Compilacion de leyes, decretos, acuerdos de la exma. Cámara de justicia y demás disposiciones de carácter público dictadas en la provinca de Córdoba, Volumen17

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Impr. del Estado, 1891
 

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Pasajes populares

Página 216 - Si hubiese cambio de domicilio, los bienes adquiridos por los esposos antes de mudarlo son regidos por las leyes del primero. Los que hubiesen adquirido después del cambio, son regidos por las leyes del nuevo domicilio. Art. 6°.
Página 216 - La disolución en país extranjero, de un matrimonio celebrado en la República Argentina, aunque sea de conformidad a las leyes de aquél, si no lo fuere a las de este Código, no habilita a ninguno de los cónyuges para casarse.
Página 226 - El cónyuge de mala fe no podrá exigir que el de buena fe le preste alimentos. 2. El cónyuge de mala fe no tendrá derecho á ninguna de las ventajas que se le hubiesen acordado en el contrato de matrimonio. 3.°...
Página 227 - Registro del estado civil ; las mismas funciones serán desempeñadas en las provincias donde hubiere Registro del estado civil por los encargados de llevarlo, y donde no los hubiere, por la autoridad judicial del distrito. Art. 107. Será castigado con prisión de uno á tres meses y con pérdida del oficio, el oficial público que casare á un menor sin el consentimiento...
Página 225 - La acción de nulidad de un matrimonio no puede intentarse sino en vida de los dos esposos; uno de los cónyuges puede, sin embargo, deducir en todo tiempo la que le compete contra un segundo matrimonio contraído por su cónyuge; si se opusiere la nulidad del primero, se juzgará previamente esta oposición.
Página 223 - ... de urgencia, podrá el Juez á instancia de la parte, decretar la separación personal de los casados y el 'depósito de la mujer en casa honesta, dentro de los límites de su jurisdicción; determinar el cuidado de los hijos con arreglo á las disposiciones de...
Página 225 - En cuanto á los cónyuges, cesarán todos los derechos y obligaciones que produce el matrimonio, con la sola excepción de la obligación recíproca de prestarse alimentos, en caso necesario. 2.°...
Página 223 - Juez de la causa que se haga inventario de ellos y se pongan á cargo de otro administrador, ó que el marido dé fianza del importe de los bienes. Dada la sentencia de divorcio, los cónyuges pueden pedir la separación de los bienes del matrimonio, con arreglo á lo dispuesto en el título de la «Sociedad Conyugal.
Página 228 - Cesará además la reserva si al morir el padre ó la madre que contrajo segundo matrimonio no existen hijos ni descendientes legítimos del primero.
Página 228 - El cónyuge que hubiere contraído matrimonio, conociendo la existencia de alguno de los impedimentos establecidos en el art- 9° y que haya producido su nulidad, responderá al otro de las pérdidas...

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