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aquella conquista, completa e ordenada, y escripta por personas que lo vieron e sopieron e dinas de fé e de abtoridad, e muy legales; e ansí mesmo presento todas las probanzas de mis servicios que tengo fechas en el otro pleyto quel dicho Fiscal conmigo trata, sobre la Merced que por Vuestra Magestad me fué fecha. E suplico a Vuestra Alteza, mande que mi treslado concertado con el oreginal, se ponga en este prosceso, o que los rrecebtores ante quien a pasado, las den duplicadas, para que el mi oreginal se ponga en este prosceso y el otro en el otro; e ofrézcome a probar todo lo que demás fuere nescesario, por aquella vía que de derecho lugar haya, en todas aquellas partes de Ultramar donde las cosas pasaron. E pido los términos ultramarinos que a fazer las dichas probanzas son nescesarios, segund las distancias de las partes e lugares donde las dichas probanzas se an de fazer, e donde cada una de las cosas por mí alegadas se an de probar.

Otro sí: digo, quen digo, quen no aber dicho e alegado lo conthenido en esta peticion, antes de agora, ystricta o públicamente, yo o alguno de mis procuradores, ansí ante los dichos Presidente e Oydores como ante Vuesto Real Consexo, an dicho o alegado alguna cosa en contrario de lo susodicho, o se an ofrecido a lo probar o an fecho alguna probanza, non tan com

ser para su cualquier ne

plida como se podiera o debiera defensa en todo ello, y en otra gligencia quen este caso aya abido o sido les venir misimamente e dapñificado; e por ser caballero de armada caballería a quien escusaba ynorancia de los derechos, e por mi absercia en servicio de Vuestra Magestad por la clábsula general, siquiniquos me competió e compete beneficio de rrestitucion yn yntegrum contra todo ello; por ende, yo la pido en forma por las cabsas susodichas e por cada una e qualquier dellas e por otra que mexor aya e pueda aber lugar de derecho, ansí para descir e alegar las dichas nulidades, como para probar e presentar las dichas escripturas, e para todo lo demás e cada una cosa; e dello xuro a Dios que no lo demando maliciosamente, e para ello Vuestro Real oficio imploro.-Licenciado Lozano.-Dotor Torisce.-Dotor Espinosa. -Dotor Búrgos.-Dotor Búrgos de Parias.-Licenciado Chaves.-Marqués del Valle.

Peticion presentada por Don Hernando Cortés antes de la vista de la Residencia.

Muy Poderosos Señores.

El Marqués del Valle, digo: que aunque a

Vuestra Magestad y en Vuestros Reynos, e fuera dellos, son notorios mis grandes servicios en aber ganado e descobierto tantas e tan rricas provincias, de que Dios Nuestro Señor es tan servido, e su fée es tan acrescentada, e Vuestra Magestad a sido tan bien servido, y estos Reynos muy aprovechados; e que por esto merescía muy grandes mercedes e ansí las espero; e que no sería xusto quen pago desto, no abiendo como no hay parte querellosa contra mí, que se viesen proscesos e informaciones viexas, fechas e cabsadas por personas apasionadas, e que por particulares intereses e ymbidias me an tenido enemistad; pues Vuestra Magestad es servido que se vea mi Residencia del tiempo que gane e conquisté la Nueva España, que á, veinte e cinco años, yo rrescibo merced; porque demas de la notoriedad de mis servicios, por ella mesma se conoscerán mexor, e para que mexor se pueda ver e conoscer lo susodicho, suplico á Vuestra Alteza ante todas cosas, se vea e provea en lo siguiente:

Que porquesta Residencia se tomó por Nuño de Guzman e los Licenciados Matienzo e Delgadillo, aunque estaba cometida a otros dos Oydores que xuntamente con ellos, que fallecieron, y estos demas estos demas que notoriamente eran mis enemigos, e antes e despues han thernido

voluntad de me dapñar, escureciendo mis servicios, fueron rrecusados por sospechosos por muchas cabsas; e se les rrequerió que no examinasen testigos ni conosciesen de la cabsa, todavía, en mi absencia, e con la enemistad que thernía, proscedieron a tomalla.

Item: que con esta enemistad, los testigos enemigos e quellos conoscían ser tales, porquen toda la Nueva España no abía otros tes tigos que me quisiesen mal, sino quince o diez e seis hombres, con los quales fazen sus cargos, e se hallaron en todo presentes, segund ellos discen, siendo cosa que paresce ymposible; e porquestos padecen muchas tachas, para que se vea la calidad dellos, pido e suplico a Vuestra Alteza, que antes que se vean sus depusiciones se conozcan las calidades de sus personas, pues los xuezes que los examinaron, tobieron tanta pasion, e pues no fizieron lo que debian fazer, Vuestra Magestad, es xusto, que los conozca primero.

Item: que se entienda que de todo el tiempo que se me tomó la Residencia, fué solamente del que me ocupé en descobrir e pacificar la Tierra, sin que se pueda descir que tobe la Gobernacion para poder entender en cosas de Xusticia, quatro meses; lo qual visto con mis descargos e limpieza, Vuestra Magestad pueda proveer lo que fuere servido, faziendome nuevas mercedes. -Marqués del Valle.

Muy Poderosos Señores.

Alonso de San Xoan, en nombre de Don Hernando Cortés, Marqués del Valle, digo: que por el Relator de Vuestro Real Consexo de Indias, me fué dicho que apercebiese los letrados del dicho Marqués, mi parte, porque se quería ver el prosceso de su Residencia; e porquel dicho Marqués se espera cada dia, questé partido de la Villa de Vallid para esta Córte, y él estar informado de su xusticia, e yo no lo estoy, nin tiene letrados en esta Córte, porque se quedaron en Vallid, pido e suplico a Vuestra Alteza, mande sobreseer la vista de la dicha Residencia e articulos sobre que se quiere ver, fasta tanto quel dicho Marqués, mi parte, sea llegado a esta Córte, que será breve; e sobre todo pido xusticia, etc.

Otro sí, digo: quen caso que lo susodicho no haya lugar, e pues este negocio es de tanta calidad e yo entiendo tomar un letrado, xuntamente con el Licenciodo Chaves, para que se halle a la vista de la dicha Residencia, e para questé informado del prosceso, pues á, muchos dias que no se a entendido.

Item: se provea e mande se me de por quince dias el proceso de la dicha Residencia, pues tiene mas de dos mil foxas, para que pue

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