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se ofreciera a fazerlo volver del camino; e yo solicitaba al dicho Luis Poncede Leon, e cada dia con cartas e mensaxeros, que se diese

priesa a vernir y entrar en entrar en esta Cibdad, temiendo que non xusticiase al Fator e Veedor, e le imbiaba cada ora, xente de pié e de caballo que le acompañasen.

Item: que vernido aquí el dicho Luis Ponce de Leon, alguna xente que andaba de la parte de Cortés, andaba armada, e yo animaba los servidores de Vuestra Magestad, los quales se poseyeron en armas e se xuntaron conmigo, de cuya cabsa fué rrescebido el dicho Luis Ponce de Leon, como Vuestra Magestad por su Cédula me lo escrebió que me xuntase con él; el qual des pues de rrescebido e tomado a su mano la Xusticia, otro dia non se podo levantar de su cama por la rrezia enfermedad que traía o le dió; e como el Alguacil mayor e Alcalde Salazar e todos los otros que en en su su compañía traya, vernían dolientes e gastados del viaxe, yo les rrecogí en mis casas e gasté con · ellos lo que thernía, e aun quedé adebdado en sus curas y enfermedades, porniendo toda la vexilancia e solecitud por su vida nescesaria, como es notorio, fasta que fallesció.

Item: que muerto el dicho Luis Ponce de Leon, e dexando como dexó el poder a Marcos de Aguilar; e queriendo el dicho Cortés qui

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talle e tomar la Gobernacion, faziendo que los procuradores de los pueblos le rrequiriesen que tomase la Gobernacion, e yo con los servidores de Vuestra Magestad le rresestimos, de manera, que quedó el dicho cargo en el dicho Marcos de Aguilar.

Item: que despues desto, con acuerdo e rruego del dicho Marcos de Aguilar, me determiné de ir a España a dar noticia a Vuestra Magestad de las cosas desta Tierra, como lo fize a mucha costa e trabaxo, sino para que Vuestra Magestad proveyese, como proveyó esta su Real Abdiencia; e non vastó para me lo impedir, rruegos nin empedimentos de nenguna persona; a cuya cabsa Don Hernando Cortés me quitó los yndios que yo thernía, e a mi sobrino e criados e debdos.

Item: que viendo el dicho Cortés que yo era partido desta Cibdad a España con el oro de Vuestra Magestad, fizo ciertas ordenanzas en que por intentar voluntades, se fizo pregonar por Gobernador e Capitan General, y el dicho Marcos de Aguilar non halló otro rremedio sino de imbiar por mí, al camino, como por servidor de Vuestra Magestad, e yo volví con la xente de pié e de caballo que llevaba, e se proveyó pregonando estas Provisiones de Vuestra Magestad, y el dicho Don Hernando Cortés se tornó a desestir de lo que abía fecho; e tor

nando a xuntar segunda vez a Marcos de Aguilar por Xusticia. yo me torné a partir con el oro.

Item: que quando volví por mandamiento del dicho Marcos de Aguilar, Xusticia mayor, para le favorescer, echaron fama, algunos que lo deseaban, que ya yo non queria ir a España, e muchos del pueblo me vernían cada ora a rrogar que por amor de Dios e por lo que debía al servicio de Vuestra Magestad non dexase la ida a España a le dar quenta de tódo; e los dichos Gonzalo Mexía e Francisco Verdugo e Rodrigo de Castañeda e Monxaraz, entrellos, eran los que me lo rrogaban.

Item: que al tiempo que yo me partí desta Cibdad, el dicho Licenciado Marcos de Aguilar, tobo carta de la Villa de Medellin, como por mandado de ciertas personas abían sacado todas las velas e veinte e tres navios quen el Puerto estaban, e las thernían por fuerza en ciertas casas, e abian armado una zabra con artillería que abian sacado a todos los otros navíos, a fin de que non podiese salir nengund navío para España, para saber lo quen esta Tierra pasaba; e llegado yo al Puerto, desterré de la Villa los malhechores, e desarmé la zabra, e lo allané tódo, e se fué en libertad cada navío a donde quiso.

E puede Vuestra Magestad creer, que si yo

non fuera al Puerto con el rrecabdo que llevaba de xente, que non podiera salir de la Tierra, nin embarcarse persona alguna, como procuraron de detener en el Puerto a Gonzalo Mexia que iba por Procurador de la Tierra, e a Rodrigo de Castañeda procuró de detener Pedro de Paz, que aquí está, que so cierto color lo fue a detener; por lo qual suplico a Vuestra Magestad, como suplicado tengo, me mande dar por libre e quito de todos los dichos cargos, pues dellos estoy sin culpa; e para todo el Real Oficio de Vuestra Magestad imploro.Rodrigo de Albornoz.

me

Probanza de algunos de dichos cargos.

1. El primer cargo se prueba con Rodrigo Castañeda, en la tercera pregunta de su dicho, que dixo en la pesquisa secreta, que comienza en ella; e con Francisco Verdugo que lo disce, en la dicha tercera pregunta de su dicho; e con otros testigos de los questán tomados en la dicha pesquisa, quen la dicha tercera pregunta lo discen.

2. El segundo cargo se prueba, con muchos de los testigos tomados en la dicha pesquisa; e lo discen en sus dichos, en la segunda

pregunta del ynterrogatorio general, fecho contra todas las Xusticias; en especial lo disce Gonzalo Mexía, en su dicho, en la dicha pregunta, que comienza su dicho; e Francisco Verdugo en la dicha pregunta, que comienza su dicho; e Alonso Ortiz de Zúñiga, que lo disce en la dicha pregunta que comienza su dicho; e Antonio de Carvaxal, en la dicha pregunta que comienza su dicho; e Márcos Ruiz en la dicha pregunta que comienza su dicho.

3. El tercero cargo se prueba, con los testigos conthenidos en el cargo antes deste, ques el segundo en la dicha segunda pregunta.

4. El quarto cargo se prueba, en la dicha segunda pregunta, con los testigos conthenidos en el dicho segundo cargo.

5. El quinto cargo se prueba, con muchos de los testigos tomados en la dicha pesquisa, que lo discen en sus dichos; en especial, Rodrigo de Castañeda, que comienza su dicho; é Xoan de Marcilla, que comienza su dicho; e Andrés de Monxaraz; que comienza su dicho

6. El sexto cargo se prueba, con muchos testigos tomados en la dicha pesquisa, que lo discen en sus dichos a la novena pregunta del ynterrogatorio fecho contra los Oficiales; en especial lo disce Bernardino Vazquez de Tápia. que comienza su dicho.

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