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Faé doctor en ambos derechos, abogado de los tribunales de Valencia, y odor civil de la real audiencia de esta ciudad.

SIGLO XVII.

El licenciado Cristobal de Paz. Fué uno de los jurisconsultos que mas se distinguieron en la época de Felipe III por los cargos que desempeñó y por las obras que escribió. Regidor de Salamanca, su ciudad natal, y procurador por ella en las Córtes de Madrid, obtuvo del citado Monarca el nombramiento de juez mayor de Vizcaya en la chancillería de Valladolid, de cuyo tribunal fué tambien oidor.

Bien conocidos son sus Scholia in Regias Leges Styli, y el tratado de Tenuto. Con ellas prestó un buen servicio á la jurisprudencia española, en cuyos fastos merece puesto honroso.

Alfonse de Villadiego. Fué natural de Astorga, y no de Toledo como algunos han supuesto gratuitamente. Establecido en Madrid, se dió á conocer ventajosamente en el ejercicio de la abogacía, y se acreditó de ilustrado jurista en el reinado de Felipe III.

Celoso por el cultivo del derecho español, y movido sin duda del laudable deseo de que sa patria no quedase postergada á Francia, donde ya Pedro Pitheo habia dado á luz (en 1579) el Fuero Juzgo, tomó á su cargo una nueva edicion de este importante código, y consagró sus desvelos á ilustrarlo con copiosos comentarios. Este trabajo, que vió la luz pública en Madrid el año 1600, dió á su autor no poco crédito y fama.

Posteriormente (en 1612) publicó una obra de otra índole, pero que igualmente fué bien recibida y presió gran utilidad en el foro español, á saber: Instruccion politica y práctica judicial conforme al estilo de los consejos y oudiencias.

Juan Pedro Fontanella. Nació en Olot el año 1576; fué doctor en ambos derechos, y ciudadano y conseller de Barcelona.

Como hombre politico fué bastante apasionado, y de los que mas contribuyeron á sostener la tenacidad de los catalanes en las agitaciones que ocurrieron en el reinado de Felipe IV; como jurisconsulto, segun testimonio del P. Caresmar, ninguno hubo en su tiempo que le escediese; y los elogios que entonces y despues se le han tributado pueden justiticarse en las obras que de él poseemos, á saber: las Sacri senotus Cathalonœ_decisiones, y el tratado de puctis nuptialibes. Este en particular es un trabajo completo en su género, y que enzierea mucha doctrina.

Dr. D. Juan de Solorzano Percyra. Nació en Madrid el 30 de noviembre de 1575; y despues de haber sido discípulo y maestro en la universidad de Salamanca, comenzó su carrera judicial el año 1609 con plaza de Oidor de la Real audiencia de Lima, donde fue muy apreciado por los vireyes, y escribió su célebre obra de Indiarum Jure. En 1627 volvió á España y sirvió las fiscalías de los consejos de Hacienda y de Indias; y nombrado en 1633 para igual plaza del de Castilla, se escusó con tenacidad de aceptaria por su torpeza de oido; recibiendo últimamente (1642) la de consejero como término de su aventajada carrera.

Publicó varias obras jurídicas, pero las principales son la que anteriormente queda mencionada, refundida en castellano con el título de Politica Indiana, y los Emblemata Regio-politica, que luego tradujo el Dr. Don Lorenzo Matheu y Sanz.

D. Francisco Salgado de Sɔmoza. Natural de la Coruña; despues de haber ejercido la abogacía en la real audiencia de esta ciudad vino á Madrid, y desempeñó por algun tiempo la vicaría del arzobispado de Toledo. Felipe IV, estimando las prendas de rectitud é ilustracion que en él concurrian y el crédito de que gozaba, le contió importantes cargos judiciales. nombrándole para el Consejo de Hacienda, y ascendiéndole luego al de Castilla. Después de haber desempeñado dignamente por algunos años este puesto, el Rey le dió la abadia de Alcalá en Granada.

Escribió varias obras jurídicas, entre ellas la de Regia protectione y la de supplicatione à Bullis et de earum retentione, las cuales, á pesar de la oposicion de la curia romana, alcanzaron en España mucho crédito y autoridad y..

conquistaron á su autor un lugar distinguido entre los juristas del siglo XVII.

D. Francisco Ramos del Manzano. Natural de Salamanca; se distinguió en esta universidad como discipulo, y luego sobresalió como maestro en la ciencia del derecho. Felipe IV, queriendo aprovechar para sus consejos á persona tan ilustrada, le dió plaza en el de Italia, y luego en el Supremo de Castilla, habiéndote tambien encargado la presidencia del de Indias durante la ausencia del conde de Peñaranda. Fué despues preceptor de su sucesor Cárlos II, y obtuvo plaza en la cámara de Castilla. Murió de edad avanzada el 9 de febrero de 1683, dejando escritas muchas obras que comprueban su doctrina y erudiciou en jurisprudencia, y buenos conccimientos en los demas ramos del saber.

