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debe ser revocada, uno de sus hermanos será mas digno de reemplazarle en mi corazon y en el trono. Ahora procuro indagar sus cómplices para buscar el hilo de tan increible maldad, y no quiero perder un solo instante en instruir á V.M.I. y R. suplicándole me ayude con sus luces y consejos.'

Sobre lo que ruego etc. - Cárlos. - En San Lorenzo á 29 de octubre de 1807.

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APENDICE NUMERO 3o. PAJ. 24.

Decreto primero.

Dios ios que vela sobre las criaturas no permite la ejecución de hechos atroces cuando las víctimas son inocentes. Así me ha librado su: Omnipotencia de la mas inaudita catástrofe. Mi pueblo, mis vasallos todos conocen muy bien mi cristiandad y mis costumbres arregladas; todos me aman y de todos recibo pruebas de veneracion, cual ecsije el respeto de un padre amante de sus hijos. Vivia yo persuadido de esta verdad, cuando una mano desconocida me enseña y des cubre el mas enorme y el mas ináudito plan que se trazaba en mi mismo palacio contra mi persona. La vida mia que tantas veces ha estado en riesgo, era ya una carga para mi sucesor, que preocu pado, obcecado y enajenado de todos los princi

y

pios de cristiandad que le enseñó mi paternal cuidado y amor, habia admitido un plan para destro. narme. Entonces yo quise indagar por mi la verdad del hecho, y sorprendiéndole en su mismo cuarto hallé en su poder la cifra de intelijencia é instrucciones que recibía de los malvados. Convoqué al ecsámen á mi gobernador interino del consejo, para que asociado con otros ministros practicasen las drijencias de indagacion. Todo se hizo, de ella resultan varios reos, cuya prision he decretado, así como el arresto de mi hijo en su habitacion. Esta pena quedaba á las muchas que me aflijen; pero así como es la mas dolorosa, es tambien la mas importante de purgar, é ínterin mando publicar el resultado, no quiero dejar de manifestar á mis vasallos mi disgusto, que será menor con las muestras de su lealtad. Tendréislo entendido para que se circule en la forma conveniente. En San Lorenzo á 30 de octubre de 1807. Al gobernador interino del consejo."

Decreto segundo.

>>La voz de la naturaleza desarma el brazo de la venganza, y cuando la inadvertencia reclama la piedad, no puede negarse á ello un padre amoroso. Mi hijo ha declarado ya los autores del plan horrible que le habian hecho concebir unos malvados todo lo ha manifestado en forma de dere. cho, y todo consta con la escrupulosidad que ecsi

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je la ley en tales pruebas: su arrepentimiento y asombro le han dictado las representaciones que me ha dirijido y siguen.

SENOR:

Papá mio: he delinquido, he faltado á V. M. como rey y como padre; me arrepiento y ofrezco á V. M. la obediencia mas humilde. Nada debia hacer sin noticia de V. M.; pero fuí sorprendido. He delatado á los culpables, y pido á V. M. me perdone por haberle mentido la otra noche, permitiendo besar sus reales pies á su reconocido hijo. Fernando. San Lorenzo 5 de noviembre de

1807.

SEÑORA :

Mama mia estoy muy arrepentido del grandísimo delito que he cometido contra mis padres y reyes, y así con la mayor humildad le pido á V. M. se digne interceder con papá para que permita ir á besar sus reales pies á su reconocido hijo. Fernando. San Lorenzo 5 de noviembre de

1807.

En vista de ellos y á ruego de la reina mi amada esposa perdono á mi hijo, y le volveré á mi gracia cuando con su conducta me dé pruebas de una verdadera reforma en su frajil manejo, y mando que los mismos jueces que han entendido en la causa desde su principio, la sigan, permitiénтом. 1.

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doles asociados si los necesitaren, y que concluida me consulten la sentencia ajustada á la ley segun fuesen la gravedad de delitos y calidad de personas en quienes recaiga; teniendo por principio para la formacion de cargos las respuestas dadas por el príncipe á las demandas que se le han hecho; pues todas están rubricadas y firmadas de mi puño, así como los papeles aprehendidos en sus mesas, escritos por su mano; y esta providencia se comunique á mis consejos y tribunales, circulándola á mis pueblos, para que reconozcan en ella mi piedad y justicia, y alivien la afliccion y cuidado en que les puso mi primer decreto; pues en él verán el riesgo de su soberano y padre, que como hijos los ama, y así me corresponden. Tendréislo entendido para su cumplimiento. Lorenzo 5 de noviembre de 1807."

San

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