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ces como Soberano, sin otra consideración que la debida á mi Corona y á mis pueblos, quedándome el pesar de que hayan sido inútiles las insinuaciones cariñosas de que sólo quisiera usar contigo tu muy amante hermano.-FERNANDO.

CARLOS Á FERNANDO.

Coimbra, 7 de Julio de 1833.

Mi muy querido hermano, Fernando mio de mi vida: He recibido tu carta del 30 del pasado y su contenido me ha causado el sentimiento que puedes considerar; inútil es alegar razones, cuando no tengo otras que las expuestas, las cuales en mi juicio son sencillas, sólidas y verdaderas; pero no son tan atendidas ó no se creen suficientes. Ahora me dices que resisto á tus órdenes, que quebranto tus mandatos con escándalo de tus pueblos, y que no emanen por más tiempo de este país los conatos impotentes para turbar la tranquilidad del Reino, viéndote precisado á obrar como Soberano si no obedezco al momento, procediendo según las leyes, sin otra consideración que la debida á tu Corona y á tus pueblos, ya que nada han podido tus persuasiones fraternales. Estos son los cargos á que tengo que contestar: yo, tu más fiel vasallo, y constante, cariñoso y tierno hermano, nunca te he sido desobediente y mucho menos infiel; pruebas te he dado de ello muy repetidas en todo el curso de mi vida, y particularmente en esta última época en la que, cumpliendo con mi deber, he hecho servicios muy interesantes á tu persona. Creo obrar con rectitud y por lo mismo aborrezco las tinieblas. Si soy desobediente, si resisto, si escandalizo y merezco castigo, impóngaseme en buen hora; pero si lo merezco exijo una satisfacción pública y notoria, para la cual te pido que se me juzgue según las leyes, y no se me atropelle. Si se examina - toda mi conducta en este negocio no se hallará más delito que el haber terminantemente declarado que convencido del derecho que me asiste à heredar la Corona si te sobrevivo sin dejar hijo varón, ni mi conciencia ni mi honor me permitirán jurar ni reconocer ningún otro derecho. Yo no quiero usurparte la Corona, ni mucho menos poner en práctica medios reprobados por Dios; ya te expuse lo que debía obrar según mi conciencia, y todo ha quedado en el más profundo silencio. Yo pedi que se comunicara á las Cortes extranjeras y no lo tuviste por decoroso á tu persona, por lo cual me vi precisado á pasar á todos los soberanos, con fecha del 23 de Mayo, una copia de mi declaración, y una carta simple de remisión para su conocimiento. Asimismo envié otras copias y oficios de remisión á los obispos, grandes, diputados, presidentes y decanos de los Consejos, para que tuviesen la instrucción que debían de mis sentimientos, y se extrajeron todas del correo del 17; éstos son los medios que se me ofrecían para defender mis derechos, y no otros, éstos son los que pongo en ejecución y se me hacen inútiles. Se me podrá acusar de cuanto se quiera, pero nada se podrá probar. Digase que éste es mi crimen y nó la estancia aquí más o menos larga; para ellos existen las mismas causas. Además, no ya razones, hechos positivos, como son los enfermos y muertos del cólera en la fragata, qué justifican mis anteriores recelos, y prueban que no eran ciertamente los obstáculos que yo formaba, sino justisimos temores de perecer con toda mi familia. Pero supongamos que no hubiese ningún inconveniente, como lo hay claro y visible; mi honor vulnerado, no me permite salir de aquí sin que se me haga justicia, estando muy tranquilo y conforme. Veo el sentimiento que te causa y te lo agradezco, pero te digo que obres con entera libertad y sean las que quieran las resultas. Te doy las gracias de que permitas á Llord el acompañarnos, habiéndote convencido mis razones; mas si tú le necesitas, mi gusto será el que se vaya al instante y corresponda á tu confianza como ha correspondido hasta ahora á la nuestra. Es efectivamente cierto que mi deuda es anterior al año 23, pero tú, por una gracia especial, la separaste de la regla general y mandaste el pago de los cien mil reales mensuales hasta su total solvencia; así mi petición no es más que un adelanto y espero que me lo concedas. Adiós, Fernando mío de mi corazón. Soy tu más amante y fiel hermano.— M. CARLOS.

