Imágenes de páginas
PDF
EPUB

ni ha podido hacer más, ni debido tanto; esperando que, mediante el valor y perseverancia de V. M., se servirá Nuestro Señor de poner fin à tantas desdichas, perdonando lo que le provocamos cada día con lo que V. M. nos merece con su real constancia, con su piedad y celo católico, á que estos Reinos sirven tan reconocidos, como obligados. Dios guarde á V. M. como la cristiandad ha menester.-Madrid de Junio de 645.-Sigue la firma y rúbrica.

A la espalda de la última hoja se lee lo siguiente:

A S. M.-8 de Junio de 1645.-Sobre la pérdida de Rosas. Al margen: Agradezcoos lo que me decís, y aunque esta pérdida ha sido de consideración pudiera haber habido otras más sensibles; estos sucesos de la guerra son muy variables, y así los llero con buen aliento, particularmente cuando vienen de la mano de Nuestro Señor y cuando merecemos estos y mayores castigos; espero de su misericordia que se ha de doler de nosotros y encaminar, si en lo restante de esta campaña yo he empezado ha hacer demostración con el Cabo de las galeras, pues por la lentitud y omisión no llegó á tiempo de socorrer á Rósas 6 intentado, y haré que se haga averiguación para que se castigue quien tuviere culpa, pues con el escarmiento de uno se excusarán otros casos semejantes.-Sigue la rúbrica.

OTRA

SOBRE DAR FORMA Á LAS COBRANZAS, CONDUCCIONES, CARRUAJES Y DEMÁS ASISTENCIAS DE LA GUERRA, Y RESOLUCIÓN DE S. M.

Señor:

El estado que tienen las materias de la guerra, obliga á continuar las asistencias y crecerlas cuando se imposibilitan los medios, así de parte de las personas, como de las haciendas; las de los grandes titulos y otros señores, están en el empeño que sabe vuestra Majestad, y apenas ha habido quien sirva dentro y fuera de la Corte con los quinientos ducados de juro, habiéndose limitado el efecto de este servicio á los Ministros y á gente de mediano porte

que, con mucha importunidad por no llamarla violencia, han contribuído con mayor o menor cantidad, según su estado y voluntad.

Cuando este medio se repita ha de producir mucho menos que el año pasado; el de los empréstitos ha tomado mala voz con la dilación de la paga y con haberle convertido muchos en donativo, y si como ha corrido voz se ofreciesen las pagas en juros, sería lo mismo que desterrarle y poner en total descrédito cualquiera otra proposición. Esto me obliga á pensar conviene mucho suavizar en cuanto se pudiere la dureza de los medios con que se disponen las cobranzas de los tributos y servicios, las conducciones, los carruajes para el exército y jornadas de V. M., en que son tan irreparables y crecidos los daños que causan los executores y Audiencias que se envían los jueces de comisión para los demás Ministerios, que se van arrancando totalmente las raíces de que se ha de esperar el fruto, porque los lugares se despueblan á mucha priesa, grabados con tanta diferencia de cosas extraordinarias cuando no pueden con el peso de los millones, con que caerá todo de una vez; y en los lugares mayores y no bien acondicionados, se puede temer sacudan de una vez el yugo irritados contra los executores, administradores de millones, recetores y pesqueros de alcabalas.

Dicese pasa de veinte mil el número de los executores que consumen estos Reinos, gente que por su edad y ociosidad se empleará mejor en la campaña; hay en muchos lugares á siete y á ocho cobradores, y siendo el número de los lugares quince mil que contribuyen y deben, antes parece corto el computo de executores. Estos cobran para sí, por no cobrar para V. M., con que la deuda siempre está en pie, por la mayor parte, y ellos llevan el útil sin perjuicio de los que los nombran, porque, con pretexto de que no se cobra, suspenden las provisiones y muchos deben de partir los salarios con los que envían.

Para remediar estos daños en todo lo posible, consumí siete meses en junta con algunos Ministros del Consejo y se expidió cédula que dió forma á las cobranzas, con gran consuelo del Reino. Los asentistas reclamaron en el Consejo de Hacienda, y como son árbitros de todo, sin otra atención que à sus intereses quedó la materia en peor estado del que tenía.

Convendría mandase V. M. tomar resolución precisa en junta que interviniese el Presidente de Hacienda y se contratase con los asentistas para que, no faltando á la sustancia de la cobranza, se dispusiese el modo en la forma más suave qu se pudiese. Este intento se podría comunicar con las ciudades de voto en Cortes para que vean cuánto solicita V. M. su alivio en la necesidad de contribuir, y propongan algún medio universal ó particular para su distrito con que se excusen las vejaciones.

Y porque se ocasiona la multiplicidad de executores de consentir muchos servicios en una misma especie, con tanta diferencia de nombres y de aplicaciones, que apenas pueden los muy versados en esta materia comprender las causas ni los fines, parece convendría reducir á una cantidad todos los impuestos de un servicio, distribuyendo el repartimiento entre efectos que se eligieren y procurando, en cuanto à las consignaciones de los hombres de negocios librárselas por entero, sin dar parte á todos en todas las rentas, con que por una misma especie de servicio envía cada hombre de negocios su executor. Será bien comunicar estos dos puntos al Reino para que convenga en lo que le toca, y discurra en los medios de dar nueva forma á lo que tanto necesita de ella.

