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pañía de muchos españoles, y entre los quales siempre ay algund clérigo ó clérigos que comunican é aprovechan mucho á los indios, é asy mesmo ay, los mas tienpos de demora, en las minas juez visitador solamente para mirar por el buen tratamiento é alivio de los indios, é porque allí son mejor mantenidos é proveidos de (1) que en otra ninguna hazienda.

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Lo otro, porque en las minas de esta Isla no ay minas. hondas ni nacimientos, ni se labra el oro en rios ni charcos, donde suelen ser trabaxosos é aun peligrosos los xamuraderos, como lo an sido en las dichas islas de Sant Juan é de la Spañola, mas antes en la otra tierra son las minas de calidad, que por la mayor parte no se pueden la. brar sino en tienpós que lluebe, por la necesidad que ay de hazer presas é labade ros á mano del agua plubia.

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Lo otro, porque las dichas minas de esta Isla son, comunmente é por la mayor parte, son en tierra doblada de cerros pelados é quebradas corrientes, donde el oro se cria é halla por la haz de la tierra, a cuya cabsa los indios caban poco é sin mucho trabaxo, porque las minas no se suelen abondar comundmente mas de hasta la greda que y â, en lo que mas hondo, tres ó quatro palmos, é la mayor parte del dia ó días se ocupan en apartar la tierra é piedras é en linpiar y labar el oro, é muchas vezes, por ser las tales minas flacas é de poco oro, se van los indios derramados á su abentura cada uno, sin ningund español ni minero que los apremien en el trabaxo, é á cazar, que en un dia hallan muchos dellos cantidad de oro con que a cunplen é satisfacen para hartos dias, sabiéndolo repartir; de manera que paresce que trabaxan cada dia, é huelgan

(1) Blanco en la copia. 10

los mas dellos, é sy del tal trabaxo é tan moderado los dichos indios obiesen de ser mas sobrellevados de lo que son, mandándose que no cabasen, como dicho es, á la Isla é rentas de Vuestra Alteza se syguiría mucho daño, por› césar, como cesaria, el trabaxo y labor de las minas, é darse y â ocasion que los indios, syendo mas esentos é sobrellebados que debrian, no fuesen tan domables é se alçasen en mucha cantidad, por manera que nos fuese necesario conquistar de nuevo la Isla, especialmente estando agora como está, ó salirnos della; muy omilmente suplicamos á Vuestra Magestad sea servido de mandar que lo contenido en la dicha probision no se entienda con esta isla Fernandina.

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Otrosy: dezimos que asy mesmo se pregonó otrav provision de Vuestra Alteza, en cuyo efeto manda que no se puedan traer á esta Isla esclavos negros, sin que vengan en igual cantidad de henbras é varones, porque siendo casados, se puedan estar é servir en mas paz é sosiego, é tanbien se manda allí que los vezinos é otras personas que tubieren esclavos negros sean obligados á los casar dentro de quinze meses, so cierta pena; é como i quiera que Vuestra Magestad nos haze merced en lo proveer 6 mandar, al presente no ay en la dicha Isla esclavas negras para lo poder conplir en el término de los quinze meses; suplicamos á Vuestra Alteza nos mande prorrogar el dicho término otro tanto tiempo, en el qual é antes trabaxaremos de conplir el mandado de Vuestra ... Magestad en este caso, que es lo que conbiene para el bien é seguridad de la tierra.

Otrosy: hazemos saber á Vuestra Magestad que en esta Isla â abido mucha falta en las cosas espirituales, por aber pocos clérigos é no nengund letrado predicador, é los que

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ay no tienen todos la debida suficiencia que convernía, ansy para los españoles, como para la conversion é ynstruccion de los indios, lo qual â sydo y es por no aber estado hasta agora en ella ningund perlado. Annos certificado que Vuestra Magestad â proveydo dicho obispado desta Isla al muy reverendo Padre Fray Miguel Ramirez, el qual nos dizen que es persona muy dotada é de muy santa vida y en enxenplo; suplicamos á Vuestra Alteza le mande que venga con brevedad á su obispado, porque ay grande necesidad en toda la tierra de la reformacion que esperamos que hará.

