Imágenes de páginas
PDF
EPUB

Concuerda este traslado con otro que para este efecto exhibió ante mí el coronel don Mateo Pumacahua Inca Cacique principal y Gobernador de la doctrina de Nuestra Señora de la Natividad de Chinchero provincia de Calca y volvió a llevar a su poder a que me remito y para que de ello conste donde convenga de su pedimento doy el presente en esta ciudad del Cuzco del Perú a los veinte seis días del mes de abril de mil setecientos ochenta y dos años, siendo testigos el capitán don Vicente José García Rodríguez, don Bernardo Gamarra y don Martín Santos González presentes -entre renglones que lo que dice cava valon-testado-Inga-No vale, y advierto que donde están puestas algunas rayas es porque está roto el papel.- En testimonio de verdad.- Un signo del Escribano.Tomás de Gamarra, Escribano Público.

Título de Cacicazgo.- El señor general don Marcos Antonio de la Cámara y Escudero Capitán comandante de la Real Brigada del tren de la Artillería de la gran Ciudad del Cuzco, Tenietne Capitán General, Alcalde mayor de minas y Registros, Juez Subdelegado del Juzgado Mayor de bienes de difuntos y de menores Corregidor y Justicia mayor de esta provincia de Calca, Lares y Vilcabamba y su jurisdicción por el Rey Nuestro Señor (que Dios le guarde).

Digo que por cuanto ha fallecido don Francisco Pumaccahua Inga Cacique y Gobernador que fue de la doctrina de Chinchero sus anexos de Umasbamba Seqquecancha y sus parcialidades y ayllos de Pongo, Cupir y Yanacunas. No habiendo otra persona que por dicho le suceda y estar presente don Mateo Pumaccahua Inga, hijo primogénito legítimo de dicho gobernador en quien concurren todas las circunstancias condiciones y cualidades necesarias de gobierno, juicio, honradez y seguridad para el manejo de los ramos reales que se pagan en la real Casa. Lo elijo, nombro por tal Cacique y Gobernador interino de la dicha doctrina de Chinchero sus anexos parcialidades y ayllos con facultad de que con este nombramiento pueda ocurrir al real y superior gobierno de estos reinos por su confirmación como persona noble e hidalgo que me ha hecho constar por varios documentos y papeles que tiene a su favor. Y para ello jurará en la forma ordinaria de usar fiel y legalmente de tal empleo y fecho se leerá este fiel nombramiento públicamente el día domingo catorce del corriente mes cuando estén juntos y congregados todos los indios vecinos constantes y habitantes de la dicha doctrina en la plaza de la iglesia antes que

entren a oir misa para que lo conozcan por tal Cacique y gobernador sentando en vista de todos en ruatina según costumbre. Con lo cual en nombre de Su Majestad (que Dios guarde) del empleo que en su real nombre ejerzo le confiero dicho empleo interinamente y mando todo el común de indios principales, segundos, mandones y demás vecinos españoles estantes y habitantes de dicho pueblo y de toda esta provincia lo hayan y tengan por tal Cacique y Gobernador, enterador de los reales tributos guardándole bien y cumplidamente sus órdenes y mandatos judiciales y extrajudiciales, honras, franquezas, libertades, preminencias, excepciones, prerrogativas e inmunidades, y todas las demás cosas que por tal empleo le sea conferidas y pertinentes, pena de que lo contrario hacen serán severamente castigados por todo rigor de dicho y con las penas de la justicia. Y el dicho Gobernador ha de tener gran celo en que toda la gente concurra a misa y doctrina los domingos y días de fiesta celando a no haya escándalos públicos, taquis, borracheras, amancebamientos en la doctrina, y si hubiese algún matador o cuatrero lo apremiará dándome cuenta de ello para su remedio. Y el maestro de campo don Juan Crisóstomo González por comisión necesaria y en bastante forma y manera confiero pasará a practicar las diligencias de tomarle el juramento y sentarlo en la dicha ruatina al expresado don Mateo Pumaccahua Inga. Y para que tenga entero cumplimiento lo aquí mandado y por mí dado este nombramiento firmado en este papel común por no haber del sellado ante los testigos de mi asistencia a falta de Escribano que no hay en la Provincia. En doce días del mes de octubre de mil setecientos y setenta años. Lorenzo La Fuente.- Marcos Antonio de la Cámara y Escudero.- Martín Santos González.

