Código de comercio de la República Argentina ...

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F. Lajouane, 1885 - 476 páginas

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Términos y frases comunes

Pasajes populares

Página 10 - ... dejar blancos ni huecos, pues todas sus partidas se han de suceder unas a otras, sin que entre ellas quede lugar para intercalaciones ni adiciones; 3) hacer interlineaciones, raspaduras, ni enmiendas, sino que todas las equivocaciones y omisiones que se cometan se han de salvar por medio de un nuevo asiento hecho en la fecha en que se advierta la omisión o el error; 4) tachar asiento alguno; 5) mutilar alguna parte del libro, arrancar alguna hoja o alterar la encuademación y foliación.
Página 26 - Si por efecto de las averías quedasen inutiles los géneros para su venta y consumo en los objetos propios de su uso, no estará obligado el consignatario á recibirlos, y podrá dejarlos por cuenta del porteador, exigiéndole su valor al precio corriente en aquel día.
Página 51 - Igual diligencia debe practicar el comisionista cuando el valor presunto de los efectos que se le han consignado no pueda cubrir los gastos que tenga que desembolsar por el trasporte y recibo de ellos , y el...
Página 129 - Puede protestarse la letra por falta de pago ántes de su vencimiento, si el pagador se constituye en quiebra; y desde que así suceda tiene el portador su derecho expedito contra los que sean responsables á las resultas de la letra.
Página 116 - El nombre y apellido de la persona de quien se recibe, ó en cuenta de quien se carga, sino fuere la misma á quien se traspasa la letra. 4?
Página 181 - No se admitirá á los capitanes la escepcion de que firmaron los conocimientos confidencialmente y bajo promesa de que se les entregaría la carga designada en ellos.
Página 127 - Los protestos se han de evacuar necesariamente antes de las tres de la tarde, y los escribanos retendrán en su poder las letras , sin entregar estas ni el testimonio del protesto al portador hasta puesto el sol del dia en que se hubiere hecho; y si el pagador se...
Página 222 - Si el buque ha sido abandonado por el capitán y los individuos de la tripulación y ocupado por los que desean salvarlo, será permitido al capitán ó los otros oficiales de servicio volver de nuevo al buque, y tomar la dirección.
Página 420 - El Senado y Cámara de diputados de la nacion Argentina, reunidos en Congreso, etc., decretan ó sancionan con fuerza de ley.
Página 96 - Cuando una persona hace asegurar una cosa por cuenta de un tercero, deberá hacerse constar en la póliza si el seguro tiene lugar en virtud de mandato ó sin conocimiento del asegurado. En este segundo caso, el contrato es nulo...

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