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rroco haría una exhortación correspondiente al objeto, y concluida la misa se procedería á recibir el juramento. No habiéndose presentado á este acto en San Luis el Intendente. Jefe político, y no constando al Ayuntamiento que hubiera cumplido con el deber de jurar, lo excitó para que lo hiciera diciéndole que si el motivo para que no hubiera llenado ese requisito legal era el que no había en la Provincia autoridad superior ante quien prestara el juramento, estaba dispuesto el Ayuntamiento á recibirselo, en lo cual, además de que no creía que se rebajara su dignidad oficial, estaba reciente el ejemplo dado por el mismo rey D. Fernando VII que juró la Constitución ante el Ayuntamiento de Madrid. El Intendente al principio se rehusó alegando que tenía hecho el juramento desde 1812, pero insistiendo la corporación municipal en su acuerdo, tuvo que ceder y se presentó en la sala capitular el 2 de Julio á verificar el acto, la que fué adornada pa

ra ello convenientemente.

Con fecha 15 de Junio dió orden el virrey que se dejara de cobrar la contribución de dos pesos por cada barra de plata de las que salían de esta ciudad para México. Esa orden fué publicada en San Luis el 6 de Junio.

El Ayuntamiento aprobó un acuerdo para dejar de pagar por los fondos públicos la renta de la casa que habitaba el Intendente Jefe político D. Manuel Jacinto de Acevedo. Este funcionario protestó contra tal determinación alegando que era de costumbre antigua que la ciudad le diera habitación al Intendente, y que también así se practicaba en otras Provincias del virreinato; que se dejara la resolución de este asunto al Sr. Virrey y que si no accedía á esto el Ayuntamiento, tendría después que pagar la corporación todo el recargo que hubiera de rentas, porque él estaba resuelto á no prescindir de su derecho sobre tal punto. El Ayuntamiento insistió en su acuerdo, y á petición del propietario de la finca D. Rafael Villalobos, mandó que el tesorero pagara á éste la cantidad de cuatrocientos sesenta y tres pesos que debía ya el Intendente, ordenándole al mismo empleado municipal que en lo sucesivo ya no cubriera del fondo el pago de las rentas

de dicha casa. Esta finca es la que ahora está marcada con el número 2 en la 1a calle del 5 de Mayo.

La Provincia de San Luis eligió para diputados á las Córtes españolas durante el bienio de 1820 y 1821 al coronel D. Martín Matías de Aguirre y al Dr. D. José María Vargas, proveyendo á los dos de los viáticos de ley y de las instrucciones necesarias para el desempeño de su cometido.

El mismo año (1820) fué otra vez invadida la ciudad de la epidemia de fiebres perniciosas semejantes á las que atacaron en 1814. Con este motivo se pusieron en práctica las disposiciones higiénicas que se dictaron la primera ocasión, y se prohibió terminantemente la inhumación de cadáveres en los templos; ordenando que sólo se sepultaran en el cementerio público de la ciudad, sin distinción de clases ni personas, y á este efecto se libró orden al cura y á los prelados de los con ventos haciéndolos responsables personal y pecuniariamente de cualquiera infracción que se cometiera.

Conforme al reglamento expedido para el gobierno económico-político de las Provincias se instaló en San Luis el día 17 de Noviembre la Diputación provincial, comunicándose tal acontecimiento por medio de circular á todas las autoridades superiores y á las de la misma Provincia.

CAPITULO Y.

LOS TUMULTOS DE 1767

PRIMERA PARTE.

SUMARIO.

Razones del autor para referir estos acontecimientos, aunque no pertenezcan al período de esta historia. -Causas de los primeros tumultos. -Ocurso de los operarios del mineral del Cerro de San Pedro.-Conducta inconveniente del Alcalde mayor Urbina.-Sas consecuencias.-Resolución de los operarios para exigir justicia.Tumulto del día 27 de Mayo.- Conmoción general de la ciudad. - El Alcalde mayor se oculta y entra en arreglos con los amotinados Se retiran éstos á la Soledad donde forman campamento.--Urbina participa al virrey lo ocurrido y consulta al Ayuntamiento lo que entre tanto deba hacerse. -No cumple sus ofrecimientos á los tumultuarios. Tumulto del 6 de Junio. -Convenios escritos.—Retíranse los amotinados á sus hogares.—Motivos de los segundos tumultos.--Edicto de Carlos III expulsando á los jesuitas.-Tumultos del 25 de Junio.-Los tumultuarios dan libertad á los presos de la cárcel y atacan la escolta que conduce á los jesuitas.—Son rechazados y se retiran á la Soledad, formando otra vez allí campamento.-Escrituras de paz y obediencia.-El Gral. Galvez llega con su división al Valle de San Francisco.— Conferencia de Galvez y Urbina.-Tumulto del 8 al 9 de Julio.-Atacan los amotinados á la guardia del Colegio, llega Galvez, los derrota y los pone en fuga.-Salida de los jesuitas al destierro. --A prehensiones y formación de cau

sas.