El gravamen de los carruajes se ha hecho insoportable por la circunstancia del tiempo y del modo; llegan á concurrir la conducción del grano, el carruaje para la jornada de V. M., que desde que empieza hasta que acaba embaraza y veja; la provisión de la sal y del carbón, la necesidad de los labradores para arar y coger sus frutos, con que á todo se hace falta, y es fuerza crezcan las vejaciones de los Ministros y executores, por desear cumplir cada uno con su comisión, compeliendo á los que menos pueden, por no tener con qué redimir los embargos y repartimientos.

Importaría mandase V. M. hacer junta de los Superintendentes por quien han corrido estas comisiones, en la cual se vean los papeles que en ellas se han actuado, los agravios que han representado los pueblos y personas particulares, para que, en cuanto al tiempo, distribuyan de modo estas provisiones que no se imposibiliten y embarecen con el concurso, siendo unas y otras tan precisas. Y en cuanto à la forma, se tenga atención á la calidad y

cercanía de los partidos, dividiendo con proporción la carga sin dejar arbitrio á las justicias y comisarios á que relieven y carguen á su antojo, ó por amistad ó por interés, en que son notables los agravios que padecen los pobres, y sabiendo desde luego cada lugar lo que le toca de proveer ó repartir, lo dispondrá con tiempo porque no les hagan costas.

Y porque se introdujo el año pasado repartir dinero á los lugares para el carruaje, comprando cada carro á cuatro y cinco mil reales, con grandes clamores de los vecinos por no haberse hecho estos embargos por lo pasado, sino en lugares que tienen carros, pagándoles sus alquileres; y por cuarenta y ocho carros que fueron menester, repartieron noventa, en que hicieron sus ferias los alguaciles. Será bien se reduzca esta prevensión á lo antiguo, y juzgo que el miedo y horror con que han quedado á ella los pueblos les obligará, por conveniencia propia, à servir con alguna cantidad para ayuda á los alquileres, que junta con la que V. M. manda proveer, sería suficiente para que los alquiladores hiciesen asiento de proveer de carros, mulas y acémilas, con que se excusarían los salarios y vejaciones de Ministros que inquietan y consumen el Reino, porque dende los lugares marítimos se trae mucha parte del carruaje.

Esto se me ofrece en alivio de los pueblos para mayor servicio de V. M.; lo demás, añadirán los Ministros á quien lo encargare V. M.-Madrid 13 de Junio de 1645.-Sigue la rúbrica.

bien

Señor. 13 de Junio de 1645.-El Presidente del Consejo.Sobre dar forma á las cobranzas, conducciones y carruajes.-Agradézcoos el celo que tenéis de todo lo que toca á mi servicio y de estos Reinos; no dudo lo que decís de los executores, ya días lo deseo remediar, ahora mando formar un decreto con estas consideraciones que aquí decís, para que vista por los Ministros lo que se dice en él, se me consulte lo que se podrá hacer en esto.-Sigue

la rúbrica.

OTRA

SOBRE DAR FORMA Á LAS COBRANZAS

Y PREVENCIONES PARA LA GUERRA DEL AÑO SIGUIENTE DE 1646, Y RESOLUCIÓN DE S. M.

Señor:

Con ocasión del decreto de V. M. sobre los accidentes nuevos de la guerra, he tenido hoy dos juntas: en la de provisiones para el año que viene, se leyó la respuesta de V. M.; à la última consulta hanse apurado los efectos que hay, así los ciertos como los dudosos, y ordenado los despachos que se han de enviar á las ciudades de voto en Cortes, sobre el nuevo servicio de tres millones.

En la otra junta, con el Conde de Castrillo y Presidente de Hacienda, se han visto las respuestas que he tenido de las ciudades sobre la gente con que han de servir para la Coronelía de su Alteza; y se ha resuelto lo que se les ha de replicar, y sobre los arbitrios de que han de usar para disponer la gente.

También se ha tratado de las levas que se van haciendo, cuya relación y estado se contiene en el papel incluso.

Esta noche hemos conferido, el Conde de Castrillo y yo, se proponga mañana en el Consejo algún nuevo servicio de caballos para dar ejemplo á los demás.

Y después de él, se hará junta del Marqués de Santa Cruz, Conde de Castrillo, Duque de Villahermosa, Don Juan Ponce y José González, para discurrir en nuevos medios forma de servir å V. M. en este frangente, en que no se alzará la mano, deseando el alivio y felicidad de V. M. en el grado que pide nuestra obligación.-Madrid 26 de Junio de 645.-Sigue la rúbrica.

A la espalda de la última hoja se lee lo siguiente:

Señor 26 de Junio de 645.-El Presidente del Consejo.Sobre las asistencias de este año y provisiones para el que viene.Quedo advertido y apruebo lo que se va haciendo, y os encargo el solicitar todo lo que se dispone con toda brevedad, pues los aprietos son grandes.-Sigue la rúbrica.

« AnteriorContinuar »