soberano tendria que recompensar con pensiones, ó de cualquier otra ma nera, á los conquistadores, y que pagar ademas la gente que era preciso mantener armada para asegurar la tranquilidad del pais. Tales gastos no podian quedar compensados con lo que pagasen los indios por tributos. La mezquindad de sus contribuciones, el pagarlas en especie, y el consistir una parte de ellas en servicios personales, daba por resultado que el rey, al paso que no podia aprovechar gran cosa de los servicios, tenia que pagar empleados que recaudasen los impuestos, en cuyos sueldos y abusos ó descuidos se iba todo; mientras que los encomenderos, cada uno en su pueblo, recogian y aprovechaban sin ningun gasto todo lo legítimo, sin contar con lo que les producian las intolerables extorsiones de que generalmente eran víctimas los naturales. Cuál de los dos sistemas era, por regla general, mas favorable entonces á los indios, no es fácil decirlo hoy. En aquel tiempo de conquista y de violencia, todo dependia del carácter de la persona que los gobernaba. Ellos estaban siempre á merced del vencedor: si este era humano, podian ser felices relativamente; pero si tenian la desgracia de caer en manos de un tirano, lo mismo era en realidad que fuese encomendero ó empleado de la corona. Cada uno de los que dan parecer sostiene que lo que propone es lo mas favorable á los indios; mas por desgracia todos los pareceres que tenemos son de españoles, y apenas podemos rastrear en algun documento lo que acerca de esto pensaban los naturales. Tenemos, sin embargo, la opinion de los del Perú, bien expresada en el Memorial que empieza en la pág. 231 de este tomo. Allí vemos el empeño que tomaban en que cesase el sistema de repartimientos, y lo mucho que ofrecian para conseguir su pretension. El Lic. Ceynos está por el repartimiento general, con ciertas restricciones. Su parecer es juicioso, templado, y escrito con cierta naturalidad que previene en favor del autor; como cuando dice que « se cree y sos» pecha que querrian mas estar solos (los señores indios) en sus tierras y >> costumbres, que no acompañados de frailes que les apartan y reprenden sus vicios, y de españoles que se aprovechan de sus haciendas y personas. » No se necesita, á la verdad, ser profeta para creer y sospechar esto. Treinta y dos años despues, el Lic. Ceynos se titula ya Doctor, y escribe al rey Felipe II. Traza una especie de resúmen histórico de lo ocurrido en el pais despues de la conquista, casi exclusivamente bajo el punto de vista de la condicion de los indios, y declara lo que esta habia mejorado, gracias á las providencias dadas por la corte de España, y al empeño que tomaron en su ejecucion los que gobernaban en México. Indica lo que aun faltaba para completar la obra, y concluye, como todos, pidiendo alguna merced. Esta carta es todavía mas curiosa é importante que la primera. Ambas están originales en mi poder: la primera tiene cuatro fojas en folio, de letra gruesa y bastaute mala; al pié de ella está la firma cuyo facsímile exacto puede ver en su lugar el lector. La segunda carta solo tiene dos fojas en folio, de letra sumamente pequeña, clara é igual. El nombre del oidor se encuentra muchas veces escrito Zaynos ó Çaynos en los documentos de la época; pero él siempre firmaba Ceynos. De su vida poco se sabe: él mismo nos dice que cuando vino á México en 1550 habia cinco años que servia de fiscal en el consejo de Indias; y considerando que para desempeñar tal puesto tendria por lo menos treinta y cinco años, resulta que llegaba á los setenta y cinco cuando escribia la segunda de estas cartas. PARECER DE DON SEBASTIAN RAMIREZ DE FUENLEAL. Entre los muchos pareceres á que me he referido en el artículo precedente, uno de los mas notables es el del obispo de Santo Domingo y presidente de la segunda audiencia de la Nueva España, D. Sebastian Ramirez de Fuenleal; ya por provenir de una persona tan respetable y caracterizada, ya por su extension y los muchos puntos que abraza. El autor se hace cargo de las principales dificultades de los dos sistemas á que antes he aludido, y se decide por un término medio. Seria inútil analizar aquí ese documento, para dar de él una idea que no puede adquirirse sino leyéndolo íntegramente. Años hace que vino á mis manos un parecer original del Sr. Fuenleal: tiene diez fojas en folio, de regular letra. Al fin de él se anuncia el envío de un duplicado en que irian enmendadas las cosas en que el autór hubiera cambiado de opinion. Harta fortuna habia sido ya obtener el original de ese documento inédito y desconocido, para que pudiera yo esperar que se completase con el hallazgo del duplicado en cuestion. Así sucedió, sin embargo, y algunos meses despues tenia yo tambien el original del segundo parecer, que consta de trece fojas en folio, de la misma letra que el otro. Ninguno de los dos tiene fecha; pero están entre los años de 1531 