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e Provincias desta Nueva España, que antes no thernía, combiene a saber: la Cibdad de Campucl, la de Tezcuco, la de Mechuacan con sus quatro cabeceras, la Provincia de Tamalcabí, e a Guaxaca, e a Chilapa, e Tecuantepec e a Tacatetelco e a Cacatula, y esta gran Cibdad de México, la qual despues que fueron presos se lo tornaron a quitar a Su Magestad.

17. Item: si saben que al tiempo que los dichos Fator e Veedor fizieron el dicho rrepartimiento a pedimento de los pueblos desta Nueva España, aventaxaron los rrepartimientos que thernían a los que abían trabaxado en la Tierra; e a los que non los thernían, les dieron e gratificaron los servidores de Su Magestad e acrescentaron vezinos, e quen los pueblos atraveron la voluntad de muchos al servicio de Su Magestad, como despues lo mostraron.

18. Item si saben que todos los que gobernaron antes e despues de los dichos Fator e Veedor, an dado muchos yndios a los que non conquistaron nin trabaxaron en la Tierra, e a sus parientes e criados e amigos; e que los dichos Fator e Veedor, a nenguno que non fuese conquistador, non los dieron, salvo a Xoan de la Peña e a Nuño Ramirez que fueron a Castilla a fazer rrelacion a Su Magestad de las cosas desta Tierra, e al Maestre de Rocy por le tener en la Tierra.

19. Item: si saben quel dicho Fator fazia abdiencia publica, cada dia, en la casa donde la fazian los Alcaldes hordinarios, administrando xusticia.

20. Item: si saben que despues quel Thesorero Alonso Destrada se levantó tiránicamente con la Comunidad, contra los dichos Fator e Veedor, que los prendió, los tobieron en xaulas en las cámaras escuras, con muchas prisiones e guardas, dende el mes de Hebrero fasta el mes de Xunio del año de mil e quinientos e veinte e seis, donde les fazian muchos vituperios; especialmente Xoan Rodriguez de Villafuerte, que era su guarda mayor, y el Bachiller Xoan de Ortega, e que allí estaban temiendo la muerte cada dia, e que padescian gran tormento en ver e presenciar e xusticiar los servidores de Su Magestad quellos abían deservido, y el dicho Bachiller los perseguía e xusticiaba.

21. Item: si saben que demas de lo susodicho, el dicho Fator estobo en una xaula en la 'Cárcel desta Cibdad, con prisiones e guardas, cerca de dos años, y el dicho Veedor rretraydo en San Francisco, porque los que gobernaban non le osaban fazer xusticia, de miedo non se levantase el dicho Don Hernando Cortés; e quellos e sus criados padescían e padescieron muchas afrentas e nescesidades por aber servido a Su Magestad.

Probanzas del Fator e Veedor.

El dicho Antonio de Arryaga, vezino desta Cibdad, testigo presentado e xurado en la dicha rrazon, dixo lo siguiente:

1. A la primera pregunta, dixo: que conosce a los en la dicha pregunta conthenidos, de cinco años a esta parte, e ques de edad de quarenta e cinco años; e que las otras preguntas no le empecen.

2. A la segunda pregunta, dixo: quen quanto a lo del suplicar de la Provision conthenida en la dicha pregunta, e resedir en el Cabildo desta Cibdad, Rodrigo de Paz, que lo oyó descir al dicho Fator; e que lo demas conthenido en la dicha pregunta, que lo sabe como en la dicha pregunta se conthiene, porque vido lo conthenido en la dicha pregunta.

3. A la tercera pregunta, dixo: que sabe e vido que los en la dicha pregunta conthenidos fueron a Castilla, desta Nueva España, por procuradores, porque los vido partir desta Cibdad para este efeto; e que oyó descir al dicho Fator e a Antonio Villarroel, quel dicho Fator e Veedor les abían dado dineros de sus bolsas, con que fuesen; e que non vido en los dichos Fator e Veedor fiziesen nengun rrepartimiento

entre los españoles que rresedían en esta Nueva España, para lo susodicho.

4. A la quarta pregunta, dixo que oyó descir lo conthenido en la dicha pregunta al dicho Fator; e queste testigo vido que los señores de los dichos pueblos, dieron al dicho Fator ciertas xoyas de oro para lo en la dicha pregunta conthenido, en poca cantidad.

5. A la quinta pregunta, dixo: que la sabe como en ella se conthiene, porque vido lo conthenido en la dicha pregunta, ecebto en lo del oro que non lo vido.

6. A la sexta pregunta, dixo: que lo sabe como en ella se conthiene, porque vido lo conthenido en la dicha pregunta, e se halló presente a ello.

7. A la sétima pregunta, dixo: que la sabe como en ella se conthiene, porque vido lo conthenido en la dicha pregunta, e se halló en la dicha elecion, e e fué elexido por Procurador desta Cibdad.

8. A la otava pregunta, dixo: que la sabe como en ella se conthiene, conthiene, porque vido lo conthenido en la dicha pregunta, ecebto en lo de dar el mandamiento para prender los susodichos conthenidos en la dicha pregunta, que non lo vido dar al dicho Alguacil mayor.

9. A la novena pregunta, dixo: que la sabe como en ella se conthiene, porque vido lo

conthenido en la dicha pregunta, e pregunta, e se halló

presente a ello.

10. A las diez preguntas, dixo: que vido quel dicho Fator e Veedor fueron con el dicho Don Hernando Cortés fasta Guacamalco, e que oyó descir públicamente a muchas personas, que los susodichos rrequirieron al dicho Don Hernando Cortés que no fuese contra el dicho Cristóval Dolid, e que despues los vido venir por Xusticias e rrecebillos en esta Cibdad; e despues vido venir al dicho Veedor a lo conthe-. nido en la dicha pregunta; e que lo demas conthenido en la dicha pregunta, que lo sabe como en ella se conthiene, porque lo vido.

11. A las once preguntas, dixo: que la sabe como en ella se conthiene, porque vido lo conthenido en la dicha pregunta.

12. A las doce preguntas, dixo: que la sabe como en ella se conthiene, porque vido lo conthenido en la dicha pregunta; y este testigo es uno de los conthenidos en la dicha pregunta.

13. A las trece preguntas, dixo: que crée lo conthenido en la dicha pregunta, por ser como es público lo en ella conthenido, en esta Nueva España.

14. A las catorce preguntas, dixo: que la sabe como en ella se conthiene, porque vido lo conthenido en la dicha pregunta.

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