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cítese al promotor fiscal del juzgado: intervéngase el caudal del finado conforme se pide en el tercer otrosí, á cuyo fin se recogerán las llaves de la casa, cofres y demas efectos que las tuvieren, poniendo todos los bienes en completa seguridad, y hecho se proveerá. Así lo mandó y firmó el señor D. J. de tal, juez de primera instancia de... etc., en ella á tantos de... de que yo el escribano doy fé.

Se hacen las citaciones, notificaciones, se libran los despachos y exhortos, se ponen los edictos segun se dijo en el juicio civil ordinario, y las diligencias de tutor ó curador se dirán cuando de ellas se trate.

Diligencia de intervencion. En la villa de... á tantos de... el Sr. D. F. T., juez de primera instancia de ella y su partido, acompañado de mí el infrascrito escribano, y de N. el alguacil del juzgado, se constituyó en la casa en que moró D. Antonio Sanchez, y hallando en ella á la viuda de este, Doña Lucia Rodriguez, la requirió en forma para que manifestara las llaves y efectos que en la misma habia, las cuales entregó, y S. S. mandó poner en una habitacion que cerró y recogió su llave. Lo firmó S. S. con la viuda y alguacil, de que yo el escribano doy fé.

AUTO. Convoquese á junta á los interesados en esta testamentaría á fin de acordar lo conveniente acerca de la administracion, custodia y conservacion del caudal, señalando para ella el dia tantos, y hora de tal, en la sala de esta audiencia. Así lo mandó y firmó el señor juez que en este negocio entiende, en la villa de... á tantos de... de que yo el escribano doy fé.

Acta de la junta. En la villa de... á tantos de... dia señalado para la junta de herederos é interesados en la testamentaria de Antonio Sanchez para acordar lo conveniente acerca de la administracion, conservacion y custodia del caudal que este dejó á su muerte, comparecieron ante el señor juez de primera instancia (los que fueren y el promotor fiscal si hubiere ausentes), y expuesto por el señor juez el objeto de esta junta convinieron los interesados en que

el administrador del caudal lo fuera F. de tal, y que este habia de hacer. (Se expresará lo que se acordare.) Con lo cual se dió por concluido este acto que con el juez firmaron los concurrentes que supieron, de que doy fé.

Si por estar discordes no se hubiere determinado nada, se expresará así en el acta, y á continuacion de esta se pondrá el siguiente

AUTO. En atencion á que los interesados en esta testamentaría no han convenido en el nombramiento de administrador del caudal del finado, ni en el modo de ocurrir á su custodia y conservacion, depositese en la caja de depósitos (ó en el establecimiento público destinado al efecto) la cantidad de tantos reales pertenecientes á la testamentaría, y las alhajas, muebles, semovientes y frutos recolectados en poder de D. R., de esta vecindad, bajo la oportuna fianza. Se nombra por administrador del caudal á Doña Lucia Rodriguez, viuda del Sanchez (en defecto de esta se nombrará al interesado que tuviere mayor parte en la herencia, si á juicio del juez reune la capacidad necesaria), quien prestará fianza, si los interesados no le dispensan de hacerlo, lo cual podrán manifestar en el acto de la notificacion, cuya fianza será proporcionada al interés que en el caudał tengan los que no otorgaren su relevacion, y hecho dése cuenta. Así lo proveyó, mandó y firmó, etc.

Hecho cuanto se expresa en la precedente providencia, llevará el escribano los autos al juez, quien dictará el siguiente

AUTO. Procédase al inventario judicial de los bienes que á su muerte dejó Antonio Sanchez, y se hallan intervenidos, á cuyo fin se dá comision al infrascrito escribano, citando al efecto á los interesados (estos son los herederos y el cónyuge sobreviviente si le hubiere, ó su representacion legítima, y los legatarios de parte alicuota, que son los que segun la ley pueden pedir el juicio voluntario de testamentaria y tambien al depositario de los bienes para

que los ponga de manifiesto). Así lo proveyó, mandó y firmó el Sr. D., etc.-Doy fé.

Citaciones á los interesados y depositario de los bienes.