Posesión.- En la doctrina del pueblo de Chinchero, provincia de Calca, Lares y Vilcabamba, en catorce días del mes de octubre de mil setecientos y setenta años don Juan Crisóstomo Gonzáles en cumplimiento de la comisión a mí conferida por el nombramiento antecedente dado por el señor General don Marcos Antonio de la Cámara y Escudero Capitán Comandante del tren de la artillería de la gran ciudad del Cuzco, Teniente de Capitán General Corregidor y Justicia mayor Alcalde mayor de minas y Registros por el Subdelegado de Menores y de Bienes de Difuntos por el Rey Nuestro Señor (Dios le guarde), de esta dicha provincia de Calca habiendo estado hoy día domingo congregados todos los segundos mandones cobradores alcaldes de los pueblos de Umasbamba, Seq

quecancha y de los ayllos de Pongo, Cupir, Yanacunas y todo el común del pueblo así indios como españoles y estando presente su Cura el doctor don Bernardo Pérez leí este dicho nombramiento dándoles a entender en la lengua general de indios y lo senté en la Ruatina según costumbres a don Mateo Pumaccahua Inga de Cacique y Gobernador de esta dicha doctrina y sus parciales referidos; habiéndole tomado antecedentemente el juramento acostumbrado que lo hizo por Dios Nuestro Señor y a una Señal de Cruz de usar dicho cargo fiel y legalmente y le di posesión en nombre de Su Majestad (que Dios guarde) sin contradicción de persona alguna y para que conste lo certifico y lo firmo siendo testigos don Tomás Callañaupa Alcalde Ordinario del ayllo Pongo, Don Pedro Sallo, Alcalde Mayor de toda la doctrina, demás principales quienes los que supieron firmaron y por los que no un testigo.— Juan Crisóstomo González.

Nombramiento de Capitán.- El señor General don Marcos Antonio de la Cámara y Escudero, Capitán comandante de la Real Brigada del Tren de Artillería de la ciudad del Cuzco, Teniente Capitán General, Alcalde Mayor de Minas y Registros, Juez Subdelegado del Juzgado Mayor de Bienes de Difuntos y de Menores, Corregidor y Justicia Mayor de esta provincia de Calca, Lares y Vilcabamba, por el Rey Nuestro Señor (que Dios guarde), y su jurisdicción &.

Por cuanto el Exmo. señor Virrey de estos reinos mediante providencia tiene mandado en todas las provincias del reino se alisten el número de soldados que formen un regimiento de once compañías con sus correspondientes cabos y oficiales y no habiéndolo ejecutado mi antecesor en esta dicha provincia de Calca, debo yo practicarlo en fuerza de mi obligación y nombrar personas de entera satisfacción, buena conducta, valor y experiencias militares que sirvan los empleos principales y concurriendo todas estas circunstancias y demás requisitos necesarios en la del Cacique don Mateo Pumaccahua lo elijo y nombro por Capitán de la compañía de indios nobles de la doctrina de Chinchero en nombre de Su Majestad que Dios guarde por la facultad que me es conferida como a su corregidor y Teniente de Capitán General de esta dicha provincia y mando a los demás cabos principales y subalternos e inferiores soldados como a los vecinos habitantes de dicha doctrina de Chinchero lo respeten y acaten, guardándole bien y cumpliendo sus órdenes y mandatos, honras, franquicias, libertades,

preminencias, excepciones, prerrogativas, inmunidades y todas las demás cosas que por tal empleo le son conferidas y pertenecientes y el que así no lo ejecutare será castigado según órdenes de milicia y para que entero cumplimiento de lo aquí mandado por mí le doy este título y nombramiento firmado y sellado, con mis armas con facultad de que puedan ocurrir para su confimación del Excmo. Señor Virrey de estos Reinos que es fecha ante los testigos de mi asistencia a falta de Escribano y en este papel común por falta del sellado en esta dicha villa de San Pedro Yamora de Calca en trece días del mes de agosto de mil setecientos setenta y tres años-entre renglones y frontera de indios infieles-vale enmendado por no haber-vale- Escudero de armas del Corregidor, Marco Antonio de la Cámara y Escudero.- Miguel de Montalvo.— Manuel Villavicencio.

