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mente en libertad á todos los que se hallaran presos ó detenidos, en cualquiera punto del Reino, por opiniones políticas y permitiendo restituirse á sus domicilios á los que por igual razón se hallaren fuera de ellos, dentro ó fuera del Reino.

No transcurrió el día siguiente tan pacifico. La muchedumbre se agolpó á la puerta del Palacio Real y, en verdadero desorden y profiriendo gritos y amenazas, penetró en los patios, sin que la guardia intentase siquiera impedir su avance.

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Hasta la propia habitación del Monarca hubiese llegado, y fué lástima que no lo hiciera, á no impedirlo varias personas de la Corte que bajaban por la escalera en el preciso instante en que el pueblo la invadía y que lograron con suaves amonestaciones el desistimiento de aquel deseo.

No les fué posible á los palaciegos, sin embargo, impedir el nombramiento de una comisión de seis individuos que, desde luego, expuso al Rey su pretensión (1).

(1) Al referir el Marqués de Miraflores estos hechos, afirma que el Rey se adelantó á los deseos de los amotinados y no habla de comisión alguna. Lafuente da hasta los nombres de los comisionados, que dice fueron: don José Quintanilla, don Rafael Piqueras, don Lorenzo Moreno, don Miguel Irazoqui, don Juan Nepomuceno González y don Isidro Pérez.

Accedió el Rey á lo que se le pedía y ordenó que se restableciese el ayuntamiento constitucional que existía, el año de 1814. Confió el Rey este encargo al Marqués de las Hormazas, alcalde en aquel año, y al Marqués de Miraflores que lo había sido en 1813. Hormazas fué rechazado por el pueblo, como tio del general Elio, y el Marqués de Miraflores salió del Palacio, seguido de la muchedumbre, con dirección á la Casa de la Villa.

No se limitó á la restitución del ayuntamiento de 1814 la solicitud popular; quiso además que se nombrase una Junta provisional encomendándola el total cumplimiento del decreto del día 7.

Aquel mismo día 9 quedó nombrada la Junta provisional (1).

Ya en la Casa de la Villa el de Miraflores y los comisionados, se procedió á avisar á los individuos que habían formado el ayuntamiento en 1814.

No fueron repuestos todos; pues ya hemos visto que el Marqués de las Hormazas fué rechazado por el pueblo. El Marqués de Miraflores había sido alcalde en 1813, y esto le incapacitaba para serlo ahora.

Fueron proclamados alcaldes constitucionales de Madrid, don Pedro Baranda y don Rodrigo Aranda, y, constituído ya el ayuntamiento, exigieron los comisionados del pueblo que se exigiese en seguida al Rey el juramento provisional de la Constitución.

Avisó el de Miraflores al Rey, trasladáronse todos á Palacio, donde fueron recibidos en la Sala de Embajadores. Juró allí el Rey y ordenó al general don Francisco Ballesteros que jurase igualmente el ejército.

«

Nosotros, dice el Marqués de Miraflores, presenciamos este acto, que será eternamente célebre en nuestros anales; pero, por una de las anomalías en que tanto abunda España, este acto que hubiera en otro país derribado el Trono, como consecuencia de su envilecimiento, pasó como un nuevo trivial y ordinario: el Rey juró, debajo de su Trono, la Constitución en manos de personas sin carácter y sin representación y delante de cinco ó seis desconocidos que se llamaban representantes del pueblo.»

