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mente con fray Francisco de Riberos, questá en corte de Su Majestad y con poder deste Cabildo, el uno y el otro hagan lo que convenga, y que se escriba á Su Majestad en razón del estado deste reino, de lo cual el padre Luis de Valdivia dicen ha tratado del estado de la guerra, y acerca de la muda de la Real Audiencia desta ciudad, y de todo se le invíe al dicho don Diego instrución y orden de lo que ha de hacer; y esto quedó acordado y resuelto, eceto el general don Pedro Lisperguer, regidor, que contradijo la enviada para el dicho efeto al dicho don Diego Bravo.-Alonso de Córdoba.-Don Joán de Quiroga y Losada.-Diego de Ulloa.-Antonio de Azoca.-Alonso del Campo Lantadilla.-Ginés de Toro Mazote.-Don Francisco Rodríguez de Ovalle.-Don Pedro Lisperguer.—Antolín Sáez de Galiano.Pedro de León.-Ante mí.-Juan Rosa de Narváez, escribano de cabildo.

CABILDO DE 9 DE OCTUBRE DE 1610.

En la muy noble y leal ciudad de Santiago de Chille, en viernes, nueve días del mes de otubre del año de mill y seiscientos y diez, ante mí el escribano yuso escrito, se juntaron á cabildo la Justicia é Regimiento desta ciudad, como lo tienen de costumbre; y estando en su cabildo juntos se trató lo siguiente.

No hubo en este cabildo qué tratar, mas de algunas peticiones que se presentaron, cuyos decretos van en ellas; de que doy fe.-Juan Rosa de Narváez, escribano de cabildo.

CABILDO DE 15 DE OCTUBRE DE 1610.

En la muy noble y leal ciudad de Santiago del reino de Chille, en viernes, quince días del mes de otubre del año de mill y seiscientos y diez, se juntaron á cabildo la Justicia é Regimiento desta ciudad, para tratar de las cosas convinientes á esta ciudad y república; y estando juntos en su cabildo se trató lo siguiente.

SOBRE LA PUENTE.-En este cabildo se mandó al contador Antonio de Azoca y á Melchior Hernández de la Serna, regidor, vean la derrama de la puente de Maipo, y entre los que no han pagado se paguen de los más á propósito doscientos patacones luego para que se le den á buena cuenta al capitán Pedro de Miranda, para la obra

della, que ha pedido agora; y se comete la cobranza y ejecución desto al dicho Melchor Hernández de la Serna.

APERCEBIMIENTO AL CAPITÁN PEDRO DE MIRANDA. Y que en la libranza que se le diere al dicho capitán Pedro de Miranda se le aperciba que no se le ha de dar más dinero hasta tanto que haya acabado la dicha puente, é que si la dilatare se estarán á su costa un oficial y regidor de este Cabildo, para que se haga á costa de el dicho capitán Pedro de Miranda, con días y salario.

QUE SE PAGUEN LAS COSTAS EN FRUTOS.-En este cabildo el capitán Andrés de Fuenzalida Guzmán propuso que, como es notorio, en esta ciudad hay poco oro y plata y que todo lo más es fruto de la tierra y porque los vecinos y moradores que tienen pleitos, á fin de no tener de presente plata ni oro con qué pagar las diligencias de jueces, letrados, escribanos y letrados y procuradores y alguaciles, no siguen su justicia y perece, atento à lo cual pidió licencia á este Cabildo para en nombre desta ciudad pedir y suplicar en la Real Audiencia della se mande que los dichos derechos los puedan pagar los tales vecinos y moradores en frutos de la tierra y de su cosecha á los precios que valen, y que los tales los reciban, y en esto pueda hacer las diligencias que convengan; y visto por Su Señoría del Cabildo, se le cometió en la dicha razón haga el dicho pedimento y pida lo que ha propuesto.

