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Lisboa y el gobierno que se presentaba halagadora como los brillantes colores del arco iris, tras turbulenta tempestad que amenazara conmover la robusta naturaleza.

El ministerio portuguès sale á conflicto por dia que van echando por tierra las ilusiones de los esperanzados en llegar á nn próximo arreglo.

A principios del corriente mes la Comision Ejecutiva del partido progresista escribió al Presidente del Consejo solicitando una audiencia del jefe de Estado á fin de protestar contra el decreto, en virtud del cual han sido aplazadas indefinidamenle las elecciones generales.

El Presidente del Consejo recibió en el mismo dia las órdenes del Rey y contestó á D. José Luciano de Castro, Presidente de dicha Comisión, que esta seria recibida al dia siguiente en Palacio.

La Comisión de los progresistas, compuesta de veintidos individuos, presididos por dicho Sr. Castro, se presentó en Palacio á la hora convenida y apenas entró en la Càmara Real leyó el Presidente la representacion que traia.

El documento, estendido con grandes energías, es muy notable; con gran sinceridad va exponiéndose en él el peligro que rodea al gobierno, la gravedad de la situación, y lo que es mas tremendo aun, el atropello constitucional que se acaba de cometer por el gabinete.

Hé aquí algunos de sus mas importantes párrafos.

«El gobierno-dice el mensaje de los progresistas-al proceder de tal modo ha suprimido uno de los poderes políticos del Estado y ha violado por consiguiente la independencia que debe existir entre tales poderes.»>

Ese atentado-añade-es tan peligroso para las instituciones, que el partido progresista ha resuelto, en uso de un derecho indeclinable, reclamar solemnemente ante el Rey contra un acto que no reconoce otro semejante en la larga y accidentada historia constitucional del Reino. Con la afrenta hecha à la representacion nacional, no se engrandece ningun poder, ni se fortifica elemento alguno de gobierno, porque el

principio de autoridad, no recibe de las personas, por eminentes que sean, la fuerza que solo de la ley se origina.

Como demócratas sinceros, vemos con justificada indignación ofender las libertades que tantos sacrificios costaran y que constituyen las condiciones fundamentales del pacto constitucional entre el rey y el pueblo.

Vuestra Majestad, al ser proclamado, juró solemnemente respetar y hacer respetar la Constitucion política de la nación portuguesa. Y la Constitución politica, señor, está de hecho en suspenso, y la nación se halla privada de sus legítimos representantes.

Por eso el partido progresista, sin perjuicio de exigir las responsabilidades oportunas á los ministros que han infringido la ley, requiere á V. M. para que en el ejercicio del poder moderador tenga á bien disponer que se convoquen Cortes generales que puedan reunirse dentro del plazo constitucional.

La visita de esta numerosa comisión ha producido en Lisboa, como no podía menos, impresión profunda; se considera el documento como el ultimatum de los progresistas, deseosos de hacer la última prueba antes de tomar nuevos rumbos, rumbos cuyas consecuencias no es difícil conjeturar que serían perniciosisímas para el veciño Reino.

Por lo demás, en el momento actual sigue exasperada la opinión de las clases medias y superiores con motivo de las medidas reaccionarias adoptadas por el Ministerio. Y no falta razón à las tales clases; el gabinete negro no deja pasar la correspondencia postal sin el oportuno registro y hasta los telegramas privados se ven mutilados por la censura.

La situación, pues, de Portugal puede calificarse de muy crítica.

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Inglaterra tiene tambien su hueso que roer, aunque en realidad no hay que preocuparse del trabajo, pues ha resuelto el problema con suma sencillez: abandonando el hueso.

Lástima que el hueso tenga tantos miles de bocas que pidan protección y auxilio, pues digámoslo de una vez, el hueso no es otro que el eterno pauperismo que cada día toma mayor incremento en la isla Británica.

En vano los estatutos atendiendo con lógica á las necesidades de la nación, abren las puertas de Inglaterra de par en par para los naturales que quieran abandonar su ingrato suelo y las cierran al propio tiempo para cuantos de fuera deseen vegetar en territorio inglés, pues en Londres solamente aun han quedado mas de cien mil hombres que carecen de hogar y de alimentos y se lanzan á la lucha contra 300 policias que les impiden entrar en un templo á defenderse de una temperatura de quince grados bajo cero.