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(1) El decreto porque se la formó, decía así: El Rey Don Fernando VII, por la gracia de Dios y por la Constitución de la Monarquia Española, ha expedido el decreto siguiente:

Habiendo decidido por decreto del 7 del corriente jurar la Constitucion publicada en Cádiz por las Cortes generales y extraordinarias en el año de 1812, he venido en hacer el juramento interino en una Junta provincial, compuesta de personas de la confianza del pueblo, hasta que reunidas las Cortes, que he dispuesto convocar con arreglo à la misma Constitución, se pueda realizar solemnemente el mismo juramento que en ella se previene. Los individuos designados para esta Junta, son: el reverendo en Cristo, Padre cardenal de Borbón, arzobispo de Toledo, presidente; el teniente general don Francisco Ballesteros, vicepresidente; el reverendo obispo de Valladolid de Mechoacán; don Manuel Abad y Queipo; don Manuel Lardizábal; don Mateo Valdemoros; don Vicente Sancho, coronel de Ingenieros; Conde de Taboada; don Francisco Crespo de Tejada; don Bernardo Tarrius y don Ignacio Pezuela. Todas las providencias que emanen del Gobierno, hasta la instalación constitucional de las Cortes, serán consultadas con esta Junta y se publicarán con su acuerdo. Tendráse entendido en todo el Reino, á donde se comunicará para su pronta é inmediata publicación y cumplimiento. — Está rubricado. - SEÑOR DON JOSÉ GARCÍA DE LA TORRE. - En Palacio, á 9 de Marzo de 1820.

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A su vuelta a la Casa de la Villa anunció desde un balcón, el ayuntamiento al pueblo, el juramento acabado por el Rey de prestar, y que habría iluminaminación general y repique de campanas por tres noches ». Acordó también el ayuntamiento asistir á la mañana siguiente á un Te Deum que se cantaría en acción de gracias en la iglesia de Santa María de Almudena.

Aún hemos de registrar en este día 9 un suceso importante. Se ordenó por un decreto la abolición del Tribunal de la Inquisición, que había sido restablecido

por Fernando, y la libertad inmediata de todos los presos que estuvieran en sus cárceles por opiniones políticas ó religiosas.

Ejecutó el mismo pueblo este decreto. Forzó la muchedumbre las puertas del edificio de la Inquisición, dió libertad á los presos y se apoderó de los archivos, en que se encontraron causas ridiculamente célebres» (1).

El día 10, se publicó el siguiente Manifiesto del Rey á la nación española, documento que merece ser conocido integramente:

<ESPAÑOLES: Cuando vuestros heroicos esfuerzos lograron poner término al

(1) MIRAFLORES. - Apuntes histórico-criticos para escribir la Historia de España desde el año 20 al 23.

cautiverio en que me retuvo la más inaudita perfidia, todo cuanto vi y escuché, apenas pisé el suelo patrio, se reunió para persuadirme que la Nación necesitaba ver resucitada su anterior forma de gobierno; y esta persuasión me debió decidir á conformarme con lo que parecía ser el voto casi general de un pueblo magnánimo, que, triunfador del enemigo extranjero, tenía los males aún más horribles de la intestina discordia.

» No se me ocultaba, sin embargo, que el progreso rápido de la civilización europea, la difusión universal de luces hasta entre las clases menos elevadas, la más frecuente comunicación entre los diferentes países del globo, los asombrosos acaecimientos reservados á la generación actual, habrían suscitado ideas y deseos desconocidos á nuestros mayores, resultando nuevas é imperiosas necesidades; ni tampoco dejaba de reconocer que era imposible dejar de amoldar á tales elementos las instituciones políticas, å fin de obtener aquella conveniente armonía, entre los hombres y las leyes, en que estriban la estabilidad y el reposo de las sociedades.

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Pero, mientras yo meditaba maduramente, con la solicitud propia de mi paternal corazón, las variaciones de nuestro régimen fundamental, que parecian más adaptables al carácter nacional y al estado presente de las diversas porciones de la monarquía española, así como más análogas á la organización de los pueblos ilustrados, me habéis hecho entender vuestro anhelo de que se restableciese aquella Constitución que, entre el estruendo de armas hostiles, fué promulgada en Cádiz el año 1812, al propio tiempo que con asombro del mundo combatiais por la libertad de la Patria. He oido vuestros votos y, cual tierno padre, he condescendido á lo que mis hijos reputan conducente á su felicidad. He jurado esa Constitución por la cual suspirábais, y seré siempre su más firme apoyo. Ya he tomado las medidas oportunas para la pronta convocación de las Cortes. En ellas, reunido á vuestros representantes, me gozaré de concurrir á la grande obra de la prosperidad nacional.