De ellas merecen particular mencion la Respuesta de España al manifiesto de Francia, el Memorial al Papa Alejandro VII sobre la provision de Iglesias vacantes de Portugal, y sus comentarios latinos ad legem Juliam et Papiam. Con ellas demostró estar igualmente versado en tres ramos distintos de la ciencia del derecho el internacional, el católico y el romano.

SIGLO XVIII.

D. Gregorio Mayans y Siscár. Nació en la villa de Oliva (reino de Valencia) el 9 de mayo de 1699. y cursadas la gramática, retórica y poética en Barcelona, estudió en Valencia filosofía y jurisprudencia, completando el estudio de esta última facultad en la universidad de Salamanca.

En el año de 1722 tomó en Valencia el grado de doctor en leyes, y la siguiente ganó por oposicion la cátedra de Código. En 1733 fué nombrado bibliotecario de S. M., cuya plaza renunció en 1740 para retirarse á una vida tranquila y laboriosa en su lugar natal, mereciendo de Cárlos III los honores de alcalde de su real casa y corte, y el goce de una pension anual de mil ducados, como remuneración de sus tareas y de su celo por los intereses públicos.

Cultivo con ardor y constancia la literatura y la historia, publicando multitud de obras cruditas é importantes; y tambien dió buena muestra de sus estudios jurídicos en sus comentarios á fragmentos de jurisconsultos romanos, en varias disputationes de asuntos de este misino derecho, en la carta al doctor Berni sobre el origen y progreso del español, y finalmente en las observaciones sobre el Concordato de 1753.

Este ilustre literato y jurisconsulto llegó, para bien de su patria, á la edad de 82 años, pues murió el 21 de diciembre de 1781, dejando gran celebridad no solo entre sus compatriotas sino tambien entre los estranjeros, que en repetidas ocasiones le acreditaron su aprecio y veneracion.

Doctor D. José Finestres y Monsalvo. Nació en Barcelona el 5 de abril de 1688, y hechos los estudios de jurisprudencia, llegó á ser un escelente catedrático en la universidad de Cervera. A la edad de 89 años fa. lleció el 17 de noviembre de 1777.

Consagró su larga y modesta vida á la ciencia del derecho, y como la cultivó con el poderoso auxilio de la literatura y antigüedad griega y romana, en que fue muy versado, puede reputarse como uno de los jurisconsultos clásicos de la buena escuela. Así su memoria ha llegado á nosotros con merecida celebridad; y sus obras han sido de las pocas que salvándose del olvido á que tantas otras están condenadas, se consultan todavía.

Con efecto, su comentario in Hermogeniani J. C. Juris epitomarum libri VI, precedido de una erudita disertacion sobre la vida de este jurisconsulto, es una obra de mérito, de cuya lectura y estudio puede reportarse mucho fruto, llegando Mayans á anteponería á la que de Papiniano nos dejó el inmortal Cujacio.

D. Rafael Melchor de Macanaz. Nació en Hellin (reino de Murcia) el año 1670. El ejercicio de la abogacía en Madrid le dió á conocer tan ventajosamente, que Felipe V se propuso desde luego utilizar su ilustracion y buenas prendas: nombróle intendente de Aragon, y luego le confirió la honrosa y delicada comision de ajustar en Paris con monseñor Aldrovandi

el arreglo de las diferencias pendientes entre la corte de Roma y la española.

Si esta concordia quedó frustrada, no fué ciertamente por falta de prudencia y saber en Macanaz, antes bien este acreditó mas su aptitud y su celo por los intereses de España, como lo conoció y apreció el rey al nombrarle para el importante cargo de fiscal general.

Ademas de los grandes servicios que prestó en estos conceptos, tụvo mucha parte é influencia en la administracion pública, y en las negociaciones diplomáticas que el estado de España y el de Europa suscitaban.

Pero su sano patriotismo. su firmeza en la defensa de los intereses de España, y su enérgica oposicion à las intrusiones estranjeras, le suscitaron encarnizados y por desgracia demasiado poderosos enemigos, que le privaron de la confianza del monarca; y el benemérito patricio que tanto hizo por este y por el reino, se vió preso en Vitoria y desterrado á la Coruña. A pesar de lo mucho que se prolongó el destierro, supo hacerlo llevadero con su magnanimidad y aficion al estudio. A Carlos III estaba reservado reparar tantas vejaciones: y con efecto Macanaz pudo volver á su patria, y murió en Hellin el año 1760, á los 91 años de edad.