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Otrosy: hazemos saber á Vuestra Magestad que esta Isla â recibido grandes daños é males en los tienpos que. fué gobernada por personas estranjeras, porque viniendo aquellos nuevamente á la tierra, é con voluntad de aprovecharse é de aprovechar á los que con ellos venian, hizieron muchas cosas en gran perjuicio é daño de los vezinos, y especialmente en lo tocante al repartir é proveer de indios; suplicamos á Vuestra Magestad sea servido en que la persona que se obiere de proveer de los cargos de gobernacion é del probeimiento de los in! dios que vacaren, sean sienpre vezinos desta isla, pues ay personas en quien quepan é sin necesidad, y que este. tal sea proveydo por Vuestra Magestad, é no por parte del Almirante de las Indias que agora es ó fuere, porque, de esta manera será muy mas aceto á los vasallos de Vuestra Alteza é serán siempre las personas que obieren de a tener los dichos cargos mas acatados é tenidos; é siendo Vuestra Alteza servido de nos bazer esta merced, suplicámosle que no sea ninguno de los tales gobernadores proveido de una vez por mas tienpo de tres años, en fin de los quales baga residencia, dexando el cargo, é que la

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tal residencia sea Vuestra Magestad servido de la mandar cometer á la persona que obiere de suceder en los dichos cargos, como lo mandó al tienpo que Gonçalo de Guzman fué por Vuestra Alteza proveydo.

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Otrosy: dezimos quel dicho Gonçalo de Guzman â governado esta Isla hasta agora en mucha paz é concordia, honrrando é tratando bien á los vasallos de Vuestra Magestad, segund la calidad de cada uno, é teniendo mucho cuydado é miramiento en lo que conviene al buen tratamiento é perpetuydad de los indios, y en lo que toca al servicio é rentas de Vuestra Magestad, é ansí mesmo administrando igualmente justicia é teniendo mas respeto á la concordia y paz de los vezinos, que al regir de la justicia en las cosas que â lugar; por las quales cabsas los vezinos é moradores desta Isla están contentos con él, é desean que baya á visitar toda la tierra personalmente, ansy para las cosas de justicia, como para proveer é remediar la necesidad que ay de pacificar la tierra é de hazer guerra á los indios alçados; por cuyas cabsas suplicamos á Vuestra Magestad sea servido en que, demas del tiempo que â tenido los dichos cargos de gobernacion el dicho Gonçalo de Guzman de proveer los indios que an bacado, los tenga é gobierne por el dicho tienpo de tres años, é que estos le comiencen á cordesde agora, ó como Vuestra Magestad fuere ser

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vido.

Otrosy: hazemos saber á Vuestra Magestad que esta Isla â padecido grandes agravios y males, porque â muchos años, que nunca fué visitada, por las personas que an tenido cargo de la gobernar, los quales, estando siempre, en esta cibdad por su descanso ó por ocupaciones que tenian, é se descargaban é an descargado, poniendo

sus tenientes en las mas villas de la Isla; é como quier que estos ayan estado en ódio de los pueblos, nunca an fecho residencia debida, como se â mandado por Vuestra Magestad; omilmente le suplicamos sea servido de mandar que cada uno de los tenientes generales, gobernadores, que fueren de aquí adelante, sean obligados á visitar personalmente toda la Isla una vez á lo menos en los dichos tres años, é que no pueda poner ni ponga ningund teniente suyo, syno fuere en la villa de San Cristóbal de la Habana, por estar, como está, muy lexos desta cibdad, donde seria muy dificultoso venir con las apelaciones ó otras cosas tocantes á los dichos cargos de gobernacion é indios.

Otrosy: hazemos saber à Vuestra Magestad que en esta Isla se an seguido muchas alteraciones é desasosiegos y enojos entre las personas que an tenido cargo de la › gobernar é los cabildos de los pueblos, y especialmente con el desta cibdad de Santiago, despues que falleció el adelantado Diego Velazquez, que Dios perdone, de cuyo tienpo acá está mandado por Vuestra Magestad é por los sus Oydores que los tenientes del Almirante no entren ni puedan entrar en cabildo con la justicia é regidores de esta cibdad é de los otros pueblos; é como quier que Vuestra Magestad lo mandaria por hazer bien é merced á sus basallos é por escusar algunos fines siniestros que tenian ó podrian tener alguno ó algunos tenientes del dicho Almirante; pero en esta Isla hemos visto por esperiencia cómo se syguen muchos males de no entrar la persona que gobierna en los cabildos, é cómo de allí nace una cierta manera de conpeteucia é bando, mediante la qual, ay sienpre cezaña é deversidad de voluntades é opiniones, con las quales cosas no podemos estar

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