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despues de restablecida la constitucion las piezas de su proceso, que ofrecen un cuadro muy curioso aunque deplorable de la pasion, de la debilidad del crímen. Semejantes detalles no necesitan comentarios ni carecen de utilidad.

y

Mientras que los ministros españoles se entregaban á todos los escesos del despotismo, y á todos los desvaríos del capricho, la faccion á cuya cabeza se habian colocado y que gobernaba en nombre del monarca, fulminaba la mas rigurosa persecucion contra cuantos se habian distinguido en el período anterior. Los tribunales sin número, restablecidos al tenor del antiguo sistema, no podian suministrar á los autores de la persecucion los medios de satisfacer su venganza; creóse pues una comision de estado, compuesta de los miembros mas implacables de la majistratura, comision que no seguia mas código ni mas regla que las pasiones la animaban. Hallábase al frente de este cuerque po el famoso conde del Pinar, firme sostenedor del partido anti-constitucional durante la permanencia de las cortes en Cadiz. El embajador ingles sir Enrique Wellesley, habia pedido y obtenido en Valencia, en nombre de su gobierno, que no se impusiese la pena de muerte por delitos políticos, Así es que la comision no podia enviar víctimas al cadalso , pero en cambio prodigaba presidios, des. tierros, multas, confiscaciones y arrestos.

No solamente sufrian el odio del partido domi nante los diputados, los escritores políticos y los

jefes del bando liberal, sino tambien los ciudada nos mas inactivos é insignificantes que únicamente habian sido espectadores. Castigábase á los que habian convidado á comer á un diputado, frecuentado las galerías del salon de cortes, leido habitualmente los periódicos y folletos; á los actores que habian representado papel en los dramas patrióticos; á los abogados que en los pleitos habian sostenido las nuevas doctrinas; y á los jueces que se habian guiado en las sentencias por los principios de la constitucion que juraron observar. Inútil es advertir que la comision de estado nunca tuvo mas miras que satisfacer el resentimiento personal de los jueces que la componian y el de los jefes del partido á quien servia: cada personaje de estos envió á la comision una lista de los individuos que habian caido en su desgracia, y al punto se pronunció contra ellos una condenacion. No se obser vaban en estos procesos ninguna de las formas que las naciones civilizadas han adoptado para ilustrar la conciencia de los jueces y defender los derechos del inocente. El encarcelamiento y las deportaciones eran las únicas medidas del tribunal, que llenaba de este modo los calabozos y los presidios. de varones sin tacha y honrados: gran número de familias viéronse privadas de su jefe, y reducidas á la miseria.

Para dar un pretesto plausible á tantas crueldades, necesario era inventar crimenes, porque no ecsistian creyeron pues los consejeros de Fernan

do que el mejor medio de encender el odio de la na. cion contra los acusados, era suponer que tenian un proyecto para establecer la república. Para colorar tales acusaciones con alguna apariencia de verdad, anunciaron en los periódicos que un co. ronel frances que desertó al retirarse el ejército imperial habia despertado las sospechas de la autoridad. Llamábase Audinot, y reducido á prision confesó al juez que le interrogaba, que juntamente con Argüelles habia trazado el plan de una república. Trasladaronle á Madrid, en cuyos calabo. zos yacia D. Agustin Argüelles: el falso coronel cayó en tales contradicciones y vomitó tales absurdos, que el conde del Pinar, juez de la causa y uno de los inventores de la pretendida trama, no pudo por mas tiempo sostener la acusacion. El coronel Audinot, que era un mozo de cocina de la condesa de Benavente, causó entonces bastante embarazo al partido que lo habia empleado. Reducido á la desesperacion al ver que no le ponian en liber tad, y que nunca le cumplirian las magníficas promesas con que le habian arrastrado á la impostu. ra, descubrió á cuantos fueron á visitarle á la cárcel la verdad sobre la pretendida república, y los nombres de los verdaderos autores. Aun hizo mas:

logró escapar del calabozo donde estaba y subien. do á una torre del edificio, y llamando desde allí á grandes gritos á los que pasaban por la calle, repitió las revelaciones que ya habia hecho, y añadió que podia asegurar que le restaban pocas horas

de vida cumplióse su profesion, y divulgóse la voz de que se habia degollado con una navaja de afeitar, aunque muchos atribuyeron su muerte á los efectos del veneno.

Terminados en fin tan bárbaros procedimien tos, comenzó entonces para España una época enteramente nueva en los fastos de la historia mɔderna, época que caracterizan rasgos particulares que en vano buscaria el lector en los siglos mas remotos. Mas como los acontecimientos que pertenecen á esta época van enlazados naturalmente á las diversas ramas de la administracion, juzgamos útil para el órden y la claridad de la narraccion, clasificarlos bajo sus diferentes jefes. Así la historia de los seis años que trascurrieron desde la restauracion de Fernando hasta el restablecimiento de la constitucion en 1820, se dividirá en artículos que llevarán los títulos siguientes: Ministerio de estado: gobierno del interior: ministerio de gracia y justicia: hacienda: ministerio de la guerra y marina: y por fin, la última seccion contendrá una porcion de hechos aislados, y anécdotas propias para dar una idea de las costumbres y del caracter de la época que nos ocupa.

SOBRE

FERNANDO TII,

MINISTERIO DE ESTADO.

Cuando los reyes se vieron restablecidos á la tranquila posesion de sus tronos por la enerjia y el arrojo de los pueblos, debieron naturalmente temer una reaccion de su parte, si, en recompensa de su patriotismo y de sus sacrificios querian continuar sujetándolos al yugo de un gobierno absoluto. Por esta razon, moderaron tanto su lenguaje los reyes y dieron á sus súbditos las mas brilllantes esperanzas. Los diplomáticos mas ilustrados de Europa creyeron que era preciso hacer algunas concesiones á la clase media de la sociedad, que tan poderosamente habia contribuido á destruir el enemigo comun; y el que se hubiese atrevido á proponer en los consejos de los monarcas reinantes la estension del poder real que despues adqui

TOM. I.

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