á 35, época del gobierno del Sr. Fuenleal, y son sin duda de 1552, porque el Lic. Ceynos en su carta de 22 de Junio de ese año (pág. 165), dice que el presidente de la audiencia enviaba su parecer al mismo tiempo que aquella carta. Á pesar de las notables diferencias que presentan entre sí, me pareció inútil imprimir ambos pareceres, que tenian muchos párrafos enteramente iguales. Era esto tambien dejar á cargo del lector el penoso trabajo del cotejo. Me decidí, pues, á seguir en la impresion el segundo parecer, como mas copioso, y en atencion á que en él están las últimas opiniones del autor, meditadas con mas detenimiento; pero anoté con todo cuidado las variantes del primero, distinguiéndolas en la forma que explico en la pág. 165. De esta manera tiene el lector ambos textos, y puede ver con facilidad todas las variantes. Va al pié el facsímile de la firma del autor. PARECER Y CARTA DE FRAY DOMINGO DE BETANZOS. Llamábase el autor de estos escritos Francisco de Betanzos. Nació en Leon, de España, ignoro en qué año: estudió leyes en Salamanca, y llegó á obtener el grado de licenciado en derecho civil. Disgustado del bullicio del mundo, resolvió ser ermitaño. Salió al efecto de Salamanca acompañado de un amigo que llevaba el mismo designio, y se encaminó á Roma para pedir la bendicion del Papa. Obtenida esta se dirigió hácia Napoles; y en la isla Ponza, donde encontró otros cuatro solitarios, pasó varios años en el retiro y la oracion. Su compañero se habia quedado enfermo en España, y deseando nuestro Betanzos verle, emprendió el viaje. Encontró que habia tomado el hábito en el convento de Salamanca, y reflexionando que en aquel instituto podia ser útil no solo á sí mismo sino tambien á los demas, siguió el ejemplo de su compañero. Al tiempo de tomar el hábito mudó su nombre de Francisco en el de Domingo con que despues fué siempre conocido. Hácia 1514 pasó á la isla Española, donde aprendió la lengua de los naturales, y residió doce años ejerciendo su ministerio. En 1526 pasó por la isla Fr. Tomás Ortiz con otros siete religiosos dominicos, que venian á fundar á México, y nuestro Fr. Domingo se unió á ellos. Lo mismo hicieron allí otros varios religiosos, hasta completar el número de doce. Á poco de llegados á México murieron cinco, y otros, con Fr. Tomás Ortiz, se volvieron á España, de suerte que Fr. Domingo quedó en esta ciduad con solo dos compañeros. Por eso la Provincia de Santiago de México de la Órden de Predicadores le reconoce por su fundador. Hizo á pié un viaje á Guatemala, donde fundó tambien los primeros conventos de su órden. Volvió á México, y despues se embarcó en Veracruz para ir á Roma á solicitar que la provincia de Nueva España quedase separada de la provincia de la Española, á que pertenecia, y así lo consiguió en 1552. Renunció en España un obispado, y vuelto otra vez á México en 1534, continuó trabajando con grande celo en su ministerio. Aquí renunció tambien el obispado de Guatemala; quiso pasar á China, y sus superiores se lo impidieron. Finalmente, considerándose inútil ya en México por su avanzada edad, pidió licencia para regresar á España, con el objeto de enviar desde allí nuevos religiosos, y hacer en seguida una visita á la Tierra Santa. Emprendió el viaje en 1549; pero apenas le alcanzaron las fuerzas para llegar á España, y se quedó en el convento de S. Pablo de Valladolid, donde falleció santamente el 10 de Setiembre del mismo año. 16 16 DÁVILA PADILLA, Historia de la Fundacion y Discurso de la Provincia de Santiago de México de la Órden de Predicadores (Madrid, 1596, fo), lib. I, cap. 1-33. REMESAL, Historia General de las Indias Occidentales, y particular de la Gobernacion de Chiapas y Guatemala (Madrid, 1620, fo), lib. II, cap. 3-5 et passim. 17 Los biógrafos de este venerable varon nos le pintan como hombre activo, enérgico é impetuoso, y no desmienten esas cualidades el parecer y carta que ahora nos ocupan. El parecer no tiene fecha, ni expresa á quién va dirigido; pero fué escrito en la Nueva España, segun consta desde sus primeras palabras, y es probablemente anterior á 1541, en cuyo año hizo el autor el viaje á Guatemala. En la carta habla de un parecer presentado al consejo de Indias; mas no puede ser este mismo, porque parece imposible que presentase al consejo un escrito en que los consejeros son tan duramente tratados como puede verse en la pág. 195. El P. Betanzos era partidario del repartimiento general, y abraza esa opinion con la energía y viveza que le eran propias. Su estilo es de fuego, y todas sus palabras respiran una conviccion tan profunda, que por ella le perdonamos ciertos rasgos que en otro parecerian de intolerable presuncion, como cuando dice al principio de su carta: «Bien sé que el » que menos se engaña en el entender y alcanzar las cosas de los indios ›é desta Nueva España soy yo, é aun de lo descubierto y por descubrir.» Y añade en seguida con gran conviccion: « Porque muchas cosas de las » que yo en esta materia digo, las veo y entiendo tan claramente como si > las viese presentes con los ojos é las palpase con las manos. » Con notable seguridad anuncia el P. Betanzos, que antes de cuarenta años habria desaparecido completamente la raza indígena; y este pronóstico, muchas veces repetido, le adquirió entre sus contemporáneos el crédito y nombre de profeta. 