CARLOS Á FERNANDO.

Coimbra, 21 de Julio de 1833.

Mi muy querido hermano mio de mi corazón, Fernando mio de mi vida: Tengo ya el disgusto de verme privado de tus cartas como me lo anunciaste en tu última del 30 del pasado; pero ya que no debo tratar mis cosas sino directamente contigo, como te lo dije en mi carta del 29 de Abril, tomo la pluma para responderte á la pregunta que me hizo ayer Campuzano de orden tuya; él, que me enseñó el oficio de Cedea á Córdova para que me dijese si quería embarcarme ó nó, á lo que te respondo que mi salida en estas circunstancias sería muy indecorosa por las razones que expuse en mi anterior. Insisto, pues, en mi pretensión de que se examinen todos mis pasos; si soy reo debe castigarseme; pero si no he maquinado contra el Trono ni contra tu persona, ni contra las leyes de nuestra España, como estoy seguro en mi conciencia, exijo que así se declare, para que en ningún tiempo pueda decirse que huyo de este reino como un criminal que se sustrae por la fuga al rigor de la justicia. Me alegraré que goces con tu mujer é hijas de la más completa salud; nosotros todos estamos buenos, gracias a Dios, y te deseamos los más felices días de Cristina, como á ella igualmente, á quien me harás el gusto de decirselo, y te aseguro que cuanto más me alejas de ti, ó te ves forzado á hacerlo, más y más te quiero, y soy el mismo hermano que he sido para contigo en nuestra niñez, en Valencey, en Cádiz y siempre; que te quiere de corazón. — M. CARLOS.

FERNANDO Á CARLOS.

Infante Don Carlos: mi muy amado hermano: En 6 de Mayo os di licencia para que pasáseis á los Estados Pontificios; razones de muy alta política hacían necesario este viaje. Entonces dijisteis estar resuelto á cumplir mi voluntad, y me lo habéis repetido después. Mas á pesar de vuestras protestas de sumisión, habéis puesto sucesivamente dificultades, alegando siempre otras nuevas, al paso que yo daba mis órdenes para superarlas, y evadiendo de uno en otro pretexto el cumplimiento de mis mandatos.

Dejé de escribiros, como os lo anuncié, para evitar disensiones no convenientes á mi autoridad soberana y prolongarlas como un medio para eludirla. Desde entonces os hice entender mis intenciones sobre los nuevos obstáculos, por conducto de mi enviado en Portugal. Mis reales órdenes repetidas, en especial las de Julio y 11 y 18 del presente, allanaron todos los impedimentos expuestos para embarcaros. El buque de cualquiera bandera que fuese, el puerto, en país libre ú ocupado por las tropas del Duque de Braganza, aun en el de Vigo en España, todo se dejó á vuestra elección; las diligencias, los preparativos y los gastos todos quedaron á mi cargo.

Tantas franquicias y tan repetidas manifestaciones de mi voluntad, sólo han producido la respuesta de que os embarcaréis en Lisboa (donde podéis hacerlo desde el momento) luego que haya sido reconquistada por las tropas del Rey Don Miguel. Yo no puedo tolerar que el cumplimiento de mis mandatos se haga depender de sucesos futuros, ajenos á las causas que los dictaron; que mis órdenes se sometan á condiciones arbitrarias, por quien está obligado á obedecerlas. Os mando, pues, que elijáis inmediatamente alguno de los medios de embarque que se os han propuesto de mi orden, comunicando, para evitar nuevas dilaciones, vuestra resolución á mi enviado don Luis Fernández de Córdova, y en ausencia suya á don Antonio Caballero, que tiene las instrucciones necesarias para llevarla á ejecución.

Yo miraré cualquiera excusa ó dificultad con que demoréis vuestra elección ó vuestro viaje, como una pertinacia á resistir á mi voluntad, y mostraré como lo juzgue conveniente, que un Infante de España no es libre para desobedecer á su Rey. Ruego á Dios os conserve en su Santa Guarda. — YO EL REY.

