Tratado teórico-práctico de la organización, competencia y procedimientos en materias contencioso-administrativasImprenta de D. B. Gonzalez, 1819 - 438 páginas |
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Términos y frases comunes
1.º de octubre 22 de setiembre 27 de julio 30 de diciembre 7 de febrero ademas administracion administrativo admite apelacion Arts asunto atribuciones auto autoridad autoriza causa cédula cion citado civil comparecer competencia conocimiento consejeros ordinarios Consejo pleno Consejo Real Consejos provinciales consulta contencioso contencioso-administrativo contestacion contrario corporacion creemos cuestion cuyo debe debia declaracion definitiva demanda demandante demas derecho despacho despues diciembre de 1846 dictado dictámen diligencias disposiciones docu documentos ejecucion emplazamiento escepcion escrito espediente espresa estender estraordinarios fallo fiscal halla hubiere interés interlocutorias interponerse jefe político jueces juez juicio jurisdiccion litigantes litigio manda medio ministros necesario negocios nulidad octubre de 1845 persona pleito presente primera instancia procedimiento providencias prueba Real decreto Real órden rebeldía reclamaciones reconvencion recurso recusacion Regl Reglamento de 30 requisitos rescision resolucion respecto seccion secretario sejo sentencia sentencias interlocutorias señalado sicion tambien término testigos ticular tivas tribunales ugier ugieres vice-presidente vocales voto
Pasajes populares
Página 418 - En los juicios criminales, á no ser que el castigo del delito ó falta haya sido reservado por la ley á los funcionarios de la administración, ó cuando en virtud de la misma ley deba decidirse por la autoridad administrativa alguna cuestión previa de la cual dependa el fallo que los Tribunales ordinarios ó especiales hayan de pronunciar, 2°...
Página 138 - Al curso , navegacion y flote de los rios y canales , obras hechas en sus cauces y márgenes ^ y primera distribucion de sus aguas para riegos y otros usos.
Página 360 - Cuando fundándose la demanda en un mismo título, y teniendo un mismo objeto contra diferentes personas, las unas incurran en rebeldía y las otras no, el Consejo , si no estimare conveniente fallar desde luego en rebeldía, podrá suspender su decision hasta pronunciar la definitiva respecto á todos los demandados.
Página 87 - Juro por Dios y por los Santos Evangelios guardar y hacer guardar la Constitución Política de la Monarquía Española, sancionada por las Cortes Generales y Extraordinarias de la Nación, y ser fiel al Rey.
Página 397 - Será condenada á satisfacer daños y perjuicios : 1." La parte que solicitare señalamiento de término en virtud de falsos motivos. 2.' La que para asegurar su demanda ó defensa recurriere á falsas alegaciones y negativas, ó imputaciones calumniosas, ó cualquiera otro de los medios reprobados que sugiere la mala fe. 3.
Página 137 - Al repartimiento y exaccion individual de toda especie de cargas municipales y provinciales cuya cobranza no vaya unida á la de las contribuciones del Estado. 3.°...
Página 436 - ... ya también porque estos términos se conceden, no para el uso de un derecho renunciable, sino para el cumplimiento de un deber que tiene por principal fin conservar, mediante las contiendas de jurisdicción y atribuciones, la mutua independencia constitucional del orden judiciario y el administrativo: Oído el Consejo Real, vengo en decidir esta competencia á favor de la Administración.
Página 100 - Real, previa la instruccion de expediente , para permitir en lo sucesivo el establecimiento de cualquiera empresa de interés privado que tenga por objeto ó pueda hallarse en...
Página 29 - Nombrar todos los empleados públicos y conceder honores y distinciones de todas clases, con arreglo á las leyes. 10. Nombrar y separar libremente los Ministros. Art. 46. El Rey necesita estar autorizado por una ley especial : 1 .° Para enajenar, ceder ó permutar cualquiera parte del territorio español.
Página 28 - La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey, y su autoridad se extiende á todo cuanto conduce á la conservacion del orden público en lo interior, y á la seguridad del Estado en lo exterior , conforme á la Constitucion y á las leyes.