Con vasta instruccion, feliz talento y una incansable laboriosidad, y habiendo alcanzado edad tan avanzada, dejó escritas multitud de obras aun inéditas, poco limadas en general, pero que comprueban su erudicion en las ciencias eclesiásticas, históricas y juridicas. Entre ellas se cuentan varias notas sobre las instituciones de Justiniano y puntos de derecho romano, así como unos tratados histórico-críticos sobre los fueros de Aragon y de Valencia. De sus obras publicadas merecen citarse los Auxilios para bien gobernar una monarquia católica, y el informe que como fiscal del Consejo dió sobre abusos de la corte de Roma, y su remedio. Este célebre trabajo es un buen testimonio del celo del autor en defensa de las regalías y de sus conocimientos canónicos.

El nombre de Macanaz figura dignamente al lado de los principales jurisconsultos del siglo XVIII.

El conde de Campomanes. Nació el 1. de julio de 1723 en el pueblo de Santa Eulalia de Sorriba (concejo de Tineo, en el principado de Asturias), y consagrando su juventud al estudio con el mayor alan, concluyó la carrera de jurisprudencia, vino á Madrid, y bien pronto se granjeó en el foro una merecida celebridad.

Desempeñó varios cargos hasta el año 1762, en el que fué elegido fiscal del Consejo sin pretenderlo. Nunca pudo hacer Carlos III mas acertado nombramiento, pues las importantes mejoras que en este reinado se introdujeron en todos los ramos del gobierno y de la administracion, fueron promovidas ó secundadas por el celo, ilustracion y firmeza de aquel célebre personaje. Especialmente en la defensa de las regalías y en las materias canónicas, sobresalen como modelo acabado sus dictámenes y alegaciones.

Presentóse luego otra ocasion de acreditar sus grandes dotes y realzar mas su reputacion como gobernador del Consejo:" nombrado director de la Academia de la Historia, dió gran impulso á los trabajos de esta corporacion, y tomó en ellos una parte honrosa, merced á los conocimientos que le adornaban en las ciencias históricas; y finalmente, en las muchas corporaciones literarias á que perteneció, siempre ocupó distinguido y preferente lugar.

Entre el gran número de producciones que se le deben, merecen citarse, por lo que hace a las ciencias jurídicas, el tratado de la Regalia de amortizacion, el Memoriai ajustado en el espediente del obispo de Cuenca, y el Juicio imparcial sobre el Monitorio de Parna.

D. Ignacio Jordan de Asso y del Rio. Floreció en el reinado de Carlos III; fué ahogado de los reales Consejos, y desempeñó tambien el consulado de España en Amsterdam.

Asociado con D. Miguel de Manuel, emprendió y llevó a cabo publicaciones muy útiles al estudio del derecho patrio, y que contribuyeron poderosamente á ilustrar la historia de nuestros Códigos, que se hallabą

poco cultivada. Conocidas son de todos las Instituciones del Derecho civil de Castilla, en que ambos doctores, no solo metodizaron las disposiciones legales de España, sino que anotaron las variantes del derecho aragones, poniendo al frente de la obra una introduccion histórica comprensiva de importantes noticias: de esta obra se han hecho numerosas ediciones. Tambien publicaron é ilustraron con notas históricas el Fuero Viejo de Castilla, y el Ordenamiento de Alcalá, así como las Córtes celebradas en los reinados de D. Sancho IV y D. Fernando IV.

El doctor Asso no solo cultivó la jurisprudencia, sino tambien con buen éxito las ciencias naturales y la bibliografía, de que dejó publicados trabajos. concretados principalmente al reino de Aragon, de donde era natural.

D. Miguel de Manuel y Rodriguez. Tiene para los jurisconsultos iguales titulos de aprecio que su compañero D. Ignacio Asso, con quien dió á luz obras importantes que en el artículo anterior quedan mencionadas.

Consagrado á profundas investigaciones encaminadas á ilustrar la historia del derecho patrio, y buscando noticias en antiguos códices y documentos inéditos, reunió materiales para escribir la Historia de la legislacion civil de Espuña. No llegó á concluir esta obra, pero aun así contrajó mérito bastante para que su nombre pueda figurar dignamente entre los de los buenos jurisconsultos del siglo XVIII.

Los conocimientos que reunia D. Miguel de Manuel, le valieron un puesto en la real Academia de la Historia, y la plaza de bibliotecario de los estudios reales de Madrid.