CAPÍTULO XXXII

PRIMERA GUERRA CIVIL

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I. Manifiesto dado por Don Carlos el 1.o de Octubre de 1833. Decretos suyos y alocución al Ejér cito. Sublevaciones en Bilbao, Vitoria, Rioja y Castilla. El cura Merino. Sarsfield en campaña. — Zumalacȧrregui. - Espartero. - Notoriedad de Cabrera. - Bando de Quesada. — Encarnizamiento de la guerra. - II. Don Carlos en Portugal. - Tratado de la cuádruple alianza. Su resultado práctico para el Gobierno español. - La campaña de Rodil. - Entrada de Don Carlos en Navarra. - Reveses de las tropas liberales. — Ventajas obtenidas por el general Córdova. Mina, general en jefe. - Reemplázale Valdés. Tratado para el canje de prisioneros propuesto por lord Elliot. - Incidentes de la guerra. - La Corte de Don Carlos. - III. Sitio de Bilbao. Muerte de Zumalacárregui. · Expedición de Guergué. - Cabrera en el Maestrazgo. Aragón, las Castillas, Andalucia y Extremadura. - Batalla de Mendigorría. - Desavenencias entre los generales carlistas González Moreno y Maroto. Acción de Arrigorriaga perdida por Espartero. - Maroto en desgracia.

I

La muerte de Fernando fué la señal de alarma para que se animasen y pusiesen en juego sus de antemano bien conocidos planes los sectarios del despotismo. Estos síntomas de descontento, de que ya el partido absolutista había hecho alarde en 1827, y que sordamente reprodujo después, aunque sin acudir á las vías de hecho, apenas fué conocida la última voluntad del Soberano con la publicación de la Pragmática-sanción de Marzo de 1830, se manifestaron más amenazadores, acreciéndose con la muerte del Rey.

La resistencia pasiva que el Infante Don Carlos había opuesto á jurar como Princesa de Asturias á la hija mayor de su hermano, legitima heredera del Trono, al paso que denunciaba la existencia de un complot perfectamente coordinado, servía de núcleo al bando oscurantista para adunar sus esfuerzos, dirigidos á llevar hasta el Solio al que consideraban cual su ídolo y fiel representante de las ideas que profesaban.

El Infante Don Carlos se había erigido en Pretendiente á la Corona de España, y de pariente discolo se tornó en súbdito rebelde y audaz. Apenas supo el fallecimiento del Rey, cuando, arrojando la máscara, alzó desde el vecino reino de Por

tugal el estandarte de la rebelión, ayudándole desde luego los partidarios del absolutismo, ganosos de recuperar las posiciones políticas que ocuparon en la desgraciada reacción de 1823.

Don Carlos comenzó su funesta obra con la publicación de este manifiesto:

¡Cuán sensible ha sido á mi corazón la muerte de mi caro hermano! Gran satisfacción me cabía en medio de las aflictivas tribulaciones, mientras tenía el consuelo de saber que existía, porque su conservación me era la más apreciable. Pidamos todos á Dios le dé su santa gloria, si aún no ha disfrutado de aquella eterna mansión.

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» No ambiciono el Trono; estoy lejos de codiciar bienes caducos; pero la religión, la observancia y cumplimiento de la ley fundamental de sucesión y la singular obligación de defender los derechos imprescriptibles de mis hijos y todos mis amados sanguíneos, me esfuerzan á sostener y defender la Corona de España del violento despojo que de ella me ha causado una sanción tan ilegal como destructora de la ley que legítimamente y sin alteración debe ser perpetua.

> Desde el fatal instante en que murió mi caro hermano- que santa gloria haya, creí se habrían dictado en mi defensa las providencias oportunas para mi reconocimiento; y si hasta aquel momento habría sido traidor el que lo hubiese intentado, ahora lo será el que no jure mis banderas, á los cuales, especialmente á los generales, gobernadores y demás autoridades civiles y militares, haré los debidos cargos cuando la misericordia de Dios, si así conviene, me lleve al seno de mi amada Patria y á la cabeza de los que me sean fieles.