FIEL EJECUTOR.-En este cabildo se nombró por fiel ejecutor por lo que queda deste año á Melchior Hernández de la Serna, regidor, el cual lo acetó y juró á Dios y á la cruz en forma de derecho de usar bien y fielmente el dicho oficio, como debe y es obligado, y se le dió la vara.-Alonso de Córdoba.-Don Joán de Quiroga y Losada.Diego de Ulloa.-Ginés de Toro Mazote.-Melchor Hernández de la Serna.-Don Pedro Lisperguer.-Ginés de Lillo.-Ante mí.-Juan Rosa de Narváez, escribano de cabildo.

VISITA A LAS TIENDAS Y PULPERÍAS.-E luego incontinenti los dichos señores Justicia é Regimiento estando juntos en su cabildo y ayuntamiento, dijeron que por cuanto conviene y es necesario se visiten generalmente las tiendas de mercaderes y zapateros y pulperos para que se vea y entienda si hay alguna cosa en que poner remedio, tasa y medida y en los mantenimientos de pan, vinos y carnes y otras cosas de comer, y que en todo haya postura, orden y razón, se cometía y cometió á Melchor Hernández de la Serna, regidor, fiel ejecutor desta ciudad, para que por su persona visite todas las dichas tiendas y demás cosas que viere conviene, y en todo haya justas pos

turas, y para quitar y defender que no se den vinos á indios en las pulperías ni otras partes; y para que en todo haya posturas moderadas y convinientes, se comete al dicho fiel ejecutor y se le da comisión cumplida por este Cabildo para proceder contra culpados y ejecutar las penas contenidas en las ordenanzas y las deste Cabildo y las que por él fueren puestas, se le da comisión y facultad cumplida en forma.-Ante mí.-Juan Rosa de Narváez, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 29 DE OCTUBRE DE 1610.

En la muy noble y leal ciudad de Santiago de Chille, en viernes, veinte y nueve días del mes de otubre de mill y seiscientos y diez se juntaron á cabildo la Justicia é Regimiento desta ciudad, como lo tienen de costumbre, en sus casas y lugar acostumbrado; y estando juntos se trató lo siguiente.

NOMBRASE TENIENTE Y AYUDANTE DEL ALCALDE DE LAS AGUAS. -En este cabildo se nombró por teniente y ayudante del alcalde de las aguas á Luis Leiva, atento quel capitán Juan Ortiz de Cárdenas lo pide; y se les manda acudan con toda diligencia á la limpieza de las calles y aderezo de las acequias y á lo que el fiel ejecutor desta ciudad les ordenare.

Y esto se proveyó.-El licenciado Alonso Descobar. - Don Joán de Quiroga y Losada.-Diego de Ulloa.-Alonso del Campo Lantadilla. -Ginés de Toro Mazote.-Melchor Hernández de la Serna.-Don Pedro Lisperguer.-Antolín Sáez de Galiano.-Ante mí.-Juan Rosa de Narváez, escribano de cabildo.

CABILDO DE 12 DE NOVIEMBRE DE 1610.

En la ciudad de Santiago, en viernes, doce días del mes de noviem. bre del año de mill y seiscientos y diez se juntaron á cabildo la Justicia é Regimiento desta ciudad, como lo tienen de costumbre; y estando juntos en el dicho su cabildo se trató lo siguiente.

No hubo que tratar en este cabildo.-Juan Rosa de Narváez, escribano de cabildo.

CABILDO DE 19 DE NOVIEMBRE DE 1610.

En la ciudad de Santiago de Chille, en viernes, diez y nueve días del mes de noviembre del año de mill y seiscientos y diez se juntaron á cabildo la Justicia é Regimiento desta ciudad, como lo tienen de costumbre; y estando en su cabildo se trató lo siguiente.

SOBRE LA SAL.-En este cabildo se mandó pregonar públicamente que ningún mercader ni otra persona compre sal en el puerto de Valparaíso, atento la carestía y necesidad que causa á esta ciudad el comprar la dicha sal y revenderla, y que á defenderlo vaya el señor capitán Diego de Ulloa, alcalde ordinario desta ciudad; y así quedó acordado.

