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(AÑO XXV DE SU PUBLICACIÓN)

VE LA LUZ LOS DIAS 15 Y 30 DE CADA MES

Un número suelto, 2 pesetas 50 céntimos en Madrid y 3 pesetas en provincias.

Un número atrasado, 4 pesetas en Europa y América.

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MADRID

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MADRID.Est. Tip. de Ricardo Fé, calle del Olmo, núm. 4.-Teléfono 1.114.

NUMERO 572

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230 de Enero. Library..

DE ESPAÑA

1-LEYES OBRERAS, SOCIALES Ó DEL TRABAJO, por

D. G. de Azcárate.

IL-EL ATENEO DE MADRID, por D. Antonio Maestre y
Alonso..

III.-ORGANIZACIÓN Y SUELDOS DEL PERSONAL DI-
PLOMÁTICO EN INGLATERRA, FRANCIA, RUSIA Y
ALEMANIA, por D. Francisco de Reinoso.

IV.-TORPEZA DE LOS COMUNEROS EN VILLALAR Y
FAMOSAS CARTAS DE JUAN PADILLA, por D. Juan
Ortega y Rubio.

V.-LA REACCIÓN PROTECCIONISTA, por D. Gabriel Rodriguez..

VL-CRÓNICA POLÍTICA..

VII.-CRÓNICA EXTERIOR, por D. A. S..

VIII.—BIBLIOGRAFÍA, por D. Clemente Domingo Mambrilla.

CRETARIA DE ESTADO

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SERVICIOS DE LA COMPAÑÍA TRASATLANTICA DE BARCELONA

LÍNEA DE LAS ANTILLAS, NEW-YORK Y VERACRUZ.-Con escalas en Puerto Rico y Progreso y combinación á puertos americanos del Atlántico y puertos N. y S. del Pacífico.

Tres salidas mensuales, con las escalas y extensiones siguientes:

El 10, de Cádiz, haciendo antes la escala de Barcelona el 5, y eventual la de Málaga, el 7.-El 20, de Santander, con escala en Coruña el 21, y haciendo antes la del Havre el 15.-El 30, de Cádiz, con escala en Las Palmas, haciendo antes la de Barcelona el 25 y eventual en Málaga el 27; con extensión á los litorales de Puerto Rico, Cuba y Estados Unidos.

Las salidas de la Habana para New-York, son los días 10, 20 y 50, y de New-York para la Habana los mismos días.

RETORNO-Salidas de la Habana: el 10, con escala en Puerto Rico el 15, para Cádiz y Barcelona y combinación para los demás puertos del Mediterráneo.

El 20, directo para Coruña, Santander y Havre, y combinación para los puertos españoles del Atlántico y para Liverpool, Hamburgo, Amberes, Nantes y Burdeos.-El 30, para Puerto Rico, Cádiz y Barcelona y combinación para los demás puertos del Mediterráneo.

El vapor Alfonso XIII saldrá de Santander el 20.

LÍNEA DE FILIPINAS.-Con escalas en Port-Said, Aden, Colombo y Singapoore; servicio á Ilo-Ilo y Cebú á combinaciones á Kuraches y Bushire (Golfo Pérsico), Zanzibar y Mozambique (costa Oriental de Africa), Bombay, Calcuta, Saigón, Sidney, Batavia, Hong-Kong, Shanghay, Hyogo y Yokohama. Salidas, cada cuatro semanas de Liverpool, con escalas en Coruña, Vigo, Lisboa (facultativa), Cádiz, Cartagena, Valencia y Barcelona, de donde saldrán cada cuatro viernes, á partir del 6 de Enero de 1893, y de Manila cada cuatro jueves, à partir del 26 de Enero de 1893.

LÍNEA DE FERNANDO POO.-Con escalas en Las Palmas, Puertos de la costa occidental de Africa y Golfo de Guinea.

Cuatro viajes al año, partiendo de Marsella y con escalas en Barcelona y Cádiz.

LÍNEA DE BUENOS AIRES.-Con escalas en Santa Cruz de Tenerife y Mon

tevideo.

Seis viajes anuales, partiendo de Marsella, con escalas en Barcelona, Málaga y Cádiz. SERVICIOS DE ÁFRICA.-LINEA DE MARRUECOS.-Un viaje mensual de Barcelona á Mogador, con escalas en Melilla, Málaga, Ceuta, Cádiz, Tánger, Larache, Rabat, Casablanca y Mazagán.

SERVICIO DE TANGER.-El vapor Joaquin del Piélago, sale de Cádiz para Tánger, Algeciras y Gibraltar, los lunes, miércoles y viernes, retornando á Cádiz los martes, jueves y sábados.

