Lá Voz de la religiónImprenta del Periódico., 1851 |
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Términos y frases comunes
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Pasajes populares
Página 129 - Además, la Iglesia tendrá el derecho de adquirir por cualquier título legítimo, y su propiedad en todo lo que posee ahora ó adquiriere en adelante, será solemnemente respetada. Por consiguiente, en cuanto á las antiguas y nuevas fundaciones eclesiásticas no podrá hacerse ninguna supresión ó unión sin la intervención de la autoridad de la Santa Sede, salvas las facultades que competen á los obispos según el Santo Concilio de Trente.
Página 122 - Las Catedrales de las Sillas episcopales que se agreguen á otras en virtud de las disposiciones del presente Concordato se conservarán como Colegiatas. Todas las demás colegiatas, cualquiera que sea su origen, antigüedad y fundación, quedarán reducidas, cuando las circunstancias locales no lo impidan, á iglesias parroquiales, con el número de Beneficiados que además del Párroco se contemplen necesarios, tanto para el servicio parroquial, como para el decoro del culto.
Página 124 - ... los Prelados, y los de patronato laical nombrando el patrono entre aquellos que acrediten haber sido aprobados en concurso abierto en la Diócesis respectiva, señalándose á los que no se hallen en este caso el término de cuatro meses para que hagan constar haber sido aprobados sus ejercicios hechos en la forma indicada ; salvo siempre el derecho del Ordinario de examinar al presentado por el patrono si lo estima conveniente.
Página 130 - España en conformidad á los convenios anteriormente celebrados entre ambas potestades. Y por tanto, los referidos convenios, y en especialidad el que se celebró entre el Sumo Pontífice Benedicto XIV y el Rey católico Fernando VI en el año 1753, se declaran confirmados, y seguirán en su pleno vigor en todo lo que no se altere ó modifique por el presente.
Página 127 - ... aumento que se pueda hacer en ellas cuando las circunstancias lo permitan. Sin embargo, cuando por razones especiales no alcance en algún caso particular alguna de las asignaciones expresadas en el art. 34, el Gobierno de SM proveerá lo conveniente al efecto: del mismo modo proveerá á los gastos de las reparaciones de los templos y demás edificios consagrados al culto.
Página 88 - Legado á latere y SM la Reina Católica al Excmo. Sr. D. Manuel Bertrán de Lis, Caballero Gran Cruz de la Real y distinguida orden española de Carlos III, de la de San Mauricio y San Lázaro de Cerdeña, y de la de Francisco I de...
Página 127 - Se devolverán desde luego y sin demora á las mismas, y en su representación á los Prelados diocesanos en cuyo territorio se hallen los conventos ó se hallaban antes de las últimas vicisitudes, los bienes de su pertenencia que están en poder del Gobierno y que no han sido enajenados.
Página 88 - La religión católica, apostólica, romana, que con exclusión de cualquier otro culto continúa siendo la única de la Nación española, se conservará siempre en los dominios de SM Católica, con todos los derechos y prerrogativas de que debe gozar, según la ley de Dios y lo dispuesto por los sagrados cánones.
Página 121 - Santidad y de las canonjías de oficio, que se proveerán como de ordinario. En todo caso los nombrados para los expresados beneficios deberán recibir la institución y colación canónicas de sus respectivos Ordinarios. Art.
Página 125 - También se conservarán las casas de religiosas que á la vida contemplativa reúnan la educación y enseñanza de niñas ú otras obras de caridad. Respecto á las. demás Ordenes, los Prelados ordinarios, atendidas todas las circunstancias de sus respectivas diócesis, propondrán las casas de religiosas en que convenga la admisión y profesión de novicias, y los ejercicios de enseñanza ó de caridad que sea conveniente establecer en ellas. No se procederá á la profesión de ninguna religiosa...