SOBRE LOS PAPELES DE CRISTÓBAL LUIS.-En este cabildo se trató que por fin y muerte de el secretario Cristóbal Luis han quedado papeles de mucha importancia y que éstos están desiertos y en mal cobro, y porque es justo se pongan en parte donde estén con cuenta y razón, se mandó y acordó se le notifique á doña Juana de Galleguillos, viuda del dicho secretario Cristóbal Luis, que dentro de tercero dia ponga y entregue los dichos papeles en poder de escribano del número desta ciudad, en el que ella eligiere por su interés, sacando ante todas cosas cualesquier papeles y provisiones que sean tocantes á esta ciudad y bien común della; y questo se ponga en el archivo de cabildo, y con apercebimiento que, no lo haciendo, se proveerá en ello lo que convenga; y así quedó acordado.

Y con esto se acabó este cabildo.-El licenciado Alonso Descobar.— Don Joún de Quiroga y Losada.-Diego de Ulloa. - Alonso del Campo Lantadilla.-Don Francisco Rodríguez de Ovalle.-Don Pedro Lisperguer.-Ante mí.-Juan Rosa de Narváez, escribano de cabildo.

CABILDO DE 7 DE DICIEMBRE DE 1610.

En la ciudad de Santiago, en siete días del mes de diciembre del año de mill y seiscientos y diez, se juntaron á cabildo la Justicia é Regimiento desta ciudad, como lo tienen de costumbre; y estando juntos en su cabildo no hubo que tratar.

SOBRE LA SAL.-En este cabildo se trató que, atento la falta de sal que en esta ciudad hay, se le notifique á Agustín Roque, maestre de navío, traiga á esta ciudad la sal que en el dicho navío trae y no la

lleve á otra parte deste reino sinó que la venda en esta ciudad y así lo cumpla, so pena de duscientos pesos de oro y que á su costa se irá por la dicha sal al puerto de Valparaíso; y así quedó acordado y mandado.

SOBRE LA COBRANZA DE LA PUENTE.-En este cabildo se acordó de que los días pasados se cometió á Melchor Hernández de la Serna, fiel ejecutor desta ciudad, la cobranza de la derrama de la puente de Maipo, atento á que él mismo se ofreció de la cobrar para dar al capitán Pedro de Miranda cien pesos de oro que pide, con los cuales dice la dará acabada, y que para saber del dicho Melchor Hernández la diligencia que ha hecho en la dicha cobranza, se le notifique dé razón para otro cabildo, para que con la que diere se provea lo que convenga.

SOBRE LA PUENTE DE ACONCAGUA.-En este cabildo se trató que por cuanto la puente de Aconcagua está caída y no se pasa y para saber la causa por qué está desta suerte se le escriba á Hernando Escudero, á cuyo cargo está, dé razón dello; y asimismo quel corregidor desta ciudad provea lo que está á su cargo.

Y con esto quedó acabado este cabildo.-Don Joán de Quiroga y Losada.-Diego de Ulloa.-Antonio de Azoca.-Alonso del Campo Lantadilla.-Melchor Hernández de la Serna.-Antolín Sáez de Galiano.-Ante mí.-Juan Rosa de Narváez, escribano de cabildo.

CABILDO DE 10 DE DICIEMBRE DE 1610.

En la ciudad de Santiago de Chille, en viernes, diez días del mes de diciembre del año de mill y seiscientos y diez se juntaron á cabildo la Justicia é Regimiento desta ciudad, como lo tienen de costumbre; y estando juntos se trató lo siguiente.

No hubo que tratar.—Juan Rosa de Narváez, escribano de cabildo.

CABILDO DE 24 DE DICIEMBRE DE 1610.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en viernes, veinte y cuatro días del mes de diciembre del año de mill y seiscientos y diez, estando juntos en su cabildo la Justicia é Regimiento desta ciudad, como lo tienen de costumbre, se trató y acordó lo siguiente.

PETICIONES hubo en este cabildo y se proveyeron; y con esto se

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