Código de comercio anotadoHijos de Reus, 1913 - 1202 páginas |
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... Código de comercio de 1829 como el de 1885 , leyes aplicables á toda la Monarquía , no se pueden citar como vigentes en ... Código mercantil y como supletorio el civil . Así , tratándose de un pagaré á la orden , no pueden invocarse las ...
... Código de comercio de 1829 como el de 1885 , leyes aplicables á toda la Monarquía , no se pueden citar como vigentes en ... Código mercantil y como supletorio el civil . Así , tratándose de un pagaré á la orden , no pueden invocarse las ...
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... Código civil ; pero si perdiere tales bienes , volverá á ser incapaz . Este caso es análogo al previsto en el art . 4. ° del Código de co- mercio de 1829. También , con arreglo á la legislación caste- llana anterior al Código civil ...
... Código civil ; pero si perdiere tales bienes , volverá á ser incapaz . Este caso es análogo al previsto en el art . 4. ° del Código de co- mercio de 1829. También , con arreglo á la legislación caste- llana anterior al Código civil ...
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... Código civil . Artículo 5. ° Los menores de veintiún años y los incapacitados podrán continuar , por medio de sus guardadores , el comercio que hubieren ejercido sus padres ó sus causantes . Si los guardadores carecieren de capa- cidad ...
... Código civil . Artículo 5. ° Los menores de veintiún años y los incapacitados podrán continuar , por medio de sus guardadores , el comercio que hubieren ejercido sus padres ó sus causantes . Si los guardadores carecieren de capa- cidad ...
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... cicio del comercio por su mujer , no sería aplicable el pre- cepto de este artículo G. ° y , por consiguiente , podrían el marido y , en su caso , sus herederos , apoyados en el art . 65 del Código civil , en relación con el 2. ° 2 — 14 -
... cicio del comercio por su mujer , no sería aplicable el pre- cepto de este artículo G. ° y , por consiguiente , podrían el marido y , en su caso , sus herederos , apoyados en el art . 65 del Código civil , en relación con el 2. ° 2 — 14 -
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... civil ( 4 ) . ( 1 ) Como la reconciliación de los divorciados deja sin efecto ulterior la sentencia de divorcio , según el art . 74 del Código civil , desde el momento de la reconciliación nece- sitará la ex divorciada licencia expresa ...
... civil ( 4 ) . ( 1 ) Como la reconciliación de los divorciados deja sin efecto ulterior la sentencia de divorcio , según el art . 74 del Código civil , desde el momento de la reconciliación nece- sitará la ex divorciada licencia expresa ...
Contenido
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Términos y frases comunes
1.º de Enero 31 de Diciembre acciones acreedores administración agentes de cambio aplicación arreglo asegurado Asociaciones autorización avería Banco Banco de España Bolsa de Madrid buque cambio y Bolsa cantidad capitán cargador cargamento cargo ción clase Código civil Código de comercio comerciante comisionista comitente Compañía consignado consignatario constar constitución constituídas contratantes contrato de seguros convenio cotización crédito daños deberá declara declaración depósito derecho determina deudor disposiciones documentos efectos endosante endoso Enjuiciamiento civil entrega establece Estatutos exigir expresa fianza flete gastos hipotecarias hubiere indemnización infringe inscripción intereses juez Junta sindical legal legislador letra de cambio librador liquidación mercaderías naviero núm objeto obligaciones operaciones pacto perjuicio persona pesetas plazo podrá podrán póliza portador precepto presente artículo préstamo público quiebra Real orden reclamación reembolso refiere Registro mercantil regla Reglamento requisitos respecto responsabilidad sentencia serán siguientes Sociedad Sociedades socios suspensión de pagos tículo títulos transporte Tribunal Supremo valores Véanse los artículos Véase el art
Pasajes populares
Página 509 - De los daños y perjuicios que se causaren por discordias que se* susciten en el buque ó por faltas cometidas por la tripulación en el servicio y defensa del mismo, si no probare que usó oportunamente de toda la extensión de su autoridad para prevenirlas ó evitarlas. 5.
Página 623 - Si por haberse represado el buque se reintegrara el asegurado en la posesión de sus efectos, se reputarán avería todos los gastos y perjuicios causados por la pérdida, siendo de cuenta del asegurador el reintegro; y si por consecuencia de la represa pasaren los efectos asegurados á la posesión de un tercero, el asegurado podrá usar del derecho de abandono.
Página 591 - Precio convenido por el seguro, y lugar, tiempo y forma de su pago. ?( 14. Parte del premio que corresponda al viaje de ida y al de vuelta, si el seguro fuere á viaje redondo. 15. Obligación del asegurador de pagar el daño que sobrevenga á los efectos asegurados.
Página 479 - La parte del precio que no hubiere sido satisfecha al último vendedor, los créditos pendientes de pago por materiales y mano de obra de la construcción del buque, cuando no hubiere navegado, y los provenientes de reparar y equipar el buque y de proveerle de víveres y combustible en el último viaje.
Página 417 - Si el que rehusó aceptar la letra, dando lugar á que se protestara por falta de aceptacion , se prestare á pagarla á su vencimiento, le será admitido el pago con preferencia al que intervino en la...
Página 571 - En caso de muerte de un pasajero durante el viaje, el Capitán estará autorizado para tomar respecto del cadáver las disposiciones que exijan las circunstancias, y guardará cuidadosamente los papeles y efectos que hallare á bordo pertenecientes al pasajero, observando cuanto dispone el caso 10 del art. 612 á propósito de los individuos de la tripulación. 1 614 SEGUNDO SEMESTRE S fi-" Del conocimiento. Art. 706. El Capitán y el cargador del buque tendrán obligación de extender el conocimiento,...
Página 828 - Que la solicitud, además, sea puesta en conocimiento del emitente y demás obligados, si los hubiesen, así como de la Junta Sindical del Colegio de Agentes de Cambio y Bolsa, de la Bolsa de Comercio y de la respectiva Cámara de Comercio depar-" tamental, donde la hubiere; 4o.
Página 696 - Toda confesión de recibo de dinero ó de efectos á título de préstamo que hecha seis meses antes de la quiebra en escritura pública no se acreditare por la fe de entrega del escribano; ó habiéndose hecho por documento privado no constare uniformemente de los libros de los contrayentes. 4.° Todos los contratos, obligaciones y operaciones mercantiles del quebrado que no sean anteriores de más de diez días á.
Página 38 - Art. 23. La inscripción se verificará por regla general en virtud de copias notariales de los documentos que presente el interesado. La inscripción de los billetes, obligaciones ó documentos nominativos y al portador que no lleven consigo hipotecas de bienes inmuebles, se hará en vista del certificado del...
Página 409 - ... librador. Ninguno podrá rehusar la prestación de su nombre é interposición de sus oficios para que sea expedido el nuevo ejemplar, satisfaciendo el dueño de la letra los gastos que se causen hasta obtenerlo.