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ésta una hablilla esparcida entre el vulgo, sin saberse lo que realmente decia la confesion, pues la ocultaron? Que si la confesion se ocultó y se ajustició al culpable (quien quizá lo era, y quizá sólo víctima de ajenas maldades), ¿cómo pudo averiguarse la verdad de lo que él dijo? Fuera de esto, García confesó en el tormento. Contendrian las cartas algo más que no pedir al rey de Granada que entrase en las tierras de cristianos, infamia tantas veces repetida mientras los moros dominaron una parte de España? ¿Por qué faltó el Rey al seguro que dió á su primo, que al fin lo era y cuñado, por mucho que entonces corriese un refran que decia que quien no asegura no prende? La Crónica de D. Álvaro refiere que al saber la prision del Infante huyeron á grandes jornadas el Condestable y Pedro Manrique, sin que nadie los persiguiera, por donde «dieron á entender ser parciales con el Infante en alguna culpa, segun despues, por ciertos procesos que contra ellos se hicieron, claramente pareció. »

Grave y dificultoso se presenta este asunto. Si el criminal era el Infante, rayaba demasiado alto para castigarle públicamente; pero si no lo fué, ¿por qué dejar impune tan fea calumnia contra tan elevada persona? Sería preciso suponer que para que al instigador, si le hubo, no alcanzase la pena, fuese éste el mismo Soberano (absurda suposicion) ó el despues rey de Navarra. Don Álvaro nunca: no llegaba á tan alto su posicion, ni conocido el delito, aunque de pocos, eran sus enemigos tales que le perdonasen tal atrevimiento, y que, áun de no conseguir su castigo, callasen la infamia, sobre todo en la ocasion de condenarle más tarde á muerte, donde nada cierto ó falso se les quedó olvidado, y donde vivia entre sus enemigos, presentes á este caso, el mismo Rey. ¿Quién averiguará la verdad de ello? Lo cierto fué que algun tiempo despues, cuando alejado de la córte el partido que á esta sazon mandaba, volvió siquiera por poco al poder el infante D. Enrique, el Rey escribió cartas á todo el reino, manifestando que de resultas del proceso se hizo justicia del García que falsificó los dichos papeles, y que así la fama del Infante y de su mayordomo mayor y del adelantado de Leon y de Lopez Dávalos no quedase mancillada; pero no se devol

vieron sus bienes á este último, á quien el fiscal del Rey no habia acusado por las cartas, sino por la rebelion, en que siguió al mismo Infante, y en que le acompañaron los otros, siendo sentenciado por esta sola causa. Pero sus cómplices de rebelion tuvieron otra vez el mando y rescataron lo suyo; él, sin valedores, murió pobre.

Sus bienes y empleos se repartieron al darse la sentencia que le condenaba. A D. Álvaro cupo la condestablía (1), al infante D. Juan el Colmenar, al Almirante Arcos, al conde de Trastamara Arjona, á Alonso Yañez Fajardo el adelantamiento de Murcia, al conde de Benavente la villa de Arenas, á Diego Gomez de Sandoval la de Orozco, al justicia mayor Pedro de Zúñiga Candeleda, y así de otros oficios, señalamientos y rentas que tenía: de la mucha plata que le hallaron hízose reparto entre el Infante D. Juan, el arzobispo de Toledo, el Almirante, el Justicia Mayor, el adelantado de Castilla, el conde de Benavente, D. Álvaro de Luna y Fernan Alfonso de Robles; vituperable reparticion, que manchó la gloria de los defensores del Rey, tanto más que lograron de éste la palabra formal de que no soltaria al Infante ni á Manrique sin consejo suyo.

Don Álvaro, hecho condestable, tuvo modo cómo el Rey fuese á Tordesillas, donde habia dispuesto justas y otros entretenimientos en señal de alegría por el nuevo cargo, y donde repartió á los caballeros de su casa ricas vestiduras, arreos y joyas. Desde la prision del Infante, que fué el año 22, hasta el de 25, tuvo el reino paz y sosiego bajo el gobierno que ya desembarazadamente ejercia el nuevo condestable (2). Visitaba el Rey sus

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JUICIO CRÍTICO DE D ÁLVARO DE LUNA.

estados, hacíanse en todas partes grandes fiestas y regocijos, administrábase justicia, íbase con seguridad por los caminos públicos, castigábanse los crímenes, eran acatados los mandamientos del Rey, concertáronse treguas con Portugal por 29 años. En los primeros dias de éste de 1425 nació el príncipe D. Enrique como para ser prenda con su venida al mundo de la continuacion de esta prosperidad y esperanza del reino para lo porvenir. Segun la costumbre que en aquellos tiempos habia fueron varios los padrinos que tuvo en el bautismo, entre ellos el condestable D. Álvaro de Luna. Debia ser ya entónces tan grande el dominio de éste en la córte, que el bachiller Fernan Gomez de Cibdareal dice en su epístola primera que en esta ocasion de la festividad del bautismo «no llevó casa, porque todos eran de su casa. »

Corona; poníanse en ejecucion las leyes de Partida y de Fuero Toledano acerca de casamientos de aquellas jóvenes que por falta de padres quedasen en poder de hermanos; mejorábase la situacion de la ciudad de Palencia; conservabase á las ciudades que le tenian, el derecho de conocer en las apelaciones de pueblos sujetos á su jurisdiccion, derecho á que los señores se oponian; restituíase á los alcaldes y regidores su autoridad en el gobierno interior del comun, y á los alcaldes y jueces de las poblaciones el conocimiento de pleitos en primera instancia. Procuróse cortar abusos que se cometian en las aduanas y en la cobranza de contribuciones, y se pidió nuevamente remedio sobre el oneroso tributo exigido en Aragon á la entrada de géneros de Castilla. Acordóse, por último, pagar del Tesoro las dietas de los procuradores à Córtes.