Pueden los interesados acordar que se practiquen simultánea. mente el inventario y el avalúo, y aunque no lo pida mas que uno de ellos si el juez lo estima conveniente atendidas las circunstan cias del caudal.

Pedimento que presenta un heredero con el objeto que se acaba de expresar.

D. Pedro Fernadez, en nombre de F. de tal, vecino de tal, en el juicio voluntario de testamentaría de Antonio Sanchez, su convecino, digo: Que por V. S. se ha mandado en auto de tantos, que se proceda al inventario de los bienes que á su muerte dejó el expresado Antonio, á cuyo fin se sirvió V. S. dar comision al actuario. Antes de empezar esta operacion convendria acordar tambien que á la vez se hiciera la del avalúo de los mismos, ya porque no son muchos, ya porque todos se hallan en este pueblo, ya finalmente por ahorrar tiempo y gastos que sin detrimento de la justicia pueden evitarse. Por todo lo que,

A V. S. suplico que teniendo presentes las razones expuestas se sirva mandar que las operaciones de inventario y avalúo se practiquen simultáneamente, pues asi conviene á todos los interesados, y es de justicia que pido, juro lo nece-. sario, etc.-Fecha y firmas.

AUTO. Como se pide: hágase saber á los interesados que en el dia... y hora... se reunan en la sala de esta audiencia para acordar el nombramiento de peritos para el avalúo de los bienes, y si en la junta no convinieren, se proveerá. Así lo mandó el señor juez, etc.

Se celebrará la junta de la manera que se dirá cuando el avalúo se haga por separado, y las diligencias de inventario se harán por el órden que luego diremos, y al frente ó á la márgen opuesta se pondrá el valor de cada efecto.

PRIMER PERÍODO.

Del inventario judicial sin avalúo .

En la villa de tal... á tantos de... el juez, etc., asistido de mí el escribano (ó si este tuviera comision segun se ha dicho, dira:) yo el escribano, á presencia de D. N. (los que concurrieren de los citados al efecto), herederos, cónyuges ó legatarios de D. Antonio Sanchez, y del depositario de los bienes que fueron de este, en cumplimiento de la comision que se me ha conferido por el juez de primera instancia que conoce de esta testamentaría, procedí al inventario de los bienes, objeto de la misma, en la forma siguiente:

Núms.

1

2.

3.

Metálico.

Primeramente 32,000 rs. que se hallaron en un armario de la casa del difunto, y que cuando se intervino el caudal se depositaron en la caja de depósitos del Gobierno, segun consta por el documento que dió este establecimiento y está unido á los autos.

Alhajas.

Un reloj de oro cilindro por (el autor) número (el que sea).

Una cadena de oro del peso de veinte adarmes, etc.

Efectos públicos.

4. 60,000 rs. del 3 por 100.

5. 100,000 en acciones de carreteras.

6. 200,000 rs. en títulos de la deuda diferida.

Semovientes.

7. Un caballo de tanta edad, alzada, etc.

Frutos.

8.

9.

Ciento cincuenta fanegas de trigo de tal clase.
Ochenta arrobas de aceite.

Muebles.

10.

11.

12.

13.

14.

Una cama de acero de tanta longitud y latitud con remates dorados, etc.

Unas colgaduras de damasco, etc.

Raices.

Un parador titulado... con habitaciones altas y bajas, cuadras, pajares y corral, que comprende tantos pies, situado en las afueras de esta villa al camino de... con quien linda por el aire, etc. (Se espresarán los linderos.)

Un olivar llamado tal, con tantos pies, tantas estacas, sito en esta jurisdiccion, al pago de... linda, etc.

Derechos y acciones.

El derecho de servidumbre de pasar por la heredad de D. F. de tal.

Y no habiendo otros efectos que inventariar, se dió por concluida esta operacion; volvió á recoger el depositario aquellos, y lo firmó conmigo y demas concurrentes, los cuales manifestaron estar conformes con este inventario. (Siguen las firmas.)

Inventario especial de escrituras, documentos y papeles importantes.

En la misma villa y dia (ó cuando fuere), conasistencia de

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