo contenido en la dicha cédula, é lo que vido acerca de lo que le es preguntado, é firmólo de su nombre; encargósele el secreto.-Agostin Alderete.

Juró en veinte é uno de Junio de mil é quinientos é treinta é dos años.

Testigo.-El dicho Don Francisco, natural de la provincia de Chalco, señor de Talmanalco, abiendo jurado en forma de derecho, porque dixo ser cristiano, é siendo preguntado por Pedro de Molina, intérpetre del Audiencia, que asi mismo juró de declarar fielmente lo quel dicho indio dixere, é siendo preguntado acerca de lo suso dicho, dixo que lo que sabe acerca de lo suso dicho es que, luego quel Marqués del Valle vino de España, le fueron á ver este testigo é Don Fernando, é le llevaron un rosario de oro, que tenia obra de una vara de medir de largo, é así mismo una como gorra de hoja, todo de oro, é se lo dieron al dicho Marqués en Talmanalco, una noche que durmió allí quando venia, un moscador de pluma verde y el pié tenia de oro, é questo le dieron, é que mas él diera, sino porque Delgadillo los tuvo encerrados en su casa, é los amenazó, qué por qué le abian dado aquello, diciendo que Nuño de Guzman hera su amo é no el dicho Marqués, porque antes que viniese el dicho Marqués los tenia el dicho Nuño de Guzman é se servia dellos; é questa es la verdad, é que no le dieron otra cosa.-Pedro de Molina.

Juró el dicho dia.

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Testigo.-El dicho Don Martin, gobernador de Talmanalco, juró en forma de derecho, porque dixo ser cristiano, é por lengua de Pedro de Molina, intérpetre suso dicho, siendo preguntado acerca de lo suso dicho, dixo que lo que pasa es que, luego como vino el Marqués del Valle, dieron al dicho Marqués Don Francisco é Don Fernando un rosario de oro de cuentas, que tenia obra de una vara, é una como gorra de hoja de oro, delgada, é un moscador, el pié dél que hera de oro é lo demas de pluma, lo qual le dieron, estando en Talmanalco quando venia de camino; é questa es la verdad, é que no le dieron otra cosa.-Pedro de Molina.

Fecho é sacado fué este dicho traslado, de la dicha informacion original, en la cibdad de México, á quatro dias del mes de Julio, año del nascimiento de Nuestro Salvador Jesucristo de mil é quinientos é treinta é dos años. E yo Alonso Diaz de Gibraleon, escribano de Sus Cesárea é Cathólicas Magestades, é su escribano é notario público en la su córte é en todos los sus reynos é señoríos, escrebí esta dicha informacion, é vá cierta é verdadera, é por ende fiz aquí este mio signo á tal, (signo) en testimonio de verdad.-Alonso Diaz de Gibraleon, escribano.

En la cubierta dice: Informacion del oro y joyas que los indios dieron al Marqués del Valle, quando vino de España.

CARTA DE HERNAN CORTÉS Á S. M. DÁNDOLE NOTICIA DE ESTAR EN TEHUANTEPEK, PREPARANDO UNOS NAVÍOS PARA IR Á NUEVOS DESCUBRIMIENTOS EN EL MAR DEL SUR.-(25 de Enero de 1533.) (1)

Sacra Cesárea Católica Magestad.-A Vuestra Magestad he escrito haciéndole saber cómo yo estoy en este pueblo de Tecoantepeque, costa de la mar del Sur, despachando ciertos navíos que en él he echo para engolfarse y descubrir por ella, y que plaziendo á Nuestro Señor, se harán á la vela con todo buen aderezo para el mes de Marzo primero; así mismo abrá Vuestra Magestad visto, por otras cartas mias, cómo por el mes de Mayo pasado despaché otros dos para que corriesen todo lo que más pudiesen la costa adelante para saver los puertos y rios della y descubriesen la tierra, todo en cumplimiento de lo que Vuestra Magestad me mandó en esto y yo capitulé; espero en Dios que de los unos y de los otros se â de seguir tanto bien, que la fée sea acrecentada y Vuestra Magestad muy servido y todos sus vasallos destas partes aprovechados, y con esperanza que desto tengo pongo en ello mucho cuidado y trabajo de mi persona y gasto de mi hacienda, para que vayan á punto de todo lo necesario; y mientras mas vigilancia pongo en que se haga así, tantos mas incombenientes me ponen los juezes destas partes, imitando á los pasados, que fueron causa de la perdícion de otros navíos

(1) Archivo de Indias. Patronato, Est. 1.o; Caj. 1.o

que para este efecto tenia en este puerto, pues para la obra de los que digo, que partieron é oficiales que los labrasen por mis dineros, fueron escasos de mandarme dar y impedirme el acarreto de bastimentos y botámen que tenia para el viaje, y aun sobre ello seguirme criminalmente por aber embiado cierto bastimento en tamemes, por parte que, sin ellos, era imposible llevarlo, é impedir su camino, como á Vuestra Magestad tengo escrito, de manera que ellos se hicieron á la vela, no tan bien proveidos como era necesario, sino como pudieron, segun la poca ayuda que acá se me dió; de donde subcedió lo que Vuestra Magestad mandará ver por una carta quel capitan dellos me embió, la qual embio aquí á Vuestra Magestad, por donde verá que, por falta de bastimentos, ubo de hacer bolver el un navío, y el mal subceso que dél y de la gente ubo, como se verá por otra carta que un vecino de Talisco me escribió; aunque del otro navío tengo buena esperanza, pues pasó adelante en él el capitan con mediano bastimento y gente necesaria para descobrir, de que aguardo nueva dél muy en breve, y dello haré relacion á Vuestra Magestad, á la qual suplico, que pues del despacho destos navíos tanto fruto se espera, envie á mandar que en lo necesario á ellos, así para hacerlos como para despacharlos, tenga especial poder, sin que me pueda ir á la mano nadie, pues para creer que será sin perjuicio de los naturales destas partes, basta saber lo que á mí me va que todos ellos sean bien tratados y relevados, y desta manera, viendo que lo que yo gastare se emplea en muy buena provision de los navíos, no terné en tanto el trabajo ni costa, y Vuestra Magestad será mas servido por la brevedad que en todo abrá.

J

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