» Encargo encarecidamente la unión, la paz y la perfecta caridad. No padezca yo el sentimiento de que los católicos españoles que me aman, maten, injurien, roben, ni cometan el más mínimo exceso. El orden es el primer efecto de la justicia; el premio al bueno y sus sacrificios, y el castigo al malo y sus inicuos secuaces, es para Dios y para la ley, y de esta suerte cumplen lo que repetidas veces he ordenado. - Abrantes, 1.° de Octubre de 1833. CARLOS MARÍA ISIDRO DE BORBÓN.»

Pocos días después firmó en Santarem los dos siguientes decretos:

Habiendo recibido ayer oficialmente la infausta noticia de haber sido Dios servido de llamar para si el alma de mi muy caro y amado hermano el señor Rey Don Fernando VII (q. e. p. d.), Declaro: que por falta de hijo varón que le suceda en el Trono de las Españas, soy su legítimo heredero y Rey, consiguiente á lo que por escrito manifesté á mi muy caro y amado hermano, ya difunto, en la formal protesta que le dirigi con fecha 29 de Abril del presente año, igualmente que á los consejos, diputados y autoridades, con la del 12 de Junio.

» Lo participo al Consejo para que inmediatamente proceda á su reconocimiento y expida las órdenes convenientes para que así se ejecute en todo mi Reino. Santarem, 4 de Octubre de 1833. - YO EL REY. - Al Duque presidente de mi Consejo real. »

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«Conviniendo al interés de mis pueblos el que no se detenga el despacho de

los negocios que ocurran, he venido en confirmar por ahora á todas y cada una de las autoridades del Reino y mandar que continúen en el ejercicio de sus cargos. » Tendréislo entendido, etc.-Al Duque presidente del Consejo real.> Firmó otro decreto confirmando en sus cargos á los ministros que lo eran al morir Fernando VII, y dirigió al Ejército la alocución que sigue:

« Carlos V á los generales, oficiales, sargentos, cabos y soldados del Ejército. >> Llamado por Dios para ocupar el Trono español, para defender su santa causa y hacer felices à mis pueblos, me esmeraré y desvelaré hasta conseguirlo, ayudado de los conocimientos y consejos de las personas de mayor instrucción y probidad, que siempre tendré á mi lado. No lo dudéis, éstos son mis deseos y única ambición.

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Quiero también llegar á tan dichoso término con una paz inalterable y sin que mi real ánimo, pacífico de suyo, se vea violentado á castigar sin disimulo á los que desobedientes á mis paternales avisos continúen obcecados y seducidos oponiendo resistencia á la legitimidad de mis derechos. No permita el Señor ponerme en tan apurado trance. Le pido, por el contrario, os inspire y llame á la conservación del honor adquirido juntamente con la lealtad y valor inseparables del carácter nacional, uniéndoos à vuestro Rey en la frontera de España, ó á las

Jerónimo Merino.

divisiones ó partidas que en muchas y diversas partes se han pronunciado en mi favor, á cuyos jefes, oficiales y sargentos concedo el ascenso inmediato y el correspondiente sueldo á las mujeres é hijos de los que perecieren en tan justa lucha, y un grado á los que de vosotros se presentasen en el término de un mes que señalo, contado desde esta fecha, sin perjuicio de los demás á que vuestros esfuerzos y sacrificios os hagan acreedores en lo sucesivo; y á mis soldados las distinciones y minoraciones de sus empeños en el servicio, que acordaré tan luego como la paz y circunstancias lo permitan. Castello-Branco, 4 de Noviembre de 1833. »

Cuando estos documentos se publicaron estaba ya patente la rebelión carlista, habiendo sido su iniciador en Talavera de la Reina un don Manuel González, que vió frustrado su intento de levantar los pueblos comarcanos, siendo fusilado en unión de un hijo suyo y de varios individuos de su partida.

Amotináronse después los absolutistas en Bilbao, y apoderados de la casa de la diputación, no sin resistencia y desgracias, constituyeron una Junta presidida por el Marqués de Valdespina, que dió una proclama en favor de Carlos V. Análoga

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