18 Guiándose el P. Betanzos por lo que habia visto en las islas, juzgó que lo propio debia suceder en la Nueva España. Verdad es tambien que la carta en que mas insiste en este pronóstico está escrita en 1545, durante una de las terribles pestes que tanta diminucion causaron en los indios; y aquella calamidad que sobre ellos pesaba era muy á propósito para confirmar la idea de su próxima y total destruccion. Estos importantes documentos eran inéditos y desconocidos. Ambos pertenecen á mi coleccion de MSS. El parecer es original, y consta de cuatro fojas en folio; de la firma que lleva al pié se ha sacado el facsímile exacto que se ve en la pág. 197. Otro diverso se encuentra en la pág. 553. La carta es una copia coetánea, en una foja de á folio, y no tiene firma ni nombre de autor. Pero no tengo la menor duda de que es del P. Betan 17 Con todo eso en la frialdad de la vejez le hervia muy a menudo la sangre, con el deseo que tenia de derramarla por Cristo.. DÁVILA PADILLA, lib. I, cap. 32. 18 DÁVILA PADILLA, lib. I, cap. 33. << De una su profecía que los indios se habian de acabar (de que algunos hicieron mucho caso), lo que siento es que si señaló años (como se dijo) no acertó, pues los años son pasados y los indios no acabados: y si no señaló tiempo, tambien lo profetizara otro cualquiera, conociendo la mucha cobdicia y orgullo de los españoles, y la poca defensa de los indios, pues son sardinas en respecto de grandes ballenatos; cuanto mas quien vió por sus ojos acabar á los de las islas, como este padre los vió. FR. GERÓNIMO DE MENDIETA, Historia Eclesiástica Indiana, MS., lib. IV, cap. 1. zos. Vino á mis manos unida con el parecer : en el sobrescrito dice, de letra del tiempo: Traslado de lo que escribe el mismo P. Fr. Domingo; está fechada en el convento de Tepetlaztoc fundado por el P. Betanzos; y sobre todo, el estilo es tan característico, que basta por sí solo para dar á conocer el autor. LEYES Y ORDENANZAS PARA LA GOBERNACION DE LAS INDIAS. La larga y acalorada controversia sobre la libertad de los indios, produjo al fin las famosas ordenanzas de 1542 y 43, conocidas en la historia de la América con el nombre de las Nuevas Leyes. El espíritu que prevalece en ellas es el de favorecer á los indios; mas como esto no podia lograrse hasta el punto deseado, sino chocando de frente con abusos envejecidos que habian pasado á la categoría de derechos y de hechos consumados, é hiriendo intereses inconsideradamente concedidos, pero legalizados por la concesion, era preciso que aquellas leyes llevasen en sí mismas el gérmen de su caducidad. Destruian el cimiento de las nuevas sociedades, y debian correr la suerte comun á todas las medidas que se dictan por pura atencion al derecho, sin tener en cuenta que ninguna sociedad se deja destruir por una ley. Las conquistas del Nuevo Mundo no se hicieron con ejércitos como los que hoy existen en los paises civilizados. Unos cuantos aventureros seguian por su propia cuenta á un caudillo que les inspiraba confianza, y se iban en busca de fortuna. Si la expedicion se desgraciaba, allá perecian todos, sin que eso retrajese á otros de seguir la misma senda; pero si asestaban un buen golpe, podian contar con gloria y con riquezas. El gobierno nada gastaba, por lo comun, en tales expediciones, y sin embargo, el pais descubierto y conquistado le pertenecia. Siendo tan incierto el éxito, tan enormes los trabajos y peligros, y no pudiendo aspirar á una verdadera soberanía, era natural que los conquistadores buscasen otra recompensa que les proporcionara descanso y bienestar. El primer medio que se presentaba para alcanzar tal fin era el de aprovecharse de las personas mismas de los vencidos, reduciéndolos á esclavitud. Pero este medio era escandaloso, y ademas insuficiente, porque una vez concluida la guerra no habia ocasion de hacer mas esclavos. Se ocurrió, pues, á otro arbitrio, y se introdujo la esclavitud disimulada de los repartimientos, que tenia la ventaja de poder extenderse á todo el pais, y de no chocar tan abiertamente contra las reglas de la justicia y de la moral. El sistema de repartimientos no tenia, á la verdad, en sí mismo nada de irregular; reducíase á que el tributo que los indios debian dar al gobierno lo diesen á los encomenderos en premio de sus servicios. Pero llegando á la práctica, los indios eran horriblemente maltratados y extorsionados por la generalidad de los encomenderos: exigíanles mucho mas de lo que debian |