Nombramiento de Coronel.- Un sello. Año de mil setecientos ochenta y uno. Don Fernando Yudan y Valdez del Orden de Santiago Corregidor y Justicia mayor de esta ciudad del Cuzco y Teniente de Capitán General en ella, con acuerdo de los señores de la Junta de Guerra aprobada por la superior.

Por cuanto con actos positivos y relevantes pruebas corre acreditada su fidelidad en las presentes circunstancias de la guerra contra el rebelde Túpac Amaru, Don Mateo Pumacahua Cacique del Pueblo de Chinchero en la provincia de Calca y que tiene alistada toda su gente con sus respectivos Capitanes para los casos ocurrentes como ya se ha visto en campaña su militar conducta en dos funciones que han sido gloriosas hazañas de armas. Por, tanto y a fin de premiarle por ahora con el aprecio que merece su persona a más del distintivo de la banda con la medalla que la ha remitido en nombre del Rey le elige y nombre por coronel de todo el cuerpo de soldados que tiene en recluta en dicha doctrina: en cuya virtud el Teniente de Capitán General de dicha Provincia lo haya, reciba y tenga por tal Coronel de dicho regimiento, y se manda a los oficiales de Plana Mayor se le guarden y hagan guardar todas las honras, gracias, mercedes, exenciones, privilegios y prerrogativas que debe haber y gozar bien y cumplidamente sin que le falte cosa alguna, y los inferiores obedezcan y acaten sus órdenes que diese respectivamente pues de lo contrario serán castigados según leyes de milicia de que dará copia en la Secretaría de Guerra y se le dará los testimonios que pidiere. Que es fecho en la ciudad del Cusco, y doctrina a treinta de mil setecientos

ochenta años.- Fernando Jordán Valdez.- Juan Manuel Campero.- Marcos Villalta.- Joaquín Valcárcel.- Miguel Torrejón.

CARTA DE ARECHE

Estoy muy agradecido a las expresiones con que en carta de 26 de octubre último me da Vuesa Merced la enhorabuena de mi feliz regreso a esta Capital y me manifiesta su sentimiento por mi ausencia de esa ciudad. Y quedando impuesto de la prontitud, celo y empeño con que Vuesa Merced se apronta a continuar sus servicios en prosecución de la deseada quietud y tranquilidad de esas provincias a que tanto he anhelado vivo desde luego satisfecho de su honroso modo de pensar y proceder y le doy las gracias por los que ha hecho esperando seguirá con igual actividad en el desempeño de las confianzas que se pongan a su cuidado.

Dios guarde a Vuesa Merced.- Lima 16 de noviembre de 1781. José Antonio de Areche.- Señor Mateo Pumacahua.

Siguen insertas 39 cartas de Campero, Inclán, Gabriel de Avilés, José de Lagos, Joaquín Valcárcel, y José del Valle, sobre órdenes, remisión de dinero para tropas, felicitaciones, recibo de presos, &.

FE DE BAUTISMO

Certifico que yo el Bachiller don Marcos Joseph Becerra y Costilla, Cura propio y Vicario de esta Doctrina de Nuestra Señora de Monserrat de Chinchero en cuanto haya lugar en derecho; que en un libro forrado en pergamino intitulado de Bautismos por el Doctor Juan Carpio (de gloriosa memoria), asimismo cura que fue de esta dicha parroquia, corre desde fojas uno hasta fojas cuarenta y ocho, la partida sentada por el Doctor don Miguel de Torres y Mogrovejo (que también fue cura propio de esta enunciada doctrina) y es en la manera siguiente:

En el pueblo de Chinchero en veinte un días del mes de septiembre de mil setecientos cuarenta años, yo don Miguel de la Torre y Mogrovejo, Cura propio de dicho pueblo bauticé solemnemente puse óleo y crisma a un niño recién nacido, y le puse por nombre Mateo hijo legítimo de don Francisco Pumaccahua y de Agustina Chihuantito, naturales de este pueblo, del ayllu Pongo: fue su padrino don Isidro Umachi, a quien advertí el paren

« AnteriorContinuar »