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Españoles: vuestra gloria es la única que mi corazón ambiciona. Mi alma Lo apetece sino veros entorno de mi Trono unidos, pacíficos y dichosos. Confiad, pues, en vuestro Rey, que os habla con la efusión sincera que le inspiran las circunstancias en que os halláis, y el sentimiento íntimo de los altos deberes que le impuso la providencia.

>> Nuestra ventura, desde hoy en adelante, dependerá en gran parte de vosotros mismos.

» Guardãos de dejaros seducir por las falaces apariencias de un bien ideal, que frecuentemente impiden alcanzar un bien efectivo. Evitad la exaltación de pasiones que suele transformar en enemigos á los que sólo deben ser hermanos, acordes en afectos como lo son en religión, idioma y costumbres. Repeled las pérfidas insinuaciones halagüeñas disfrazadas de vuestros émulos. Marchemos francamente, y yo el primero, por la senda constitucional, mostrando á la Europa un modelo de sabiduria, orden y perfecta moderación, en una crisis que en otras naciones ha

sido acompañada de lágrimas y desgracias; hagamos admirar y reverenciar el nombre español, al mismo tiempo que labramos para siglos nuestra felicidad y nuestra gloria. - Palacio de Madrid, 10 de Marzo de 1820. - FERNANDO.

II

El ejército jura la Constitución.

Proclama del Infante Don Carlos. El decreto de 7 de Marzo en provincias. Sucesos de Valencia. — Disposiciones de la Junta provisional. El nuevo Ministerio. Convocatoria de Cortes. - El 8 de Julio.

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Bien se adivina la hipocresía representada por el anterior documento. Un hombre medianamente digno hubiese, ante la revolución de Marzo, descendido del Trono; un pueblo medianamente experto hubiera declarado incompatible aquel Rey con la paz y la prosperidad del país.

Era el Rey un hombre sin decoro: era el pueblo, un pueblo ineducado, hecho á la servidumbre y apegado á la tradición.

No dejó de haber, como luego veremos, quienes viesen claro y comprendiesen la incompatibilidad señalada.

En Málaga, en Zaragoza, en Barcelona, en el mismo Madrid suspiraron espíritus generosos por una transformación radical, y aquellos planes de fines del siglo pasado de los republicanos de Picornel y Campomanes, hallaron desinteresados imitadores.

Ejecutóse el 14 de Marzo la orden de que jurasen la Constitución el ejército y las autoridades, y con este motivo dió el Infante Don Carlos, como jefe del ejército, una proclama en que decía que, consagrándose al amor y defensa de la Patria, del Trono y del Rey, al respeto á las leyes, á la disciplina y al manteniento del orden, el solio augusto de los Alfonsos y de los Fernandos, haría brillar á la Nación con esplendor no conocido en los más gloriosos siglos de la Monarquía. Fernando VII, agregaba, nuestro Rey benéfico, el fundador de la libertad en España, el padre de la Patria, será el más feliz como el más poderoso de los Reyes, pues que funda su alta autoridad sobre la base indestructible del amor y veneración de los pueblos. «Militares de todas clases, que no haya más que una voz entre los españoles, así como sólo existe un sentimiento, y que en cualquier peligro y en cualquier circunstancia, nos reuna alrededor del Trono el generoso grito de ¡Viva el Rey! ¡ Viva la Nación! ¡Viva la Constitución!»

¡Y el que así se expresaba había, á los pocos años, de ensangrentar el suelo de su patria, como representante del más odioso absolutismo!

Antes del día en que se prestó ese juramento y se colocó solemnemente la lápida de la Constitución, había la Junta consultiva aconsejado y adoptado el Rey diversas disposiciones. Se restableció los Ministerios de la Gobernación y Ultramar, se reinstaló el Tribunal Supremo de Justicia quedando suprimidos los anti

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