Imágenes de páginas
PDF
EPUB

STANFORD

LIB

NOV

F3051 сь V.9-10

COLECCIÓN

DE

DOCUMENTOS INÉDITOS

PARA LA HISTORIA DE CHILE

PEDRO DE VALDIVIA Y SUS COMPAÑEROS

II

28 de Enero de 1550

I-Real cédula al Virrey del Perú en recomendación de Jerónimo Costilla.

(Archivo de Indias, 148-2-5.)

El Rey.-Nuestro Virrey de la Provincia del Perú. Yo he sido informado que Jerónimo Costilla, vecino de la ciudad de Zamora, que ésta os dará, ha mucho tiempo que pasó á esa tierra, donde diz que nos ha servido en todo lo que se ha ofrecido, así en compañía del capitán Diego Centeno como de otros capitanes, ansí al tiempo quel Licenciado Vaca de Castro, del nuestro Consejo, estuvo en esa tierra, como después

[ocr errors]

6675

hasta la pacificación de ella, por lo cual y por ser deudo de criados y servidores nuestros, tengo voluntad de le mandar favorecer é hacer merced en lo que hubiere lugar; por ende, yo vos encargo y mando le hayáis por encomendado y en lo que se le ofreciere le ayudéis é favorezcáis y encarguéis cargos y cosas de nuestro servicio, conforme á la calidad de su persona, en que pueda ser honrado y aprovechado, que en ello me serviréis.-De Valladolid, á 28 días del mes de Enero de 1550 años.-MAXIMILIANO.-LA REINA.-Refrendada de Samano, señalada de Gutierre Velázquez, Gregorio López, Sandoval, Rivadeneira, Briviesca.

[ocr errors]

24 de Abril de 1550

II-Información de méritos y servicios de Bartolomé Flores.

(Archivo de Indias, 77-5-16.)

Don Pedro de Valdivia, Gobernador y Capitán General por S. M. en esta Nueva Extremadura, etc. Por cuanto vos Bartolomé Flores, vecino de esta ciudad de Santiago, vinistes conmigo á la conquista y pacificación y población de estas provincias con vuestras armas y caballos, trayendo cosas necesarias para la perpetuación de ellas, y en la población y sustentación de esta ciudad habéis muy bien servido à S. M. á vuestra costa y minción con vuestra hacienda, sustentando vuestra persona y casa con aquella honra que la suelen sustentar las personas nobles y de vuestra profesión, como vos sois, y habéis mucho favorecido con vuestra industría y diligencia á la perpetuación de estas provincias, y habéis sido y sois muy buen poblador y republicano, y habéis hecho en ello mucho servicio á S. M. y siempre habéis ayudado con armas y caballos á soldados que sirvan en la guerra, en todo aquello que por mí os ha sido mandado en nombre de S. M., utilidad y provecho de estas provincias, lo habéis hecho con toda voluntad y habéis obedecido y cumplido mis mandamientos como buen súbdito y vasallo suyo y celoso de su cesáreo servicio; por tanto, en remuneración de lo dicho y hasta que la voluntad de S. M. sea, os proveo de nuevo y por virtud del poder que de S. M., como su Gobernador y Capitán General en esta gobernación y de sus reales provisiones, que para ello tengo, confirmo Ꭹ de nuevo encomiendo en vos, Bartolomé Flores, todos los caciques y principales con sus indios que aquí irán expresados, los cuales tenéis

