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contra la aristocracia feudal. La forma municipal es el primer dique opuesto á los privilegios aristocráticos, y no es extraño ver á Alfonso V escribir en el Código de 1020, dado por el Concilio de Leon, la base de las constituciones municipales. El municipio se trasforma despues en Concejo, y las Córtes, el pueblo y la Corona que con el clero, los jurisconsultos y las Universidades socavaban lentamente el castillo feudal, constituyen los grandes elementos de descomposicion del feudalismo y la base firmísima sobre la cual había de alzarse majestuosa la nacionalidad española. En medio de tan diversos elementos, sólo se distinguen en la Edad Media los pueblos germánicos que inspiran el feudalismo, la Iglesia católica que trae el pontificado, ávido de gloria y de poderío, y el recuerdo de la Roma antigua, que busca la unidad política. El feudalismo tenía por base la desigualdad y por carácter la anarquía. La division que engendraba, no podia producir más que el estruendo de la guerra, que hacia aparecer al mundo como un gran campo de batalla. La Iglesia, ya que no pudo establecer la paz, se contentó con la tregua de Dios, pocas veces guardada y obedecida. Más

tarde, la Iglesia misma tuvo que predicar la guerra y el exterminio contra los infieles. El resultado de las Cruzadas contribuyó á modificar los elementes preponderantes en la Edad Media, y cuando el plebeyo pasó de guerrero á comerciante, probó que tenía los dos caractéres de la aristocracia, la fuerza y la riqueza; y con su asociacion en clases, se delinearon ya los primeros albores del estado llano. Las luchas entre la Iglesia y el Imperio, cesan tambien para dar paso á las nuevas ideas, y las nacionalidades comienzan á formarse para abrir franco camino á la Edad Moderna, diferente en su composicion, en sus medios y en su desarrollo, de todas las que le habian precedido.

Hasta 1348, sólo dos fuerzas sociales habian compartido el poder público en Aragon. La aristocracia, poseedora de la fuerza, y la Monarquía, conservadora del derecho; pero esta institucion habia venido cediendo tanto, que sólo quedaba un ligero recuerdo de la dignidad Real ante las reiteradas é incesantes invasiones de la turbulenta nobleza. Era ésta dueña de la fuerza y del gran poder que representa la propiedad territorial de un país, pero no supo

conservar su prestigio, y poco a poco fué debiá litándose su influencia, que adquiria la clase media, la cual más tarde habia de representar la ciencia y la riqueza de la nacion. Miéntras la aristocracia fué un poder exclusivo, las fuerzas sociales estuvieron desconocidas; pero cuando dejó de serlo, nació á la vida pública el estado llano, que habia de contribuir á mantener el necesario equilibrio entre los poderes públicos. Esta fué principalmente la consecuencia legítima de la grandiosa política inaugurada por D. Pedro IV al derogar, de acuerdo con las Córtes, los célebres Privilegios de la Union, considerados por todas las personas imparciales como un obstáculo al desenvolvimiento de la libertad en aquel reino, y producto tan sólo de un acto de rebeldía, como declaran todos los historiadores. La verdadera libertad en aquel reino, la que tiene su garantía en la ley, no nació hasta las celebradas Córtes de Zaragoza de 1348.

X.

SUMARIO.

Reinado de D. Juan I.-Peticiones en las Córtes de Monzon para reformar la casa Real.-La clase media adquiere preponderancia por las Ordenanzas de Zaragoza de 1391.-Luchas sangrientas entre la nobleza misma.-Compromiso de Caspe.-Triunfo de la omnipotencia parlamentaria.-Arraigo del sentimiento monárquico.-Origen del sistema parlamentario en Aragon.-No fueron Córtes las primeras reuniones.-Primeras limitaciones del clero, la clase popular y hasta de la misma nobleza.-Diferencias entre Aragon y Castilla.Elementos que constituian las Córtes aragonesas.-El clero tuvo representacion respetable en las Córtes de Huesca de 1247.-La nobleza fué el poder más antiguo de la Monarquia.-Diversidad de opiniones sobre la representacion de las universidades.- Puede fijarse á mediados del siglo XII.-Atribuciones de las Córtes de Aragon.-Su poder, influencia y facultades. -Tendencia de los Monarcas desde mediados del siglo x á debilitar el poder de la nobleza.-Proteccion del elemento municipal.-Razon política de los Privilegios concedidos.-Garantías colectivas que proporcionaba el sistema municipal. - Facultades de la Diputacion permanente.Cuerpo de Jurados.-Sus prerogativas.-Milicias de las universidades.-Garantías individuales.-Prohibicion de la pesquisa.—Fianza de derecho.-Respeto al hogar doméstico.-Libertad de trabajo.— Se modifica esencialmente la organizacion política del reino.

Fugaz transcurrió el reinado de D. Juan I, pero no tanto que los aragoneses, deseosos de que se mantuvieran incólumes las costumbres

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