Antes de alejarnos de los tiempos de la dominación española, y aunque los sucesos que vamos á referir no pertenecen á la época de nuestros apuntes, creemos que nuestros lectores verán con interés su narración, porque ella pinta perfectamente el grado de civilización del Gobierno virreinal, y la manera cómo eran tratados los súbditos del monarca de Cas

tilla. Además, se mencionan tantas veces por las autoridades. de aquel tiempo los tumultos de 1767, y nosotros mismos los recordamos en algunos de nuestros capítulos, que es indispensable satisfacer el deseo que puedan abrigar nuestros lectores de conocer los detalles de aquellos hechos extraordina rios.

No son ignorados de la actual generación los acontecimientos á que hacemos referencia. La tradición ha venido sosteniendo su memoria y la perpetuará indefinidamente; pero esa tradición solo subsiste respecto á los tumultos que tuvieron lugar por la expulsión de los jesuitas, siendo que éstos fueron tal vez los menos justificados; y como hubo la coincidencia que el mismo año, y con diferencia de pocos días atrás. se verificaron los de los mineros del Cerro de San Pedro, ahora se confunden unos con otros y generalmente se cree que to dos tuvieron por causa el destierro de los religiosos de la Compañía de Jesús.

Esa disposición de Carlos III no habría producido los efec tos que se vieron en San Luis si no hubiera estado tan fresca la excitación popular. Nuestros lectores formarán el juicio que su buen criterio les aconseje, conociendo los verídicos y horripilantes detalles que aquí consignamos y que estamos seguros son casi desconocidos ó adulterados en la actualidad.

La calle en que principalmente se verificaron los tumultos. se llamaba 1a de la Caja (1). D. Ildefonso Diaz de León mandó ponerle de "Los Tumultos" cuyo nombre llevó por muchos años y así lo decía la placa azuleja fijada en las esquinas. Ahora tiene esa calle el nombre de 1a del Apartado. Creemos que fué mal hecho quitar el primitivo de los "Tumultos" porque debía respetarse el recuerdo histórico á que hace alusión. El Ayuntamiento deberia reponerlo, lo mismo que otros nombres igualmente históricos que han desaparecido de al

(1) Ya dijímos en otra nota que en aquel tiempo no había nomenclatura en las calles. Esos nonibres los daba la voz popular por algún templo, finca 6 persona notable que había ó vivía en ellas.

gunas calles para sustituirlos con otros de indiferente signi. ficación, ó de personas de discutible mérito.

Los hechos á que nos hemos contraído pasaron de la ma nera siguiente:

Los operarios de las minas del Cerro de San Pedro, vecinos del mismo mineral y del pueblo de San Nicolás, venían siendo extorsionados hacía mucho tiempo, y privados de los legítimos derechos que las leyes les concedían. Aisladamente hacían llegar sus quejas á los que ellos reconocían como sus superiores, y viendo que no obtenían justicia, y que ni siquiera eran escuchados, determinaron hacer una exposición de los actos que los perjudicaban al Alcalde mayor el Gral. D. Andrés de Urbina y Eguilúz, y al efecto formularon las siguientes peticiones que con su misma redacción y ortografía copiamos del ocurso original.

"Pedimos todos los de este Real juntamente con nuestro Becindario, y los mismos que estan contribullendo con aquellas cosas nesesarias que nuestro Real nesesita por hallarse fallo de ellas. 1o Y siendo la prinfipal rasa hazemos el recurso en nuestro pedimento, siendo lo primero que los Señores Diputados que se nombran de este Real, que se sirba Vsted. de que se dignen de mostrarnos el Real de cada vn marco de plata que se há estado quitando, y está hasta el presente quitandose para el fin del ador no de la Santa Iglecia, lo qual lo miramos muy estraño por quanto nise ádorna, ni sabemos enquien paran dichos reales.-2. Lo segundo és que mirando esto a lo contrario se sirvan dichos Señores Diputados demostrar los dichos reales para el citamiento, y mayor seguro de Nuestra Iglecia en que haziendonos juicio de la Cantidad, que peude haser lo pedimos para que se consiga el fin para lo que se ha dado pues vemos nuestro templo que esta al cair y muy desadornado ássi en coraterales como de ornamentos y lo demas nesesario del culto Di vino.-3° Lo tercero el que juntamente tambien pedimos los prebilexios, y facultades que este Real tiene dadas, y merecidas por nuestro Rey como son las sedulas, y papeles que Nuestro Rey le hizo merced, por hallarnos mui nesesitados de ellos y

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