DERECHO ADMINISTRATIVO ESPAÑOL. POR EL DOCTOR DON MANUEL COLMEIRO, DE LAS REALES ACADEMIAS DE LA HISTORIA Y DE CIENCIAS MORALES Y POLITICAS, Segunda edicion, AJUSTADA A LA LEGISLACION VIGENTE, y copiosamente aumentada con nuevos tratados y un apéndice de TOMO II. MADRID Y SANTIAGO: EDITOR. VALPARAISO Y LIMA : lib. Española de las Sres. Calleja Y COMPAÑIA. ESPAÑOL LIBRO CUARTO. DE LA MATERIA ADMINISTRATIVA. TITULO III. DE LOS DEBERES DE LA ADMINISTRACION EN CUANTO A LAS 1228.- Personas, cosas y juicios son los tres objetos del derecho administrativo. Las primeras son el fin de toda accion social las segundas se suelen confundir con aquellas, y las últimas importan solamente como un medio de llegar al término apetecido por el Gobierno. 1229.- La palabra cosa significa cuanto existe en el mundo exterior fuera de las personas, y expresa una idea mas lata que riqueza en sentido económico y propiedad en su acepcion legal. Toda propiedad ó riqueza es una cosa; pero no toda cosa constituye riqueza ó propiedad. |