Legislacion petrolera: Leyes, decretos y disposiciones administrativas referentes a la industria petrolera ..., Volúmenes1-9 |
Otras ediciones - Ver todas
Legislación petrolera: leyes, decretos y disposiciones administrativas ... Mexico Vista de fragmentos - 1938 |
Términos y frases comunes
abril acuerdo Administración agosto aguas autorización base bimestre buques cargo causa ción Circular número citado clase cobro del impuesto combustible Comercio compañías comunico concede concesiones conforme conocimiento considerará Constitución y Reformas contratos corresponda correspondiente cuenta cuota cuya densidad datos deberán denuncio Departamento de Impuestos depósitos derecho derivados Despacho días diciembre disposiciones efectos Ejecutivo empleados empresas Encargado Especiales establece explotación falta fecha Federal fija Fiscal fracción fundo hubiere Industria Inspección Inspector interesados julio junio libro litro manifestaciones mayo medidas medio mente metros México Minas nacional necesario nombre nuevo objeto obras octubre oficina orden pago permisos petróleo crudo planos plazo Poder podrá podrán pozos precios presente Primer primeros procedimiento productos Público puerto puesto quedando refiere refinada Reglamento relativas República respectivo sean Secretaría de Fomento Secretaría de Hacienda Secretaría de Industria Secretario señala siguientes tanques tengan tenido términos terrenos Timbre tomando trabajos trate último Unidos valor zona
Pasajes populares
Página 60 - La Nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, para hacer una distribución equitativa de la riqueza pública y para cuidar de su conservación.
Página 61 - ... substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos, tales como los minerales de los que se extraigan metales y metaloides utilizados en la industria: los yacimientos de piedras preciosas, de sal de gema y las salinas formadas directamente por las aguas marinas; los productos derivados de la descomposición de las rocas, cuando su explotación necesite trabajos subterráneos: los fosfatos susceptibles de...
Página v - Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed: Que el H. Congreso de la Unión se ha servido dirigirme el siguiente DECRETO "EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA...
Página 210 - La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional corresponde originariamente a la nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
Página 210 - Sólo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas tienen derecho para adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones o para obtener concesiones de explotación de minas o aguas.
Página 62 - Los templos destinados al culto público son de la propiedad de la Nación, representada por el Gobierno Federal, quien determinará los que deben continuar destinados a su objeto.
Página 210 - Corresponde a la Nación el dominio directo de todos los minerales o substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos, constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos...
Página 61 - En los casos a que se refieren los dos párrafos anteriores, el dominio de la nación es inalienable e imprescriptible, y...
Página 211 - El Estado podrá conceder el mismo derecho a los extranjeros siempre que convengan ante la Secretaría de Relaciones en considerarse como nacionales respecto de dichos bienes, y en no invocar, por lo mismo, la protección de sus gobiernos por lo que se refiere a aquéllos; bajo la pena, en caso de faltar al convenio, de perder, en beneficio de la nación, los bienes que hubieren adquirido en virtud del mismo.
Página 63 - ... procedimiento judicial, pero dentro de este procedimiento y por orden de los tribunales correspondientes que se dictará en el plazo máximo de un mes, las autoridades administrativas procederán desde luego a la ocupación, administración, remate o venta de las tierras o aguas de que se trate, y todas sus accesiones, sin que en ningún caso pueda revocarse lo hecho por las mismas autoridades antes de que se dicte sentencia ejecutoriada.