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N° 8°.

DOCUMENTOS SOBRE LA REVOLUCION DE SANTAFÉ

DE BOGOTA.

BANDO.

La junta suprema compuesta del escelentisimo señor don Antonio Amar su presidente, alcalde ordinario de primer voto vicepresidente, individuos del muy ilustre cabildo y vocales diputados por voluntaria proclamacion del pueblo de esta ciudad de Santafé de Bogota y sus contornos á nombre del mismo leal y generoso pueblo, que reasume sus derechos parciales sin perjuicio de la representation nacional interinaria del supremo consejo de regencia, y su duracion hasta el resultado de las cortes generales, ó cesacion en el caso de que desgraciadamente sea ocupada la España del enemigo comun, y en cualesquiera circunstancias bajo la augusta representacion

y amable soberanía del señor don Fernando 7° arreglada á los principios constitucionales del derecho de gentes, y leyes fundamentales del estado español.

AL PUEBLO SENSIBLE, DÓCIL, CRISTIANO Y FIEL

DE ESTA CIUDAD Y SU COMARCA.

Tan sabido es como notorio, que en el conflicto á que se vió últimamente reducida la nacion por la parte del territorio europeo, y disolucion de la suprema junta central á que se ha sustituido interinamente el supremo consejo de regencia, todavía el leal y generoso pueblo del nuevo reyno de Granada no habia variado de conducta, sometido en todas las cosas á las autoridades del antiguo gobierno, hasta que noticioso de las novedades ocurridas en la ilustre ciudad de Caracas, y sucesivamente en las de Barinas, Cumaná, PuertoCabello, Guayana y últimamente en las de la ciudad de Cartagena, Pamplona y Villa del Socorro, que conducidos por los mejores principios de equidad y constreñidos de una nece-sidad inevitable alteraron el gobierno hast↓ esta época recibido, y sustituyeron al que mas adecuadamente exigia el imperio de las circunstancias, no pudo ménos que estremecerse

á vista del horrible monstruo de la anarquía y division de las provincias. En su consecuencia correspondiendo las resultas à la lealtad y energía de este noble pueblo, se dejó ver la conmocion de los ánimos en la tarde del dia 20 del corriente.

El muy ilustre cabildo siempre en vigilancia por la felicidad comun, urgido del deseo de evitar los daños perniciosisimos que aparejan semejantes acontecimientos, aunque en todo tiempo con la confianza que le inspiraba su antiguo conocimiento de la cristiandad y generosidad del pueblo, requirió al escelentísimo señor virey para la celebracion de un cabildo particular estraordinario, el que momentaneamente por la serie de los sucesos de aquella tarde, se elevó con consentimiento del mismo gefe à la clase de cabildo general abierto, en el que representando la persona del escelentísimo señor virey dignamente y con espresa comision suya el ministro don Juan Jurado, oidos los votos de une numerosa multitud, , y entendido que la voluntad del pueblo era determinadamente la de que en

el instante se hisiese la ereccion de una junta suprema gubernativa, quedó instalada con todas cuantas formalidades ha observado la nacion en iguales casos, y compuesta desde luego del escelentísimo señor don Antonio Amar en calidad de presidente, del señor alcalde ordinario de primer voto don José Miguel Pey, en la de vicepresidente, de los señores del muy ilustre cabildo y de los señorcs vocales públicamente proclamados, en quienes depositó la autoridad suprema para que vele sobre su felicidad. Convencido este cuerpo de los sentimientos con que el pueblo ha escitado su lealtad en favor de su justa causa, ha resuelto como fundamentos de la constitucion á que prestará todo el lleno de su energía, se observen los puntes siguientes.

1° Sostener y defender la religion católica, apostólica romana universalmente recibida por nuestros mayores, y continuada por la bondad infinita de su divino autor hasta el dia, y á la que la junta suprema con el pueblo consagrará todos sus deseos, y sacrificará las vidas de todos y de cada uno de los individuos.

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