depositados en vuestra persona y os los confirmé por el removimiento que hice de vecinos en esta dicha ciudad á once de Julio de quinientos y cuarenta y seis años, que los caciques y principales llamados Talagante, Mavellangay, Codamolcalebi, Upiro, Lebalo, Guarcamilla, Acay, Nabalquivi. Quelamangui, Conquemangui y Namarongo, con todos sus indios y sugetos que son en este valle de Mapocho, y más el cacique Ibillarongo con seiscientos indios de visitación, que tiene su asiento de aquella parte del rio de Maule, y más los principales llamados Nabiarongo y Miliyarongo con sus pueblos, Raquira y Quitoa con todos sus indios que son en el valle de Mapocho, con tanto que no tengáis derecho ninguno á cacique ni á principal, 'ni á sus indios que estuvieren nombrados en cédula de otro gobierno, y entiéndese de los que mandé dar cuando el removimiento dicho, aunque parezca ser súbdito alguno de estos caciques vuestros: los cuales dichos caciques y principales con todos sus indios y súbditos os encomiendo en nombre de S. M. para que os sirváis de ellos conforme á los mandamientos y ordenanzas reales, con tanto que seáis obligado á tener armas y caballos, aderezar los caminos y puentes reales que cayeren en los términos de los dichos vuestros caciques y indios y cerca de ellos donde os fuese mandado por la justicia y cupiere en suerte y á dejar á los caciques principales sus mugeres é hijos y los otros indios de sú servicio y á doctrinarlos en las cosas de nuestra santa fe católica, y habiendo religiosos en la ciudad traer ante ellos los hijos de los caciques para que sean asimismo instruídos en las cosas de nuestra religion cristiana, y si así no lo hiciéredes cargue sobre vuestra conciencia y nó sobre la de S. M. ni mía, que en su real nombre os los encomiendo; y mando á todas y cualesquiera justicias de esta ciudad de Santiago y sus términos, que luego como esta mi cédula les fuere mostrada vos metan en la posesión de los dichos caciques y principales y indios y os amparen en los que hasta aquí teníades y en el derecho y propiedad de ellos, so pena de dos mil pesos de oro aplicados para la cámara y fisco de S. M.: en fe de lo cual os mando dar la presente firmada de mi nombre y refrendada de Juan de Cárdenas, escribano mayor del juzgado por S. M. en esta mi gobernación, que fué fecha en esta ciudad de Santiago del Nuevo Extremo, á primero del mes de Agosto de mil y quinientos y cuarenta y nueve años. Juan de Cárdenas.

Yo, Diego Rutal, escribano público y del número de esta ciudad de

Santiago de Chile y su jurisdicción, por S. M., hice sacar este traslado del original que está en mi poder con el cual concuerda, y se sacó demandamiento de los señores presidente y oidores de la Real Audiencia que en esta ciudad reside, cuyo decreto se me notificó para el dicho efecto por el señor don Bartolomé Maldonado en la dicha ciudad, á catorce de Marzo de mil y seiscientos y doce años, y hago mi signo en testimonio de verdad.--Hay un signo.-Diego Rutal.-Hay una rúbrica.

la

En Santiago del Nuevo Extremo, á veinte y cuatro de Abril de mil y quinientos y cincuenta años, lo presentó el contenido ante el señor Alcalde Rodrigo de Araya.-Magnifico señor.-Bartolomé Flores, vecino de esta ciudad, parezco ante vuestra merced y digo: que yo tengo necesidad de hacer cierta probanza ad perpetuam rei memoriam del tiempo que ha que estoy en estas partes y de lo que á S. M. en ellas he servido, para presentar cuando y ante quien viere me conviene: á vuestra merced, pido y suplico los testigos que presentare los mande examinar por este interrogatorio, y después de hecha, vuestra merced me la mande dar en pública forma, cerrada y sellada, interponiendo en ella por vuestra merced su autoridad y decreto judicial, y á vuestra meced pido mande que se notifique á Alonso Alvarez, fiscal de S. M., que esté á ver conocer y jurar los testigos porque se haga como parte, para lo cual el oficio de vuestra merced imploro.

1.-Primeramente sean preguntados si conocen á mí el dicho Bartolo mé Flores Y de qué tiempo á esta parte,

2. Item, si saben que puede haber trece ó catorce años, poco más menos, que yo vine á Lima al alzamiento de la tierra cuando se alz el Inga y en ello serví con mis armas y dos caballos en todo lo que e marqués don Francisco Pizarro y sus capitanes me mandaban hast que me prendieron en Guaytara los del adelantado don Diego de A

magro.

3.—Item, si saben que después de pasado esto, desde la ciudad del Cu co fuí con el capitán Pedro de Candia á la entrada que fué á los chunch y llevé dos caballos y dos negros á mi costa y llegué á Amilicama y h llé que la gente había ya entrado, y á causa del recio invierno me co vino esperar állí por invernar, por no poder pasar; y mientras yo est ba allí, sucedió venir la gente que había entrado á la entrada desbarata y perdida de hambre y venían muy fatigados de ella y por tener yo cogida mucha comida con que á todos les favorecía dí la vida á mucho

« AnteriorContinuar »