D. Gaspar Molchor de Jove Llanos. Nació en Gijon el 5 de enero de 1714. Hizo el estudio de ambos derechos en Avila, Úsma y Alcalá de Henares, y eligiendo la carrera de la magistratura fué nombrado el año 1767 alcalde de la Cuadra de la real Audiencia de Seviila, de donde pasó en 1774 á oidor de la misma. A los cuatro años fué promovido á alcalde de casa y corte, y en el de 1780 obtuvo una plaza del consejo de las órdenes militares.

En el desempeño de estos importantes cargos y con otras ocasiones, demostró celo y rectitud, talento y vasta instrucción; y reuniendo á tan altas cualidades las del buen decir y la elocuencia, no es de estrañar que mereciera las simpatías generales, el aprecio y proteccion de los personajes de la corte, y honrosa acogida en las sociedades literarias mas ilustres. La Academia de derecho público y patrio, y la de cánones y disciplina eclesiástica, se gloriaron de contarle entre sus individuos.

Tales fueron la importancia y la celebridad de Jove Llanos en el reinado de Carlos III: las épocas posteriores le tenian reservadas todavía altas distinciones, pero tambien los amargos infortunios que acarrean la envidia y la intolerancia. Así el breve tiempo que ocupó el ministerio de Gracia y Justicia (1797 à 1798), que habia sido precedido de ocho años de confinamiento, fué seguido de otro mas largo y mas riguroso y vejatorio. Invadida la peninsula por los franceses, rechazó la oferta de un ministerio que estos le hicieron, aceptando en cambio con orgullo el cargo de representante de la junta central de Sevilla, con que le hönró el principado de Asturias. Desempeñólo con gran celo, pero no sin necesidad de vindicarse, y concluyó sus trabajados dias el 27 de noviembre de 1811 en el puerto de Vega (Asturias), huyendo de las armas francesas.

Si su memoria es gloriosa como hombre público, como literato y como economista, tambien merece figurar entre las de los dignos magistrados y jurisconsultos españoles de estos últimos tiempos. Sus dictámenes y dis cursos acreditan escelentes conocimientos en la jurisprudencia civil y canónica, y su laforme sobre la ley agraria es una obra maestra, no solo de economía politica, sino tambien de legislacion.

(Se concluirá.)

MADRID: Imprenta de las Escuelas Pias, Calle de Embajadores, 49

NÚM. 4.

15 DE FEBRERO DE 1865.

AÑO VI.

BOLETIN BIBLIOGRÁFICO ESPAÑOL.

PERIÓDICO DE LA LIBRERÍA, IMPRENTA, GRABADO, LITOGRAFÍA,

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REDACTOR-EDITOR, DON DIONISIO HIDALGO.

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CPUBLICACIONES NUEVAS.

152. ALMANAQUE cómico-literario para 1865. Redactado por los Señores Llano y Persi (D. Manuel). Rubio (D. Carlos). Escalera (D. Evaristo). Rosa Gonzalez (D. Juan). Saco Sinovar (D. Eduardo). Fabra (D. Nilo Marin). Bordonada (D. Calisto), y otros conocidos escritores. Madrid, 1864, imprenta de la Iberia, á cargo de J. de Rojas. Rojas y compañía, editores. Librería de Duran. En 4., 68 páginas.

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153. ALMANAQUE ilustrado y libro de memorias «Agenda» Diario para el año 1865. Escrito por la Sra. Sinués de Marco y los Sres. Ariño, Blanes, Blasco, Calvo, Correa, Gisbert, Labaila, Liern, Marco, Macía, Nombela, Puig y otros; cuyos artículos originales y algunos entresacados de las obras de diferentes autores, forman el noveno volúmen de esta publicacion; la que por la multitud de escogidos artículos que reune desde el año de su aparicion, puede considerarse en conjunto como una biblioteca popular de conocimientos útiles y pasatiempos amenos. Contiene además: las nuevas tarifas de ferro-carriles que han de regir desde 1.° de enero de 1865. Instrucciones vigentes y estaciones abiertas al servicio público de telégrafos en España. Vapores, correos, mensajerías y otras noticias y anuncios. Año IX. Alcoy, 1864, imprenta y librería de J. Martí Casanova, editor. En 8., 88 páginas con 12 hojas para los apuntes diarios, y grabados en el testo.

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154. ANTES que te cases mira lo que haces. Madrid, 1865, imprenta y librería de Villaverde, editor, librería de Duran. Dos tomos en 8., IV216 páginas el 1.o; 246 el 2.°

Obras de Ch. Paul de Kock.

Biblioteca Enciclopédica. Serie segunda. Lectura amena y festiva.

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155. ARANCEL de procuradores. Cuadro formado con arreglo al Real decreto de 28 de abril de 1860 y Real órden de 20 de junio de 1863; y en consonancia con la ley de enjuiciamiento civil y práctica criminal, por

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