Así está Londres, el emporio de la riqueza, en donde se reciben en los asilos de caballos obsequios opíparos que cuestan un dineral á los que se encierran en sus habitaciones confortables, sin apercibirse del griterio de la pobretería que inunda de miseria las calles.

Ocupándose de esta cuestión de interés palpitante, un periòdico refiere el caso que ocurrió no ha mucho en el Jardin Zoológico de Londres.

Como una baronesa tuviera noticia de que se había vendido un elefante macho à un norte americano, enternecida al pensar lo triste que quedaría el elefante hembra, remitiò á este paquidermo veinte docenas de ostras, y otra mujer compró varios metros de tul negro para cubrir con él á la desconsolada víuda.

El mismo periódico buscando los medios de remediar algo tal situación, se acuerda de la Reina Victoria, mas desiste de toda proposición.

<La Reina Victoria-dice-es sumamente econòmica y no solo lleva una vida modesta, sinó que con dificultad suelta un cuarto, á no ser que se trate de algun acto en que se toque la cuerda del patriotismo y no tenga otro remedio.

La familia Real británica siempre está haciendo alarde de su pobreza excesiva, y cada vez que se presenta ocasión,

tratan de probar fortuna y ablandar el corazón de los picaros miembros del Parlamento para que les concedan un pequeño aumento en la lista civil.

Desgraciadamente para ellos les ha salido un divieso en la persona de Mr. Labouchese, Director de Truth, enemigo acérrimo de esta clase de concesiones, y que es el que casi siempre las desbarata.

X.

BIBLIOGRAFÍA (

Organización judicial vigente, leyes de 1870 y 1882 anotadas y concordadas con todas las disposiciones complementarias, y precedidas de un estudio sobre reformas en la organización judicial, por D. Ramón Sánchez de Ocaña, Secretario de la Comisión de Codificación, y Auxiliar del Ministerio de Gracia y Justicia.— Madrid, 1894.-Un tomo.

El autor de este libro, tan ventajosamente conocido por otras obras jurídicas, ha llevado á cabo un trabajo de gran utilidad para los abogados é indivíduos de la carrera judicial y fiscal, en la obra cuyo título precede á estas líneas.

El estudio sintético, pero muy completo de las reformas proyectadas y de las llevadas á cabo desde 1870, en esta importante rama del derecho judicial, es lo que primero comprende el libro, é inmediatamente sigue el texto de la Ley provisional del 70 y de su adicional de 1882, indicando por notas ó comentarios al pié de cada artículo las disposiciones que le confirman, derogan ó modifican, así como también aquellas otras que por estar con aquel en relación ó concordancia, han de tenerse en cuenta para su inteligencia y aplicación. El señor Sánchez de Ocaña ha querido dar utilidad práctica á su obra, coleccionando en el apéndice primero todas esas disposiciones, á las que se refiere en sus notas, y que son complementarias ó aclaratorias de las leyes de organización judicial, y de este modo, sin necesidad de tener que acudir á otras colecciones, se encuentra recopilado todo lo que interesa conocer respecto á esta materia.

Incluye también en este libro la planta actual del Tribunal Supremo y de las Audiencias, y una lista alfabética de los juzgados subsistentes después de las supresiones y reformas de 1892 y 93, y estamos seguros que nuestros abogados y funcionarios de nuestra administración de justicia, han de encontrar un buen auxiliar en esta obra, en todo lo que respecta á la organización judicial en España.

El Traductor militar, prontuario de francés, por D. Atalo Castañs y Bonelli, Oficial primero de Administración Militar y Profesor de Idiomas del Centro del Ejército y la Armada.-Madrid, 1893.— Un tomo.

El Sr. Castañs, dedicado desde hace muchos años á la enseñanza de

(1) De toda obra que se nos remitan dos ejemplares, haremos un juicio crítico en esta Sección de la REVISTA.

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