Estos vapores admiten carga con las condiciones más favorables, y pasajeros, á quienes la Compañía da alojamiento muy cómodo y trato muy esmerado, como ha acreditado en su dilatado servicio. Rebajas á familias. Precios convencionales por camarotes de lujo. Rebajas por pasajes de ida y vuelta. Hay pasajes para Manila á precios especiales para emigrantes de clase artesana ó jornalera con facultad de regresar gratis dentro de un año si no encuentran trabajo. La Empresa puede asegurar las mercancías en sus buques. AVISO IMPORTANTE.-La Compañía previene á los señores comerciantes, agricultores é industriales, que recibirá y encaminará á los destinos que los mismos designen las muestras y notas de precios que con este objeto se le entreguen.

Esta Compañía admite carga y expide pasajes para todos los puertos del mundo servidos por líneas regulares.

Para más informes en Madrid, Agencia de la Compañía, Puerta del Sol, 13.

LEYES OBRERAS, LEYES SOCIALES Ó LEYES

DEL TRABAJO

(Concluisón) (1).

El malogrado Cimbali, tomando como base la conocida clasificación justinianea en personas, cosas y acciones, y la cual le merece un juicio que no comparto, empieza por distinguir, en el derecho privado, el aspecto estático y el dinámico, considerando como elementos de aquél las personas y las cosas, el sujeto y el objeto, y constituyendo éste la relación jurídica, para examinar á seguida los vacíos, que, respecto de cada uno de esos tres términos, se observan en los Códigos civiles. Por lo que hace al primero, proclama la neçesidad de reconocer la cualidad de sujetos de derecho á las personas jurídicas, cuerpos morales, sociedades y asociaciones, porque se proponen objetos que motivan relaciones de derecho privado, y en tanto caen bajo el inmediato imperio de éste. En cuanto al segundo, el objeto, dice, que hay que tęner en cuenta toda la inmensa masa de bienes con que se ha enriquecido el inventario y el patrimonio de las sociedades modernas: formas nuevas de la propiedad inmueble, como montes, minas, corrientes de agua, telégrafos eléctricos, vias férreas, almacenes, fábricas; todo el extenso grupo de los instrumentos de trabajo, productos, géneros y mercancías, y aquellas cosas inmateriales que tienen un valor igual al de los otros bienes, porque prestan servicios y utilidad, como

(1) Véase el núm. 571 de esta REVISTA.

TOMO CXLIV

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los inventos y descubrimientos industriales, producciones artísticas y científicas, el crédito en los negocios, la clientela en las profesiones, las muestras, las marcas, etc. Finalmente, respecto del tercer elemento, afirma la necesidad de regular, elevándose del estudio de los hechos particulares á los principios y á las causas generales á que obedecen, las nuevas y múltiples formas de adquisición, pérdida y modificación de la propiedad, y las nuevas formas de contratos y de relaciones obligatorias que el empleo del trabajo y del capital y sus combinaciones originan, así como los nuevos medios de transporte y comunicación, el uso de la moneda fiduciaria y los títulos de crédito, como instrumentos del cambio (1).

D'Aguanno, en su obra: La génesis y la evolución del derecho civil (2), estudia separadamente las distintas esferas que éste comprende: el de la personalidad, el de familia, el de sucesiones, el de propiedad y el de obligaciones, y respecto de todas, examina su fundamento científico, su génesis, su evolución histórica, y por último, las aplicaciones prácticas del concepto científico de cada institución, en cuya sección expone las reformas que demandan las nuevas condiciones de la vida social. Otro escritor, Gianturco, dice terminantemente: «La cuestión social está casi toda en el Código civil» (3); frase que, según Cavagnari, refleja fielmente la opinión común de los escritores y estadistas italianos, aunque antes no se había expresado en una fórmula tan categórica (4).

¿Cuál es el contenido de esas leyes sociales? El trabajo de los niños y el de las mujeres, la limitación de la jornada, la responsabilidad del patrono por los daños que reciba el obrero, las condiciones de salubridad de los talleres, la labor por la noche, la reglamentación de las industrias insalubres, el

(1) Obra citada, §§ 239, 240

y 241.

(2) Traducida al castellano por el Sr. D. Pedro Dorado Montero, profesor de derecho en la Universidad de Salamanca.

(8) L'individualismo e il socialismo nel diritto contractuale.

(4) Nuovi orizonti del diritto civile in rapporto colle istitucioni pupillari, apéndice 4.o sobre Il Codice civile e la questione sociale.

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