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Perafan de Ribera, Gobernador de Costa-Rica, á S. M. el Rey Don Felipe II.-Relacion de la provincia de Costa-Rica.

NOMBRE DE JESÚS, 28 DE JULIO DE 1571 (1)

C. R. M.

Scripto tengo á V. M. por duplicado, por la vía del Nombre de Dios y de Honduras, por el año de sesenta y nueve y enviado la residencia que tomé á mi predecesor é informaciones del estado y necesidad desta tierra, la qual hallé alçada de naturales, y desde el dia que entré á governar hasta el dia de hoy no he tenido un dia de descanso, porque he estado ocupado en reducirla á vuestro real servicio; y despues que lo hube todo allanado, hize el repartimiento general de toda la tierra, encomendándola á los que la habian ganado y á los que la habian de sustentar, y de esta manera gratifiqué los servicios que en esta tierra habian hecho á V. M. Despues de haber pasado grandes trances con los soldados, que la desmamparaban y despoblaban, sin que yo fuese parte para lo poder sustentar ni resistir, con parecer y comunicacion de los cabildos, religiosos y oficiales de vuestra real hazienda y de guerra, porque no hallé otro medio que bastase para la paz y buena poblazon y sustentacion de estas partes; eligiendo siempre el menor daño, porque en esta tierra no tiene V. M. de presente aprovechamiento alguno, y tanto, que yo no he cobrado mi salario, antes gastado mi hazienda, y de todo esto en

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(1) ARCHIVO DE INDIAS.-Patronato.-Simancas. Nuevo Reyno de Granada. Descubrimientos.-Descripciones y poblaciones pertenecientes á este nuevo Reyno.-Años 1526 á 1591.—V. pág. 435 los Autos de fundacion de la ciudad del Nombre de Jesús.

constase dello, y ha negocios é informado

vié á V. M. informaciones para que biendo concluido desta manera los á V. M. particularmente de todo, me entré la tierra de guerra adentro, en cumplimiento de vuestras reales provi siones é instrucciones, á hacer esta nueva poblazon entre las mayores poblazones de naturales de que teniamos noticia, para que fuesen atraidos al conocimiento de Dios nuestro Señor, y puestos debaxo de vuestro yugo y domi. nio real, con gente de guerra para la defensa y acompañamiento de mi persona y de vuestro estandarte real y de los religiosos que traya para la predicacion del santo Evangelio é instruccion de los dichos naturales, con la nobleza é caballeros de la ciudad de Cartago, entre los quales venian los oficiales de vuestra real hazienda y otros capitanes y oficiales de guerra, empeñándome y adeudándome de nuevo, porque como lo tengo dicho, no tiene V. M. en esta tierra ningun dinero ni aprovechamiento alguno; por manera que yo la he reducido y sustentado y acrescentado y nuevamente poblado, á mi costa y minsion, como más lar gamente constará á V. M. por esas informaciones que envio hechas con los más principales de la tierra.

Corrí por la costa de la mar del Norte cient leguas, todo de montaña; tierra áspera y fragosa, aunque en muchas partes muy poblada; no hallé sitio cómodo para poblar; llegué hasta los extremos de esta governacion, hácia el ducado de Veragua, y á cabo de un año, despues de haber pasado grandes trabajos y corrido grandes riesgos, ansí de enfermedades y rios caudalosos é yndios y no menos de españoles y soldados que traía, porque cada día se me amotinaban; despues de haber usado con ellos de maña y rigor y de todos los remedios que podía, atravesé la cordillera, donde se ven ambos mares Sur y Norte; corrí por la costa de la mar del Sur, casi otras cien leguas hácia Natá, hasta los límites de mi governacion, en seguimiento de la noticia que llevaba del famoso valle del Guaymí y Duy, donde en vues. tro real servicio se han perdido muchas armadas, governa. dores y capitanes, con grandísima esperança que llevaba de dar yo fin y resolucion en lo que otros no habian podido con más posibilidad y menos hedad, y por no poder ya la gente sufrir los trabajos y desnudez y faltarnos los caballos

y. municion y aun el tercio del campo que traía, que se me habian muerto y perecido en manos de yndios de guerra, y rios y enfermedades, acordamos todos, de comun consentimiento, de estrellarnos en vuestro real servicio en la comarca y fuerza de las principales poblazones, que teniamos descubiertas, y ansí lo hicimos, que en esta costa de la mar del Sur, en la provincia de Coto, quarenta leguas de Cartago, metrópolis desta governacion, yo en vuestro nombre, y por virtud de vuestras reales provisiones, fundé y poblé una ciudad y la intitulé la ciudad del Nombre de Jesús, é hice los demás proveimientos que me parecieron convenir á vuestro real servicio, según y conforme V. M. mandará ver por esos autos de la fundacion de esta ciudad que ansí mismo envio con ésta.

Envié luego á D. Diego Lopez de Ribera, mi hijo, que traia por vuestro capitan general, á tierra de paz, que me truxese socorro de gente, ganados y municion para la sustentacion y perpetuidad de esta nueva poblazon, y á dar aviso por cartas de todo lo subcedido á vuestra real Audiencia. Halló que nuestra ausencia habia causado muchas novedades, porque al cabo de año y medio que andábamos en estos trabajos nos tenian por muertos, y la Audiencia proveido por mi fallecimiento por governador á un Hortun Velasco, y que habian acontecido otras muchas cosas al capitan Antonio Pereira, que dexé por mi teniente. Ahora últimamente envio al dicho mi hijo á la real Audiencia de los Confines á que personalmente dé cuenta de todo lo subcedido, y para que se pueble otra y que provean de algunas cosas que convernán proveerse á vuestro real ser. vicio, para la perpetuidad de esta nueva ciudad y de otra hácia el Desaguadero, en la provincia de Suerre, por donde entró vuestro governador Felipe Gutierrez (1), que habrán de

(1) El original dice Felipe, pero debe decir Diego Gutiérrez.