En 1425 se convocaron Córtes para la jura de la infanta Doña Leonor, por haber fallecido Doña Catalina, jurada el año antes sin reunion de aquellas con motivo de haber peste. El estar ahora en cinta la Reina hizo suspender esta jura con la esperanza de que pa

riera varon, como así fué. Tratóse, ademas, de los asuntos de Aragon, que ya iba indisponiéndose con Castilla, y los procuradores acordaron que se resistierra poderosamente la entrada que intentasen hacer las tropas de aquel reino en el de D. Juan II. Tambien en estas Córtes hubo los altercados de costumbre, cuando, nacido el príncipe D. Enrique, le juraron, sobre ser los primeros en hacerlo, besarle la mano y hablar Búrgos, Toledo y Leon, los obispos y el señor de Lara, principal del estado noble.

El año de 22 dió el Rey una pragmática para que los armados caballeros por él y sus tutores no quedasen exentos de pagar tributo. Arregló tambien el regimiento municipal de Toledo, Sevilla, Búrgos y Córdoba. En 1423 mandó que cuantos, teniendo tierras de la Corona ó maravedises por lanzas, declinasen la Real jurisdiccion y se pasasen á la eclesiástica, alegando pertenecer á ella, perdiesen tierras y lanzas. Sobre esto quiso que los dueños de heredades por donacion Real las registrasen en los libros de su Alteza, pena de perderlas.

CAPITULO III.

Sospechas de guerra con Aragon. - Libertad del infante D. Enrique. - Echan segunda vez de la córte á D. Álvaro.—Vuelve á ella rogado.—Guerra de Aragon. — Trujillo. Alburquerque. -Treguas.-Guerra de Granada.

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Era entre los reinos de España más poderoso que todos el de Castilla, por lo cual, cuando le veian combatido de la suerte, todos quisieran, si pudiesen, acrecentar su propia grandeza con daño de él para tenerle ménos temible en la ocasion y medrar por lo pronto. Veian ahora en su monarca un instrumento del que antes se atreviese á imponérsele por dueño, pues sin tutela parecia no poder vivir, y el que estimase tener para ello algun honesto color, aventurábase á serlo. Don Alonso V, rey de Aragon, detenido hasta entonces en Italia por la guerra, al dar la vuelta hacia este tiempo á sus estados, traia consigo el resentimiento de la prision de su hermano D. Enrique; y aunque su deseo fuera ponerle luégo remedio, no dejó de ver que se le ofrecia ocasion de intervenir en Castilla, por donde trató de probar fortuna, al solicitar que le devolvieran á la libertad, ántes de mostrarse manifiestamente ofendido. Movió, pues, pláticas al rey D. Juan, su primo, por medio de embajadas, cuya sustancia era pedir vistas, por cuanto, sonándose que al castellano rodeaban personas que no debia tener cerca de sí, deseaba hablarle sobre lo que á ello concernia, y en especial acerca de la detencion del Infante su hermano. Pero estas vistas no convenian á los Grandes de Castilla ni á D. Álvaro, conociendo ellos que de allí pudiera salir algun acomodo en que se les quitasen los bienes y los empleos que alcanzaron de los despojos de Don

Enrique y sus parciales; fuera de que la tal ingerencia de un soberano extraño, aunque pariente, en el gobierno de los estados de D. Juan II era por sí sola grave é imposible de admitir para el castellano orgullo. Estorbáronlas, pues, y el mismo rey D. Alonso, visto el mal resultado de su primer intento, hizo ademas imposibles estas vistas, mostrándose ya á cara descubierta, y proponiendo en otra embajada que despachó, que iria á ellas armado (1). ¿Cómo otorgar lo que se pedia amenazando, si nada se dió al que antes solamente suplicaba, y no se le conocia de ningun modo superior en fuerzas?

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Al aragones, que andaba ya reuniendo gentes y poniendo en buen estado sus plazas de guerra, no convenia la estancia de su hermano D. Juan en Castilla, y así le llamó para que asistiese á las córtes de su reino de no hacerlo le trataria como á rebelde. De mala gana fué, pues, la partida del Infante; pero al cabo fué, habida licencia del castellano y poderes para negociar en su nombre con D. Alonso. Á su llegada á Aragon le avino que falleció el rey D. Cárlos de Navarra, y heredándole los estados por medio de su mujer Doña Blanca, hallóse en posicion muy diferente de la que antes solia tener. Empezaron las negociaciones entre él y su hermano, y tras largos y enojosos debates que entrambos tuvieron, se convino por ellos en ciertos capítulos, y en pedir principalmente la soltura del D. Enrique. Ni ésta, ni los capítulos gustaron al rey de Castilla, que no quiso aceptarlos, ántes recibió pesar del modo que tuvo su primo D. Juan en cumplir los poderes recibidos. Éste se ofendió por su parte del desaire que aquél le hacia en no aprobar lo que pactó con D. Alonso. Veia por otro lado cuán poco era el fruto que sacaba, si le media con su deseo, en contemplar al rey de Castilla y al valido, en usar con ellos prudencia y en no seguir

(1) Véase el número 5 de los Apéndices, que contiene la carta del rey D. Alonso V de Aragon al señor de Pedraza, convidándole á que se le uniese para esta empresa. ¿Cuál crédito merece el que inculpando á Don

Álvaro ni áun hace mencion del aten-
tado de Tordesillas, ni de tantas otras
causas como las que hicieron necesaria
la prision de D. Enrique? Compárese

lo
que dice con los hechos notorios á
todos, y juzguese.

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