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En Italia, S. Ottolenghi (1), se ha ocupado de este asunto, y la policía italiana redacta una cartilla biográfica completa de los delincuentes.

El Profesor Mario Carrara, de Turín, ha estudiado también la cuestión en un interesante trabajo (2). El planteamiento de este problema se debe al genio de Lombroso que intentó demostrar hace muchos años la inocencia de un individuo & quien se atribuía el haber abusado de una niña, asesinándola después, fundándose en el examen antropológico del sujeto. Es decir, que la Antropología criminal puede ayudar poderosamente á la administración de justicia, proporcionándola elementos de juicio que valgan en ocasiones tanto, por lo menos, como las mismas pruebas testifical y documental, ya que éstas pueden falsificarse fácilmente y en la realidad se falsifica la testifical, y el examen antropológico, hecho por un médico, experto y enterado, no ofrece tantos peligros de equivocación.

En este sentido tiene razón Longhi cuando, en su tentativa de sistematizar el estado actual de la justicia penal, asigna particularmente la iniciativa y la preocupación de la función preventiva de la Antropología criminal á la escuela antropológica.

Ampliando la acción preventiva de la Antropología criminal podemos, en nuestro examen, señalar á veces los sospechosos, antes de que hayan delinquido, mediante la observación de sus caracteres morfológicos, funcionales y psíquicos.

Todo es cuestión de estudiar detenidamente al sujeto y enterarnos de su constitución y sus circunstancias particulares, orgánicas y funcionales, como hereditarias, familiares, sociales, etcétera. La Policía llamada científica y técnica, utilizando los estudios y los métodos de la Antropología criminal, puede biografiar á cuantos encuentre á su paso, lo mismo detenidos como

(1) Desde 1906 en las Revistas españolas uno de nosotros propaga la Cartilla biográfica de Ottolenghi.

(2) La applicazioni dell'Antropologia criminale e nella prevenzione di Polizia. Comunicado al I Convegno della Società di Antropologia, Sociologia e Diritto criminale in Roma, 17-19 aprile 1914.

presuntos delincuentes, que indocumentados, vagabundos, mendigos y prostitutas.

Mittermayer (citado por Carrara), afirma que este estudio antropológico es el indicio que más contribuye á dar valor á un sospechoso.

En España tenemos la ley de Libertad condicional de 23 de Julio de 1914. Previo informe del maestro, del capellán y.del médico de la cárcel, solicitado por la Comisión provincial de libertad condicional, se concede ésta por Real decreto, á ciertos penados en ciertas condiciones y circunstancias, que no vamos á exponer ni á comentar ahora. Limitamos nuestras manifestaciones á esta serie de preguntas. ¿Ese maestro, ese capellán y ese médico pueden informar en conciencia si el penado debe salir de la cárcel?, ¿tienen suficiente preparación científica?, ¿disponen de los elementos necesarios para autorizar con su informe favorable la libertad del penado?

«¿Sobre qué base interroga Loubat-se puede conceder la disminución de la pena y la libertad condicional? No existiendo, añade, los establecimientos penitenciarios que son necesarios para el nuevo sistema, y contando con los lugares de detención que tenemos ahora, sería fundar en una vana ficción las substituciones de una especie de pena por la otra; todo se reduciría á condonar una parte de la duración de la pena »

No sólo la libertad condicional, sino la misma condena condicional y la pena indeterminada que hoy constituye la aspiración ideal de tantos penalistas, no es posible que encarnen en la realidad, con seguridad en sus resultados, sin un estudio antropológico del sujeto.

Cada día se tiende más á individualizar el delito. De igual modo que en Patología se dice que no hay enfermedades sino enfermos, en Criminología puede decirse análogamente que no hay delitos sino delincuentes. Así los proyectos de Códigos alemán, austriaco y suizo, aun tratándose de delitos graves, como el homicidio, conceden al juez libertad para imponer la pena entre límites muy extensos.

No tenemos la pretensión de que nuestros gabinetes antropométricos se transformen espontáneamente en Laboratorios de Antropología penitenciaria. Hay que hacer algo más que el bertillonage y la dactilografía, hay que realizar una completa serie de mensuraciones, de investigaciones de psicología experimental, un estudio del sistema nervioso, un examen médico psiquíatrico, detallado y concienzudo, sin olvidar la investigación del pasado del detenido, su constitución física, sus taras médicas, hereditarias y sociales.