Su hermano y predecesor Felipe no desembarcó en el continente de Costa. Rica, sino en las costas de Veragua, entre el río de Veragua y el río de Belén, como resulta de la simple lectura de Oviedo y del conocimiento de la topografía de esta region.

H. H. Bancroft, que con tanta copia de documentos está escribiendo la historia de Centro-Ainérica, abunda en nuestra manera de leer y com

entrar por la ciudad de Granada, provincias de Nicaragua, por fragatas y bergantines; y el socorro de ganados y caballos por la ciudad de Cartago, desta governacion. Y ansí mismo á que provean de religiosos de la orden de Santo Domingo y San Francisco, que entiendan en la predicacion del santo Evangelio é instruccion y conversion destos naturales, é ansí mismo para que los pobladores se puedan perpetuar y sustentar hasta tanto que los yndios de sus encomiendas tributen y tengan de ellos algun aprovechamiento, que se les dé algun empréstido por seis años, y que, por la órden que se les fué pagando en cada un año, por la misma la vayan cobrando los oficiales de vuestra real hazienda, porque desta manera la tierra se poblará y permanecerá, y V. M. no perderá nada y habrá hecho este bien á la tierra, la qual restaurará qualesquier pérdidas que en ella oviere avido é V. M. comenzará á tener en ella alguna renta y aprovechamiento, ansí de los pueblos é yndios que están puestos en vuestra real corona, como de las minas que están descubiertas y ahora nuevamente hemos descubierto, que por no haber quien las entienda ni posibi lidad para labrarlas, no se siguen.

Escribo á la real Audiencia envie mineros é se compren de vuestra real caxa negros que lo sean, pues dello resulta el acrescentamiento de vuestra real hazienda. No sé lo que proveerán. Hasta agora la real Audiencia de Panamá, en cuyo distrito hemos estado metidos (1), no ha socorrido á estas provincias, aunque han estado en punto de se despoblar, no embargante que se lo envié á pedir, con informaciones del alçamiento de la tierra y necesidad della; y me puso en extremo de perderme, porque me vi en gran aprieto que, sin poderlo resistir ni remediar, se me iba toda la gente.

prender á Oviedo, que es, á falta de documentos originales, la fuente á que debemos recurrir para historiar la expedicion de Felipe Gutiérrez. Conste, sin embargo, que Oviedo se equivoca en el año de la partida de Gutiérrez de la Isla Española á Veragua, que fué en 1535 y no en 1536. -V. págs. 91, 92, 726 y 756.

(1) La Audiencia de los Confines ó de Guatemala fué trasladada á Panamá por real cédula de Zaragoza, 8 de setiembre de 1563 y restituída de nuevo á Guatemala por real cédula del Escorial, 28 de junio de 1568.V. págs. 130, 296, 416 y 451.

Visto que la real Audiencia no proveía nada, porque no hay cosa más odiosa que los governadores nombrados por V. M., que parece que se huelgan de que no den la quenta que deben ó que les subceda alguna desgracia y ansí les ayudan, quanto por experiencia se ve quan favorecidos son los que ellos proveen; cosa digna de ser remediada é reprehendida; y si la quinta parte de lo que han gastado en Panamá en negros cimarrones y capitanes la hubieran gastado en esta miserable tierra, estuviera el dia de hoy la más próspera y principal de las Yndias por las partes y calida. des que tiene. Todos la dexan caer como si no fuera cosa de V. M.

Yo no la puedo sustentar de hoy en adelante por mi vejez y enfermedad y pobreza. He hecho todo lo que he po dido y aun más de lo que he podido, porque ninguno viniera á la governar que, con muchos dineros, se pusiera en el punto que yo me he puesto; he perdido en ello á un hijo y á mi muger sirviendo á V. M. y tengo ocupados otros dos; y envio á suplicar que, dexando procurador con mi poder, que por mí dé residencia, con fianzas bastantes de que estaré á derecho con las personas que de mí oviere querellosas y á pagar lo juzgado y sentenciado, me den licencia para ir á descansar á mi casa é á me curar, y provean quien la govierne, é ansí mesmo lo suplico á V. M.

A mí se me debe todo mi salario, y demás desto, salgo muy empeñado y adeudado de esta nueva poblazon. Humillmente suplico á V. M. lo mande remediar, porque de otra manera me conviene yr al hospital ó á la cárcel; y salir de esta manera perdido lo tendré por muy ganado por haberme tan bien empleado en servicio de V. M., porque estoy cierto que, siendo V. M. tan magnánimo y alto príncipe, tendrá quenta con mis servicios y con los de mis hijos, para hacernos á todos alguna merced, como la hace á todos sus criados y servidores, pues nuestros servicios no merecen menos; y además de lo que padres é hijos habemos servido en esta governacion, yo particularmente he servido á V. M. quarenta y cinco años en estas partes. Sea V. M. servido de traerlos á consideracion. Si en esta tierra nueva V. M. oviera gastado ó emprestado á los pobladores la mínima parte de lo que se ha gastado en la Florida ó en

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