Ya hemos consignado lo que se hace en algunas prisiones extranjeras, que es lo que debiera hacerse en todas, para que la pena cumpliera con sus fines y la Sociedad estuviera garantizada, en lo posible, contra la reincidencia del delincuente.

Nuestro trabajo tiene un objetivo. No hemos tratado al hacerlo de descubrir nada nuevo; pero estamos bien convencidos de la importancia de nuestra proposición. Podríamos y debíamos intentar hacer algo de esto en España. No por nuestras demostraciones, sino por los hechos mismos que hemos presentado, resulta incuestionable que el examen de los delincuentes debe ser hecho por personas que reunan una competencia particular. La Antropología criminal debe preocuparse de crear estos Laboratorios de Antropología penitenciaria para hacer dicho exa. men individual de los detenidos, al que se concede tan justamente un extraordinario valor de prevención (1).

Es preciso que acaben las divagaciones sociológicas declamatorias y á la postre estériles, y se sustituyan por un estudio serio, detenido, científico, sin prejuicios de ningún género, de los sujetos que, por uno ú otro concepto, detenidos, reincidentes, indocumentados, prostitutas, se pongan en contacto con la justicia.

Conociendo, aunque imperfectamente, tal vez, el personal de nuestras Cárceles, no lo creemos preparado para realizar esta

(1) Para los que quieren iniciarse en estos estudios, tan interesantes, recomendamos la lectura del trabajo de Lecha-Marzo y Piga, titulado El estado actual de la Antropología criminal, Madrid 1915.

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labor, como tampoco están preparados nuestros médicos. Confiamos mucho en nuestro Salillas. Sin duda alguna la dirección de los Laboratorios de Antropología penitenciaria tenía que encomendarse á médicos que hubiesen sufrido un curso, por lo menos, y un examen detenido de estas cuestiones.

Concluímos por todo esto que en las principales prisiones españolas deben fundarse estos Laboratorios de Antropología penitenciaria, que hacen posible la prevención individual del delito.

NOTA.-Después de presentado nuestro trabajo en la sesión celebrada por el Instituto de Medicina legal correspondiente al mes de Abril del año corriente, los diarios publicaron un resu. men del mismo, en muy pocas líneas. En seguida, una revista española publicaba una protesta de un funcionario del Cuerpo de Prisiones, que nos negaba también la originalidad citando los trabajos de Ottolenghi. Y mientras tanto Ottolenghi, el ilustre director de la Escuela de Policía de Roma, á quien tanto se debe en el estudio de esta cuestión, me escribe en estos mismos días: «Gracias á sus esfuerzos España se pondrá en la vanguardia del progreso científico en este campo glorioso de las ciencias médicas. No necesita comentarios la dureza de nuestro compatriota y la benevolencia excesiva del autor extranjero.— LECHA-MARZO.

CRÓNICA JUDICIAL

La Memoria del Fiscal del Tribunal Supremo, Excmo. Señor D. Senén Canido, en la solemne apertura de Tribunales del día 15 de Septiembre de 1915.

Por segunda vez, desde su elevado sitial, el Sr. Canido, honra su ministerio con la Memoria preceptuada sobre el estado de la Administración de justicia y de las reformas convenientes à su mejor servicio. Leyéndola, convence pronto de que se ha formado á vista de datos estudiados personalmente; con observaciones propias y en méritos de ideas Ꭹ doctrinas arraigadas.

Comienza el Sr. Fiscal con un tributo á la abnegación gloriosa del Relator Sr. Armada, que en aras del cumplimiento excelso de sus deberes, hizo perdurable su memoria al sacrificar su vida en el incendio del Palacio de Justicia, cuyos estragos en orden á la documentación de los negocios entonces tramitados ó fenecidos, son todavía incalculables.

Ha sido también este año, y muy fundadamente, el Jurado, blanco preferido de la atención fiscal, ora en el modo de preparar las listas de sus miembros, como en el ejercicio de sus transcendentes funciones.

Cuanto à lo primero, y ante el lamentable espectáculo de las exclusionss de los más aptos, entiende el Fiscal <que debe llegarse hasta la coacción legal que más eficaz se estime, en aquella prudente y proporcional medida que á su objeto baste, para lograr inexcusablemente el cumplimiento de ese deber de ciudadanía. Y con razón señala el daño social y el ejemтомо 127

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